Comunicación de Licencias de Navegación expedidas por Escuelas Náuticas o Federaciones.

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Código SIA: 2100397
|
Código GVA: 20366
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Aportación de listado detallado de las Licencias de Navegación expedidas.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Normativa
  • Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE nº 247 de 11/10/2014).

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Persona física o jurídica titular de la Escuela Náutica o Federación.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Los documentos serán remitidos por vía telemática en formato PDF por los interesados o sus representantes legales, que serán directamente responsables del correcto envío de los mismos. Una vez comprobados por el Departamento de Actividades Náuticas se incorporarán al expediente procediéndose a la...

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Órganos de tramitación
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE PUERTOS Y AEROPUERTOS. DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES NÁUTICAS.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la fecha de otorgamiento de la Licencia. En caso de que no se procediera en este plazo, se apercibirá a la escuela náutica o federación de la posible suspensión de sus actividades para otorgar licencias (Art. 11.5 y 11.6 RD 875/2014)

Documentación

Se presentará la documentación requerida.

Forma de presentación
Telemática

1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la...

Más
Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Resolución

Órganos resolución
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE PUERTOS Y AEROPUERTOS. DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES NÁUTICAS.
Agota vía administrativa
Si

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía
    • Deportes
      • Titulaciones y licencias
    • Turismo y ocio
      • Titulaciones y licencias

TEMA

  • Administración pública
    • Formación

PERFILES

  • Ciudadanía
    • Mujeres
    • Docentes
    • Personas con discapacidad
    • Personas desempleadas
    • Estudiantes
    • Gente mayor
    • Inmigrantes
    • Niños y familias
    • Investigadores/oras
    • Jóvenes
    • Pensionistas
    • Personas en riesgo de exclusión

TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones