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Detalle trámite
Subsanación de solicitudes de becas universitarias
Conselleria de Educación, Cultura y Universidades
Desde 20-12-2020 00:00:00h
Qué es
Este trámite permite la aportación, por vía telemática, de documentos a una de solicitud de beca universitaria presentada en el Servicio de Gestión de Becas y Ayudas Universitarias
A quién va dirigido
Las personas que han presentado una solicitud de beca en el Servicio de Gestión de Becas y Ayudas Universitarias de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo.
Para poder aportar documentación mediante este trámite telemático se han de cumplir los siguientes requisitos:
a) Haber recibido un REQUERIMIENTO (de subsanación u otro tipo) del Servicio de Gestión de Becas y Ayudas Universitarias de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo.
b) La persona interesada deberá disponer de un sistema de identificación electrónica avanzado:
- Certificado digital
- DNI electrónico
- Clave permanente
Tienes información sobre la tramitación electrónica en el siguiente enlace:
https://ceice.gva.es/es/web/universidad/informacio-sobre-la-tramitacio-electronica
Cómo se tramita
46015 - València/Valencia
46015 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
La documentación deberá aportarse en el plazo que la Conselleria haya establecido en dicho requerimiento.
1. Se aportarán los documentos que se soliciten en el requerimiento.
- IMPORTANTE: todos los documentos que se presenten telemáticamente deberán estar, preferentemente, en formato PDF.
La aportación de documentación se hará de forma telemática siguiendo las instrucciones recibidas en el requerimiento
Subsanación
Se le concede un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la
notificación, para que acompañe los documentos requeridos.
Si no lo hiciera se le tendrá desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos establecidos.
Para el cálculo de los días hábiles no se tienen en cuenta los sábados, domingos y festivos.
Más información: artículo 21 y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Si tu solicitud no está completa o no cumple con los requisitos, la Administración te lo notificará y te dará un plazo para que lo corrijas o completes
Si no la completas o corriges en ese plazo, se entenderá que has renunciado a ella.
Resolución
46015 - València/Valencia
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