Trámite para la aportación de documentación de la concesión directa de subvenciones a centros residenciales de los sectores de atención a personas mayores, por la COVID-19.

Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia

Código SIA: 2405121
|
Código GVA: 21490
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Posibilitar la aportación de documentación a los centros que tengan abierto un expediente de concesión directa de subvenciones a centros residenciales de los sectores de atención a personas mayores, por la COVID-19.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Normativa
  • DECRETO 186/2020, de 16 de noviembre, del Consell, de aprobación de las bases reguladores para la concesión directa de subvenciones a centros residenciales de los sectores de atención a personas mayores, a personas con diversidad funcional o con problemas de salud mental, y a recursos de...

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

Centros residenciales de atención a personas mayores que tengan abierto un expediente de concesión directa de subvención contemplado en el Decreto 186/2020.

Cómo se tramita

Órganos de tramitación
Las Direcciones Territoriales de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

La aportación de documentación se podrá realizar en cualquier momento del procedimiento anterior a su resolución, mientras no se le haya requerido y el expediente no esté archivado.

 

Si ya se le ha requerido, la documentación se aportará en el plazo que la Administración establezca.

Documentación

Cundo sea por iniciativa del interesado, aportará la documentación que estime petinente.

Si se trata de requerimiento administrativo, la que se le solicite en el mismo.

Forma de presentación
Telemática

EXCLUSIVAMENTE por vía electrónica en la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es

Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Resolución

Agota vía administrativa
Si

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Centros sociales

TEMA

  • Administración pública
  • Sociedad, ciudadanía y familias
    • Gente mayor
  • Servicios sociales
    • Personas con diversidad funcional
    • Cohesión social
  • Sanidad y salud
  • Asociacionismo y participación

PERFILES

  • Empresa
    • Entidades del tercer sector
    • Centros

SECTOR

  • Salud
    • Productos y establecimientos sanitarios

CICLO VITAL

  • Crecer y consolidarse
  • Planificar un negocio

TIPO

  • Ayudas, becas y subvenciones