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Detalle trámite
Dar de baja un vehículo adscrito a autorización de Transporte privado
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
Qué es
El titular de una autorización de transporte privado complementario podrá reducir el número de sus copias en cualquier momento, devolviendo a la Administración las tarjetas en que se encuentren documentadas.
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE nº 241, de 8/10/90), actualizado por Real Decreto 70/2019 de 15 de febrero (BOE núm. 44 de 15/02/2019). BOE núm. 241 de 08-10-1990
- Resolución de 3 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se establece el calendario de visados de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias del transporte. BOE núm. 301 de 14-12-2018
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. BOE núm. 182 de 31-07-1987
A quién va dirigido
El titular de la empresa
Ser titular de la autorización.
Cómo se tramita
- Presentación de la solicitud y documentación requerida
- Posteriormente, si el órgano competente observa que se cumplen los requisitos exigidos resolverá en un plazo de CINCO MESES a contar desde la fecha de registro de entrada que conste en este documento.
- Pasado dicho plazo sin haber recibido notificación con la resolución dictada en este procedimiento, esta solicitud podrá entenderse DESESTIMADA a los efectos legales que procedan.
- Todo ello sin perjuicio de la suspensión del plazo de tramitación de los casos previstos por el artículo 52.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común o por causa imputable al interesado.
03007 - Alacant/Alicante
46009 - València/Valencia
12003 - Castelló/Castellón
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Durante todo el año.
No se requieren.
Pinchando en el icono superior "Tramitar con certificado" de esta misma página. Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico. Si tiene alguna duda o quiere comunicar alguna incidencia, puede enviar un correo al soporte técnico:...
Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:
- a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
- b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Resolución
El plazo de resolución del presente procedimiento es de CINCO MESES a contar desde la fecha de registro de entrada que conste en este documento. Pasado dicho plazo sin haber recibido notificación con la resolución dictada en este procedimiento, esta solicitud podrá entenderse DESESTIMADA a los...
Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el órgano competente en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
03007 - Alacant/Alicante
46009 - València/Valencia
12003 - Castelló/Castellón
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