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Premios para la promoción de la excelencia académica destinados a las personas que hayan concluido, durante los cursos 2023-2024 y 2024-2025, estudios de grado en las universidades públicas integrantes del Sistema Universitario Valenciano, y estudios de grado en enseñanzas artísticas en centros adscritos al Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana
Qué es
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de los premios para la promoción de la excelencia académica destinados a las personas que hayan concluido, durante los cursos 2023-2024 y 2024-2025, estudios de grado en las universidades públicas integrantes del Sistema Universitario Valenciano, y estudios de grado en enseñanzas artísticas en centros adscritos al Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana.
Podrán ser personas beneficiarias de los premios para la excelencia académica aquellos estudiantes comprendidos en los apartados siguientes:
a) El estudiantado que haya finalizado sus estudios de grado en las universidades públicas de la Comunitat Valenciana y en sus centros públicos adscritos en el curso o cursos académicos establecido en la convocatoria.
b) El estudiantado que haya finalizado sus estudios de grado en enseñanzas artísticas superiores en los centros adscritos al ISEACV en el curso o cursos académicos establecido en la convocatoria.
- Bases reguladoras: ORDEN 12/2022, de 24 de agosto, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios de excelencia académica de estudios de grado. DOGV núm. 9421 de 06-09-2022
- Corrección de errores de la Orden 12/2022, de 24 de agosto, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios de excelencia académica de estudios de grado. DOGV núm. 9441 de 04-10-2022
- DECRETO 180/2016, de 2 de diciembre, del Consell, por el que se modifica el Decreto 40/2002, de 5 de marzo, del Gobierno Valenciano, de medidas de apoyo a los estudiantes universitarios en la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 7936 de 14-12-2016
- DECRETO 40/2002, de 5 de marzo, del Gobierno Valenciano, de medidas de apoyo a los estudiantes universitarios en la Comunidad Valenciana. DOGV núm. 4207 de 11-03-2002
- Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones. DOGV núm. 7464 de 12-02-2015
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE núm. 276 de 18-11-2003
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236 de 02-10-2015
A quién va dirigido
a) Las universidades públicas valencianas:
1. Universitat de València-Estudi General.
2. Universitat Politècnica de València.
3. Universidad de Alicante.
4. Universidad Jaume I de Castellón.
5. Universidad Miguel Hernández de Elche.
b) Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana (ISEACV).
1. Podrá ser beneficiario/a del premio el estudiantado comprendido en los apartados siguientes, siempre que haya cursado sus estudios dentro de los años establecidos en el correspondiente plan de estudios y su finalización coincida con los cursos académicos 2023-2024 y 2024-2025:
a) Estudiantado que haya finalizado sus estudios de grado en las universidades públicas de la Comunitat Valenciana, y en sus centros públicos adscritos.
b) Estudiantado que haya finalizado sus estudios de grado en enseñanzas artísticas superiores en los centros adscritos al ISEACV.
c) El estudiantado no deberá estar en posesión de una titulación universitaria oficial o título correspondiente a enseñanzas artísticas superiores.
2. El número de premios por grado impartido en cada una de las cinco universidades públicas de la Comunitat Valenciana será:
- de 1 a 149 egresados - 1 premio
- de 150 a 299 egresados - 2 premios
- de 300 a 449 egresados - 3 premios, y así sucesivamente.
3. El número de premios por grado impartido en cada uno de los 13 centros del ISEACV será:
- de 1 a 149 egresados - 1 premio
- de 150 a 299 egresados - 2 premios
- de 300 a 449 egresados - 3 premios, y así sucesivamente.
4. A los efectos de la concesión del premio y del reconocimiento de la excelencia académica, ninguna persona egresada podrá ser beneficiaria de más de un premio y diploma acreditativo por convocatoria.
Cómo se tramita
En cada universidad, así como en el ISEACV se constituirá una comisión técnica, en la que deberá garantizarse la representación del estudiantado, que tendrá asignadas las siguientes funciones:
a) Comprobar el cumplimiento de los requisitos del estudiantado aspirante.
b) Efectuar la ordenación previa de las personas susceptibles de ser acreedoras del premio.
c) Comunicar el resultado de la evaluación a los efectos de la aceptación o renuncia expresa a la concesión del premio.
Ver la base sexta de la Orden de bases reguladoras de los premios de excelencia.
46015 - València/Valencia
46015 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
El plazo de presentación de las propuestas de beneficiarios por parte de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana y el ISEACV, será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
( DOGV núm 10221 23/10/2025)
El ISEACV y cada una de las universidades, presentará la siguiente documentación:
a) Relación detallada de las personas beneficiarias del premio.
b) Aceptación expresa por parte de la persona beneficiaria propuesta.
c) Autorización del estudiantado a la Conselleria competente en materia de universidades para la verificación de sus datos personales o en el supuesto de que la persona propuesta no preste dicha autorización, aportando aquellos documentos que permitan la identificación personal.
d) Declaración responsable del estudiantado de no estar incurso en prohibición alguna para obtener la condición de persona beneficiaria, de conformidad con la normativa vigente en materia de subvenciones.
Resolución
La Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, deberá ser dictada y notificada en el plazo máximo de 6 meses a contar desde la remisión de la propuesta por parte de las universidades y del ISEACV, sin perjuicio de la ampliación de plazos que pueda resultar prevista en la normativa de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- El importe del premio tendrá una cuantía individualizada máxima de 3.000 euros.
- Será librado a las universidades en su condición de entidades colaboradoras una vez que la persona titular de la dirección general competente en materia de universidades resuelva motivadamente el procedimiento de concesión de los premios
46015 - València/Valencia
46015 - València/Valencia
- RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2025, por la que se convocan los premios para la promoción de la excelencia académica destinados a las personas que hayan concluido, durante los cursos académicos 2023-2024 y 2024-2025, estudios de grado en las universidades públicas integrantes del Sistema...
- EXTRACTO de la Resolución de 15 de octubre de 2025, por la cual se convocan los premios para la promoción de la excelencia académica destinados a las personas que hayan concluido, durante los cursos académicos 2023-2024 y 2024-2025, estudios de grado en las universidades públicas integrantes del...
- RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2025, por la que se conceden premios de excelencia académica destinados a las personas que hayan concluido, durante los cursos 2023-2024 y 2024-2025, estudios de grado en las universidades públicas integrantes del sistema universitario valenciano, y estudios de...
- RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2026, por la que se modifica la concesión de los premios de excelencia académica destinados a las personas que hayan concluido, durante los cursos 2023-2024 y 2024-2025, estudios de grado en las universidades públicas integrantes del Sistema Universitario Valenciano, y...
Recurso de reposición
Un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión.
Contra la resolución de concesión, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Secretaría Autonómica de Universidades El plazo para presentar este recurso será de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el...
También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación. En ningún caso podrán simultanearse ambos recursos Para este caso, el...
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Ciudadanía
- Ayudas, becas y subvenciones
- Educación y formación
- Becas, ayudas, premios y concursos
TEMA
- Educación y formación
PERFILES
- Ciudadanía
- Estudiantes
TIPO
- Ayudas, becas y subvenciones