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Detalle trámite
Solicitud de inclusión o baja de una asociación de alumnado no universitarios en el Censo de Asociaciones de Alumnado de la Comunidad Valenciana
Conselleria de Educación, Cultura y Universidades
Qué es
Este procedimiento permite realizar los trámites siguientes:
- Solicitar la inclusión de la asociación en el Censo de Asociaciones de Alumnado.
- Solicitar la baja de la asociación en el Censo de Asociaciones de Alumnado.
- Enmendar la solicitud de alta o baja en el Censo de Asociaciones de Alumnado.
- Informar a los servicios territoriales de la modificación de los estatutos de la asociación.
La inclusión en el censo, que en todo caso tendrá carácter declarativo, se entenderá producida si transcurridos dos meses desde la presentación del acta y de los estatutos no hubiera recaído resolución exprés.
- Decreto 127/1986 de 20 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regula las asociaciones de alumnos en centro docentes no universitarios de la Comunidad Valenciana, (DOGV 10/11/86).
- Orden del 2 de agosto de 1988, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se desarrolla lo dispuesto en el art. 10 del Decreto 127/1986, de 20 de octubre (DOGV nº 886 del 18/8/88).
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación BOE núm. 73 de 26-03-2002
- Ley 14/2008, de 18 de noviembre de 2008, de la Generalitat, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana DOGV núm. 5900 de 25-11-2008
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236 de 02-10-2015
A quién va dirigido
Asociaciones de alumnado legalmente constituidas en alguno de los centros docentes, públicos o privados no universitarios de la Comunidad Valenciana.
Queda excluido de la posibilidad de asociarse, el alumnado que curso los dos primeros ciclos de la educación primaria y el alumnado de la etapa de educación infantil.
Los requisitos para poder inscribir la Asociación en el Censo de Asociaciones de Alumnado son:
- Las asociaciones de alumnado tienen que estar legalmente constituidas por medio de una acta que tiene que ser firmada por el 5% del alumnado del centro con derecho a asociarse y, si de caso, por un mínimo de cinco alumnos.
- Disponer de unos estatutos aprobados.
En este trámite ha colgada un modelo de acta de constitución de una asociación de alumnado.
Cómo se tramita
Pasos a seguir para la inscripción de una asociación de alumnado de centro docente no universitario en el Censo de Asociaciones de Alumnado:
1. Constitución de la asociación, aprobación de los estatutos y depósito del acta de constitución y de los estatutos en la secretaría del centro docente.
2. Remisión, por parte de la secretaría del centro, de una copia de los estatutos, del acta de constitución de la asociación y de la solicitud de inclusión en el Censo de Asociaciones de Alumnado a la Dirección territorial correspondiente.
3. La Sección de Centros de la Dirección territorial correspondiente inscribe la asociación en el Censo de Asociaciones de Alumnado.
4. La sección de Centros de la Dirección territorial correspondiente notifica al centro la inclusión de la asociación en el Censo de Asociaciones de Alumnado.
5. La secretaría del centro informa la junta directiva de la asociación de la inclusión de la asociación en el Censo de Asociaciones de Alumnado.
03007 - Alacant/Alicante
46009 - València/Valencia
12003 - Castelló/Castellón
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
Este trámite está abierto durante todo el año.
Formularios
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica...
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
12003 - Castelló/Castellón
Subsanación
Este trámite está abierto durante todo el año.
Enmendar la documentación remitida a la dirección territorial correspondiente.
La enmienda puede remitirse por iniciativa del centro docente o a consecuencia de un requerimiento por parte de la dirección territorial correspondiente.
Preguntas frecuentes
- ¿Pueden existir dos o más asociaciones de alumnado en el mismo centro docente?
- Sí, no hay ningún impedimento legal que prohíba que en un mismo centro docente coexistan varias asociaciones de alumnado.
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MATERIAS
- Administraciones
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PERFILES
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