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Detalle trámite
Comisiones de Servicio para el Cuerpo de Maestros, Secundaria y otros Cuerpos de otras Administraciones Educativas. Anuncio de participación
Conselleria de Educación, Cultura y Universidades
Desde 24-03-2026 10:00:00h
Hasta 10-04-2026 10:00:00h
Qué es
Anuncio de participación en el procedimiento de comisiones de servicios para el personal docente dependiente de otras administraciones educativas.
A quién va dirigido
Personal funcionario de carrera dependiente de otras administraciones educativas, en situación de servicio activo o en situación de excedencia por atención de familiares, que ocupe o tenga reservado un puesto de trabajo con carácter definitivo o lo tenga adjudicado con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2026.
El personal funcionario de carrera que dependa de otras administraciones educativas únicamente podrá participar en el procedimiento de comisiones de servicio por causas médico‑sociales. Asimismo, tendrá que anunciar su participación en el procedimiento según se establece en la base quinta de esta resolución, adjuntando la documentación indicada mediante el trámite establecido.
a) Todos los FUNCIONARIOS DE CARRERA DEPENDIENTES DE OTRAS ADMINISTRACIONES EDUCATIVAS, antes de solicitar RENOVACIÓN O SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN deberán presentar el anuncio de participación mediante la plataforma de tramitación de la Generalitat Valenciana desde las 10:00 horas del día 24 de marzo de 2026 hasta las 10:00 horas de día 10 de abril de 2026, y deberá adjuntar la certificación expedida en el año 2026 por el órgano competente de la administración de la que depende el centro en el que tenga su destino, con indicación expresa de los siguientes datos:
- Nombre, apellidos y DNI.
- Cuerpo al que pertenece.
- Año del procedimiento selectivo en el que fue nombrado funcionario de carrera y calificación obtenida
- La especialidad o especialidades de las que es titular y tiene reconocidas.
- Situación administrativa actual.
- Destino definitivo o, en su defecto, documentación acreditativa de su reincorporación o destino definitivo a fecha 1 de septiembre de 2026.
En el caso del cuerpo de maestros, se considerarán especialidades reconocidas tanto las obtenidas mediante los correspondientes procedimientos selectivos como las derivadas de la posesión de una titulación habilitante. En el caso del cuerpo de profesores, únicamente se tendrán en cuenta las especialidades obtenidas a través de los procedimientos selectivos.
b) Autorización expresa para consultar el Registro Central de Delincuentes Sexuales o, en su defecto, certificado expedido por el Ministerio de Justicia acreditando dicha situación.
c) En su caso, documentación específica para personal en excedencia o con reserva/adjudicación definitiva del puesto: acreditar haber solicitado formalmente el reingreso con efectos anteriores o iguales al 1 de septiembre de 2026, mediante copia fehaciente del documento presentado ante su administración educativa.
Si alguna solicitud no cumple los requisitos establecidos o falta parcialmente la documentación exigida, se requerirá a la persona interesada mediante correo electrónico para que enmiende las deficiencias detectadas en un plazo máximo e improrrogable de cinco días hábiles contados a partir de la notificación. Si no lo hace así, se procederá automáticamente a excluirla del procedimiento.
La concesión definitiva de comisiones de servicio estará condicionada a obtener previamente autorización expresa por parte de la administración educativa correspondiente al solicitante. Esta autorización será gestionada directamente por la Dirección General de Personal Docente y podrá estar limitada por la disponibilidad de vacantes después de atender al personal funcionario propio en situación provisional o en prácticas.
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Desde las 10:00 horas del día 24 de marzo de 2026 hasta las 10:00 horas del día 10 de abril de 2026, ambos inclusive.
Número DOGV: 10327
Fecha DOGV: 23-03-2026
Resolución
46015 - València/Valencia
Recurso de reposición
De conformidad con el que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa,...
Renuncia
El personal docente solicitante dispondrá de un plazo de dos días hábiles para presentar reclamaciones telemáticas a través de la plataforma OVIDOC, sin que puedan presentarse documentos adicionales a los que hayan adjuntado a la solicitud. En este mismo plazo de dos días hábiles podrán presentar la renuncia a su continuación en el procedimiento.
Transcurrido este plazo, y una vez examinadas las reclamaciones y las renuncias presentadas, se publicará la resolución definitiva de adjudicación de destinos en comisión de servicios en la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades (https://ceice.gva.es/es/).
Preguntas frecuentes
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MATERIAS
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TIPO
- Procesos selectivos y de capacitación