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Detalle trámite
Comunicación de haber superado las pruebas de aptitud para obtener la licencia de caza y solicitud del certificado de habilitación
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
Qué es
Obtener el certificado de haber superado las pruebas de aptitud para la obtención de la licencia de caza de la Comunitat Valenciana.
- ORDEN 13/2015, de 27 de mayo, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se regulan las pruebas de aptitud para la obtención de la licencia de caza en la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 7538 de 02-06-2015
- LEY 13/2004, de 27 de diciembre, de Caza de la Comunidad Valenciana. DOGV núm. 4913 de 29-12-2004
A quién va dirigido
Las solicitudes las tramitarán las entidades homologadas para la impartición de los cursos formativos del cazador.
Las entidades solicitantes deberán cumplir los requisitos del artículo 4.1 del Decreto 188/2014 de 7 de noviembre, del Consell, por el que se regula la figura de guarda jurado de caza en la Comunitat Valenciana y la habilitación para el control de predadores.
Para obtener el certificado el interesado deberá haber superado las pruebas de aptitud y tener 14 años cumplidos, a la fecha de realización del ejercicio final y contar, en el caso de menores no emancipados, con autorización escrita de uno de los padres o tutor.
Cómo se tramita
Una vez superadas las pruebas de aptitud, la entidad homologada comunica a la dirección general con competencias en materia cinegética las personas aptas mediante la introducción de los datos requeridos en este trámite.
Tras comprobar que el interesado cumple los requisitos se emite el certificado de habilitación para obtener la licencia de caza y se remite al correo electrónico indicado en la solicitud.
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Durante todo el año
Ninguna más allá de los datos del formulario
Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de...
Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:
- a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
- b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Resolución
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