Autorización de suspensión temporal de labores en actividades mineras. Minería

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Código SIA: 210660
|
Código GVA: 462
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

La solicitud por parte de la persona titular o explotador legal para suspender temporalmente las labores mineras.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
SubsanaciónPlazo abierto
Observaciones

La persona titular podrá reiniciar los trabajos, con sujeción a los proyectos y planes aprobados, en cualquier momento una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron la suspensión, previa comunicación del inicio de las actividades a la Administración minera y presentación de la documentación que para el caso proceda.

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

La persona titular o explotador/a legal de explotaciones mineras.

Requisitos

La entidad titular o explotador legal de una autorización de explotación de recursos de la sección A), o de una concesión de explotación de recursos de las secciones B), C) o D) de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, podrá solicitar la suspensión temporal de trabajos de preparación, infraestructura e instalaciones y de explotaciones propiamente dichas, por un periodo de tiempo máximo de hasta dos años en las causas de fuerza mayor siguientes:

  • meteorológicas
  • falta de mercado
  • necesidad de ampliar la investigación
  • otros similares.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación TELEMÁTICA de la documentación y pago de tasas.

- Autorización según condiciones.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año.

Documentación

- Impreso de solicitud (SUSPCONC).

- Memoria justificativa de la solicitud de suspensión de labores.

- Declaración responsable del director facultativo sobre la adopción de medidas de seguridad.

Tasa o pago

Tasas 2025:

 

6.2 Informes de suspensión, abandono y caducidad: 75,71 euros.

 

En el enlace siguiente puede acceder al pago telemático de la tasa:

Forma de presentación
Telemática

1. La PRESENTACIÓN de la solicitud y de la documentación anexa requerida SÓLO puede realizarse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO DE SOLICITUD de este trámite. 2. Para esa presentación telemática, la persona solicitante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica...

Más

Subsanación

Plazo
Plazo abierto
Descripción

La subsanación o aportación de documentación debe realizarse directamente en el botón "SUBSANACIÓN > PRESENTACIÓN AUTENTICADA" (destacado más abajo en color rojo) de este apartado "Tramitación > Subsanación".



También podrá hacerse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO de la Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados)", cuyo enlace directo está disponible en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" de este trámite.

Forma de presentación

Resolución

Plazo máximo

El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la documentación.

 

Transcurridos tres meses sin que se dicte resolución, los expedientes se entenderán desestimatorios.

Obligaciones

La solicitud de paralización por la persona titular o explotador/a legal deberá motivar las causas que hacen precisa la suspensión.

Observaciones

La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General competente en materia de minería o ante la persona titular de la Conselleria con competencias en materia de minería, dependiendo del órgano al que corresponda emitir la autorización, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, si el acto fuera expreso, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Agota vía administrativa
No
Sanciones

Las que establecen la Ley 22/1973, de Minas y los reglamentos correspondientes.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Industria
      • Minería
        • Actividades mineras
      • Autorizaciones, registros y licencias

TEMA

  • Trabajo
  • Medio ambiente
  • Energía
    • Minas

PERFILES

  • Empresa
    • Gran empresa
    • Pequeña y mediana empresa

SECTOR

  • Industria
    • Industrias extractivas. Minas

TEMÁTICA

  • Instalaciones y seguridad
    • Instaladores e instalaciones
  • Trabajo y trabajadores
    • Seguridad y salud en el trabajo

CICLO VITAL

  • Planificar un negocio
  • Comenzar un negocio
  • Crecer y consolidarse
  • Cambios y cierre

TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones