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Ayudas a entidades juveniles para la ejecución de programas de juventud 2026 (IVAJ)
Desde 12-03-2026
Hasta 02-04-2026
Qué es
Convocatoria de ayudas destinadas a financiar actividades llevadas a cabo por entidades juveniles con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, desarrolladas entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026 en alguno de los siguientes programas:
a) Promoción de la solidaridad, la tolerancia y la protección al medio ambiente
b) Formación del voluntariado juvenil
c) Ocio educativo juvenil.
CRITERIOS DE VALORACIÓN:
La puntuación máxima será de 100 puntos de acuerdo con las bases novena y décima de la ORDEN 4/2023, de 30 de octubre, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a entidades juveniles para la ejecución de programas de juventud.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
1. Los gastos corrientes y de personal que resulten estrictamente necesarios, estén directa e inequívocamente relacionados con las actividades aprobadas y que se realicen entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026. Los gastos subvencionables deben responder a costes reales efectivamente realizados y pagados.
2. Los gastos del personal que haya trabajado directamente en las actividades subvencionadas, excepto si se trata de personal retribuido que ostente la representación de la entidad o que forme parte de su junta directiva u órgano de gobierno. Los gastos de personal no podrán superar el 70% del importe total subvencionado.
3. Los gastos correspondientes a alojamiento y transporte, que puedan ser subvencionables de acuerdo con el primer párrafo, deberán ir acompañados de una hoja de liquidación en la que se detallará el motivo u objeto del desplazamiento realizado, relación con la actividad subvencionada, destino, fecha del mismo, hora de salida y llegada, y en su caso título del transporte, billetes y facturas con sus correspondientes justificantes de pago.
Cuando el desplazamiento se realice en vehículo particular, únicamente se subvencionará, en su caso, la cantidad que resulte de computar 0,26 euros por kilómetro recorrido, siempre que se justifique la necesidad del desplazamiento, su efectiva realización y en este caso además deberá indicarse la matrícula del vehículo. No se subvencionarán gastos de alojamiento que no hayan sido previa y expresamente autorizados por el IVAJ. Estos gastos deberán relacionarse en el anexo VIII y en el anexo XIII
4. Los gastos de manutención y restauración derivados exclusivamente de las actividades organizadas por las entidades en albergues, residencias, campamentos, centros juveniles u otros espacios habilitados para ello, se subvencionarán siempre que no se haya cobrado cuota de inscripción a la actividad, guarden relación directa con la actividad subvencionada, resulten imprescindibles para su ejecución, sean acordes con la finalidad de la misma y se acompañen de certificado firmado por la persona representante de la entidad solicitante de la ayuda.
En todo caso, el órgano instructor se reserva las facultades de comprobación e inspección para verificar tales extremos.
Estos gastos deberán relacionarse en el anexo VIII y en el anexo XIII.
5. Los gastos indirectos de funcionamiento estrictamente necesarios para la consecución de las actividades objeto de la subvención: alquiler, luz, agua, teléfono, internet, limpieza y análogos, no podrán superar el 30 % del importe total subvencionado. En el caso en que dichos gastos no superen el 15% de los costes directos de personal subvencionable no será necesario que la entidad beneficiaria presente documentación justificativa por ese concepto.
6. Los gastos derivados de las pólizas de seguros de accidente y enfermedad y de responsabilidad civil suscritos a favor del personal voluntario que participe en los programas subvencionados se justificarán mediante la aportación del recibo acreditativo del pago de las primas, acompañado de la póliza de aseguramiento.
7. Los gastos de asesoría laboral y financiera, los notariales y registrales y los de administración específicos, deberán estar relacionados con el programa anual subvencionado.
8. Para los gastos derivados de la prestación de servicios por la realización de cursos de formación, conferencias, ponencias, etc. se deberá presentar junto con la factura justificativa información del curso (número de horas y contenido del mismo) y número de personas asistentes a los mismos.
9. Los gastos de merchandising no superarán en ningún caso el 10% del importe de la subvención concedida.
GASTOS NO SUBVENCIONABLES
a) Los gastos de desplazamiento y hospedaje fuera del territorio nacional.
b) Los gastos que por su naturaleza tengan el carácter de inventariables, incluyéndose entre estos la adquisición de cualquier tipo de equipamiento.
c) Las actividades que consistan en fiestas, verbenas, celebraciones gastronómicas, conciertos, actividades deportivas o similares.
d) Aquellos gastos que hayan sido financiados en su totalidad por las personas participantes en la actividad.
e) Los premios, donaciones o ayudas de cualquier tipo, ni los gastos que exija su convocatoria o celebración.
f) Los gastos de taxi, parking, peaje de autopistas y combustible.
g) La realización de gastos de inversión.
h) Toda la cartelería y la publicidad realizada de la actividad subvencionada, que no lleve la mención o los logotipos de haber sido financiados por la Generalitat Valenciana- IVAJ.
i) Los materiales realizados por encargo, que lleven impresos leyendas o eslóganes y no lleven impreso el logotipo de la Generalitat Valenciana - IVAJ.
j) El importe solicitado de las actividades no aprobadas por no obtener ninguna puntuación en el punto 1 de la letra b) de la Base Novena de la Orden de bases.
A quién va dirigido
Las siguientes entidades con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana: Asociaciones juveniles y sus federaciones, confederaciones y uniones; Asociaciones de alumnado no universitario, y sus federaciones, confederaciones y uniones; Secciones, áreas, departamentos y organizaciones juveniles de asociaciones de carácter general, sindicatos, organizaciones empresariales, asociaciones de consumidores, culturales, deportivas, festivas o de confesiones religiosas, y de sus federaciones, confederaciones y uniones; y las Entidades prestadoras de servicios a la juventud en las que más de la mitad de las personas socias sean jóvenes y más de la mitad de la junta directiva esté compuesta también por personas jóvenes.
- Estar inscritas en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de
la Comunitat Valenciana antes del plazo de finalización de presentación de solicitudes.
- Tener una implantación territorial en, al menos, diez municipios de la Comunitat Valenciana.
Cómo se tramita
La documentación solo se puede presentar de forma telemática mediante un sistema de firma electrónica admitida en la Generalitat.
46001 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
- ANEXO I. SOLICITUD DE AYUDAS PARA ENTIDADES JUVENILES
- ANEXO II. ENTIDADES JUVENILES. FICHA RESUMEN IMPORTES SOLICITADOS PROGRAMA DE ACTIVIDADES
- ANEXO III. ENTIDADES JUVENILES. ACTIVIDADES SOLICITADAS
- ANEXO IV. RELACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS DE LA ENTIDAD RELATIVA AL AÑO 2025
- ANEXO V. ENTIDADES JUVENILES. DECLARACIÓN RESPONSABLE IMPLANTACIÓN TERRITORIAL
- ANEXO VI. ENTIDADES JUVENILES. MEMORIA JUSTIFICATIVA DE ACTIVIDADES REALIZADAS DE OCTUBRE DE 2025 HASTA MARZO DE 2026
- ANEXO VII. ENTIDADES JUVENILES. FICHA RESUMEN DE GASTOS IMPUTADOS DE OCTUBRE DE 2025 A MARZO DE 2026
- ANEXO VIII. ENTIDADES JUVENILES RELACIÓN DE FACTURAS DE LOS GASTOS CORRIENTES REALIZADOS DE OCTUBRE 2025 A MARZO 2026
- ANEXO IX. ENTIDADES JUVENILES DETALLE GASTOS DE PERSONAL DE OCTUBRE DE 2025 A MARZO DE 2026
- ANEXO X. CERTIFICADO DE CONTABILIZACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
- ANEXO XI. ENTIDADES JUVENILES. MEMORIA JUSTIFICATIVA DE ACTIVIDADES REALIZADAS DE ABRIL A SEPTIEMBRE DE 2026
- ANEXO XII. ENTIDADES JUVENILES. FICHA RESUMEN DE GASTOS IMPUTADOS DE ABRIL A SEPTIEMBRE DE 2026
- ANEXO XIII. ENTIDADES JUVENILES RELACIÓN DE FACTURAS DE LOS GASTOS CORRIENTES REALIZADOS DE ABRIL A SEPTIEMBRE DE 2026
- ANEXO XIV. ENTIDADES JUVENILES DETALLE GASTOS DE PERSONAL DE ABRIL A SEPTIEMBRE DE 2026
Solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOGV.
Fecha de inicio de presentación de solicitudes: 12 de marzo de 2026 (DOGV nº 10320, de 11/03/2026)
La solicitud y la documentación correspondiente a la subvención solo se pueden presentar de forma telemática mediante un sistema de firma electrónica admitida en la Generalitat.
En la solicitud se incluirá la siguiente documentación:
a) Declaración responsable acreditativa de no ejercer actividad económica y, en caso de que, excepcionalmente, la entidad solicitante llevara a cabo alguna actividad económica, de que la subvención concedida no financiará ésta (apartado D del Anexo I).
b) Declaración responsable de no concurrir en la entidad solicitante las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, (apartado H de la solicitud general de subvención).
c) Declaración responsable de inexistencia de miembros, personas empleadas y voluntarias en la entidad solicitante de la ayuda que hayan sido condenadas por delitos contra la libertad e indemnidad sexual de acuerdo con el artículo 57 de Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, y con lo establecido en los puntos 4 y 5 del artículo 8 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado (apartado D del Anexo I).
d) Declaración responsable del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o, en su caso, de la exención de dicha obligación por parte de la entidad solicitante de la ayuda, firmada por el representante legal de la misma, en cumplimiento de lo que establece el artículo 7 de la Ley 11/2003, de 10 de abril, de la Generalitat, sobre el Estatuto de las Personas con Discapacidad (apartado D del Anexo I).
e) Declaración responsable del porcentaje de financiación propia de la entidad, según la contabilidad del año inmediatamente anterior al ejercicio presupuestario en que solicita la subvención (apartado D del Anexo I).
f) Declaración responsable del número de personas asociadas a la entidad juvenil (apartado D del Anexo I).
g) Declaración responsable del número de personas voluntarias participantes en la organización y ejecución de las actividades a realizar (apartado D del Anexo I).
Junto con la solicitud se presentará la siguiente documentación:
a) Acreditación de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias. Para ello, la entidad solicitante podrá autorizar al órgano instructor para que obtenga directamente la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias a través de certificados telemáticos (apartado F de la solicitud general de subvención). Quienes no otorguen dicha autorización deberán aportar la documentación acreditativa de que se hallan al corriente de las citadas obligaciones.
b) Acreditación de encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social. Para ello, el órgano instructor podrá consultar u obtener directamente la acreditación del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos, salvo que el interesado se opusiera a ello (apartado F de la solicitud general de subvención). Quienes se opongan a dicha consulta u obtención de datos deberán aportar la documentación acreditativa de que se hallan al corriente de las citadas obligaciones.
c) En el supuesto de variación de los datos de la persona que ostenta la representación legal de la entidad que constan en el Registro de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunitat Valenciana, tendrá que acreditarse de manera fehaciente la nueva representación legal, mediante escritura de poder o certificado del secretario/a de la entidad en el que se haga referencia al acuerdo de la Asamblea General o precepto de los estatutos en que así se establezca.
d) Tarjeta del Número de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad solicitante de la ayuda, en caso de no autorizar a la comprobación de los datos del NIF de la entidad solicitante de la subvención (apartado F de la solicitud general de subvención).
e) Documentación acreditativa de tener contratado un seguro o garantía financiera adecuada a las características y circunstancias de la actividad desarrollada por las personas voluntarias, que les cubra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente de la actividad voluntaria desarrollada, de acuerdo con el artículo 14.2.c) de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, que deberá contemplar el número de personas voluntarias aseguradas.
f) Ficha resumen en la que se recoja los importes subvencionables solicitados por los gastos generales del programa de actividades de la entidad beneficiaria y el importe total solicitado de cada una de las actividades programadas, firmada por el representante legal de la entidad, según modelo que se incluye en el anexo II de esta resolución.
g) Actividades desarrolladas en cada uno de los programas, especificando sus objetivos, lugar de desarrollo, calendario de ejecución, número y características de las personas destinatarias y presupuesto, de acuerdo con el modelo incluido en el anexo III. Se cumplimentará un ejemplar del modelo de anexo III por cada una de las actividades que se hayan relacionado en la ficha resumen.
h) Relación de ingresos y gastos de la entidad en 2025, de acuerdo con el modelo que se incluye como anexo IV firmado por la persona titular de la secretaría y con el visto bueno o conformidad de la persona que represente legalmente a la entidad solicitante de la ayuda.
i) Acreditación de la implantación territorial de la entidad, mediante la presentación conjunta del anexo V firmado por la persona que represente legalmente a la entidad y las certificaciones expedidas por los ayuntamientos, o por los consejos locales de la juventud correspondientes o por el Consell Valencià de la Joventut, tal como se establece en la letra c) del punto 1 de la base cuarta de la Orden de bases.
j) Dominio de la página web de la entidad y perfiles de las redes sociales (apartado C del Anexo I).
k) En su caso, declaración responsable de someterse la entidad solicitante a una auditoría externa.
l) En su caso, declaración responsable del compromiso de la entidad de emplear en la plantilla que ejecute los programas subvencionados a un número de mujeres en puestos de responsabilidad superior al 40% de los mismos.
m) En su caso, plan de medidas de vigilancia y gestión ambiental durante la ejecución de los programas subvencionados y declaración responsable de que se cumplirá.
n) Número de cuenta de la entidad beneficiaria de la ayuda en la que se solicita que se haga el ingreso de la subvención, dada de alta en el trámite PROPER (apartado E de la solicitud general de subvención).
Formularios
- ANEXO I. SOLICITUD DE AYUDAS PARA ENTIDADES JUVENILES
- ANEXO II. ENTIDADES JUVENILES. FICHA RESUMEN IMPORTES SOLICITADOS PROGRAMA DE ACTIVIDADES
- ANEXO III. ENTIDADES JUVENILES. ACTIVIDADES SOLICITADAS
- ANEXO IV. RELACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS DE LA ENTIDAD RELATIVA AL AÑO 2025
- ANEXO V. ENTIDADES JUVENILES. DECLARACIÓN RESPONSABLE IMPLANTACIÓN TERRITORIAL
La solicitud y la documentación correspondiente a la subvención solo se pueden presentar de forma telemática mediante un sistema de firma electrónica admitida en la Generalitat.
- Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Dirección General, por la que se convocan en el ejercicio 2026 las ayudas a entidades juveniles, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, para la ejecución de programas de juventud. DOGV núm. 10320 de 11-03-2026
- Extracto de la Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Dirección General, por la cual se convocan en el ejercicio 2026 las ayudas a entidades juveniles con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana para la ejecución de programas de juventud. DOGV núm. 10320 de 11-03-2026
Subsanación
Subsanación de la documentación de la convocatoria de ayudas a entidades juveniles en 2026.
Alegación / Aportación
Resolución
CUANTÍA
- El importe global máximo de las ayudas es de 775.000 euros.
PAGO DE LA SUBVENCIÓN
Una vez revisada la justificación aportada respecto a los gastos realizados hasta el 31 de marzo, se realizará un abono a cuenta por el importe debidamente justificado. El resto de la subvención se pagará una vez revisada la totalidad de la justificación.
46001 - València/Valencia
Justificación
La documentación justificativa de las actividades realizadas entre el 1 de octubre de 2025 y el 31 de marzo de 2026 se presentará antes del 15 de abril de 2026 o, en su caso, en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de concesión en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, si esta fuera de fecha posterior.
La documentación justificativa de las actividades realizadas entre el 1 de abril y el 30 de septiembre de 2026 se presentará antes del 15 de octubre de 2026.
La aportación de documentación correspondiente a la justificación de la subvención sólo se puede presentar de forma telemática mediante un sistema de firma electrónica admitida en la Generalitat.
1. En lo que respecta a las actividades realizadas entre el 1 de octubre de 2025 al 31 de marzo de 2026 se presentará la siguiente documentación justificativa:
a) Una memoria explicativa por cada una de las actividades realizadas, de acuerdo con el anexo VI.
b) Las entidades que no hayan optado por la presentación de la cuenta justificativa con aportación de informe de auditor de cuentas, la memoria económica cumplimentando los anexos anexos VII, VIII y IX, y la documentación acreditativa de los gastos que se detallan al anexo IX. Además, si el importe solicitado es igual o superior a 60.000 €, deberán aportar los documentos de gasto o facturas mencionados en el anexo VIII.
c) Las entidades que hayan optado por la presentación de la cuenta justificativa con aportación de informe de auditor de cuentas deberán presentar el relativo a estas actividades.
d) Certificado de la tesorería de la entidad haciendo constar que el importe de la subvención está registrado como ingreso previsto dentro de la contabilidad de la entidad para el ejercicio al cual se aplica la subvención, con el visto bueno del representante legal de esta, anexo X.
2. En el caso de las actividades realizadas entre el 1 de abril y el 30 de septiembre de 2026, se presentará la siguiente documentación justificativa:
a) Una memoria explicativa por cada una de las actividades realizadas, de acuerdo con el anexo XI.
b) Las entidades que no hayan optado por la presentación de la cuenta justificativa con aportación de informe de auditor de cuentas, la memoria económica cumplimentando los anexos XII, XIII y XIV, y la documentación acreditativa de los gastos que se detallan al anexo XIV. Además, si el importe solicitado es igual o superior a 60.000 €, deberán aportar los documentos de gasto o facturas mencionados en el anexo XIII.
c) Las entidades que hayan optado por la presentación de la cuenta justificativa con aportación de informe de auditor de cuentas deberán presentar el relativo a estas actividades.
3. La documentación acreditativa de la justificación se presentará por medios telemáticos a través del siguiente enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=221
Formularios
- ANEXO VI. ENTIDADES JUVENILES. MEMORIA JUSTIFICATIVA DE ACTIVIDADES REALIZADAS DE OCTUBRE DE 2025 HASTA MARZO DE 2026
- ANEXO VII. ENTIDADES JUVENILES. FICHA RESUMEN DE GASTOS IMPUTADOS DE OCTUBRE DE 2025 A MARZO DE 2026
- ANEXO VIII. ENTIDADES JUVENILES RELACIÓN DE FACTURAS DE LOS GASTOS CORRIENTES REALIZADOS DE OCTUBRE 2025 A MARZO 2026
- ANEXO IX. ENTIDADES JUVENILES DETALLE GASTOS DE PERSONAL DE OCTUBRE DE 2025 A MARZO DE 2026
- ANEXO X. CERTIFICADO DE CONTABILIZACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
- ANEXO XI. ENTIDADES JUVENILES. MEMORIA JUSTIFICATIVA DE ACTIVIDADES REALIZADAS DE ABRIL A SEPTIEMBRE DE 2026
- ANEXO XII. ENTIDADES JUVENILES. FICHA RESUMEN DE GASTOS IMPUTADOS DE ABRIL A SEPTIEMBRE DE 2026
- ANEXO XIII. ENTIDADES JUVENILES RELACIÓN DE FACTURAS DE LOS GASTOS CORRIENTES REALIZADOS DE ABRIL A SEPTIEMBRE DE 2026
- ANEXO XIV. ENTIDADES JUVENILES DETALLE GASTOS DE PERSONAL DE ABRIL A SEPTIEMBRE DE 2026
Desistimiento
Recurso de reposición
Renuncia
Preguntas frecuentes
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