Comunicación de haber superado las pruebas de aptitud para obtener la licencia de caza y solicitud del certificado de habilitación

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Código SIA: 2249349
|
Código GVA: 20626
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Plazo de solicitud abierto
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A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

Las solicitudes las tramitarán las entidades homologadas para la impartición de los cursos formativos del cazador.

Requisitos

Las entidades solicitantes deberán cumplir los requisitos del artículo 4.1 del Decreto 188/2014 de 7 de noviembre, del Consell, por el que se regula la figura de guarda jurado de caza en la Comunitat Valenciana y la habilitación para el control de predadores.

 

Para obtener el certificado el interesado deberá haber superado las pruebas de aptitud y tener 14 años cumplidos, a la fecha de realización del ejercicio final y contar, en el caso de menores no emancipados, con autorización escrita de uno de los padres o tutor.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Una vez superadas las pruebas de aptitud, la entidad homologada comunica a la dirección general con competencias en materia cinegética las personas aptas mediante la introducción de los datos requeridos en este trámite.

Tras comprobar que el interesado cumple los requisitos se emite el certificado de habilitación para obtener la licencia de caza y se remite al correo electrónico indicado en la solicitud.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año

Documentación

Ninguna más allá de los datos del formulario

Forma de presentación
Telemática

Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de...

Más
Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Resolución

Agota vía administrativa
Si

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Agricultura, ganadería y pesca
      • Autorizaciones, registros y licencias

TEMA

  • Administración pública
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PERFILES

  • Empresa
    • Academias

SECTOR

  • Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales
    • Actividades forestales

CICLO VITAL

  • Planificar un negocio

TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones