Solicitud de subvenciones en materia de promoción del talento: Agentes de innovación, incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas, doctorandos empresariales y agentes de innovación de proximidad (Convocatoria 2026)

Agencia Valenciana de la Innovación AVI

Código SIA: 1249661
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Código GVA: 19538
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Plazo de solicitud abierto

Desde 01-04-2026 00:00:00h

Hasta 23-04-2026 14:00:59h

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Qué es

Qué es y para qué sirve

La Agencia Valenciana de Innovación (IVACE+i Innovación) lanza el presente procedimiento de subvenciones para incentivar la contratación de personal en entidades para facilitar la transferencia del conocimiento científico y tecnológico a las empresas, así como la integración de personal cualificado en las mismas para la realización de actividades de I+D+i y la realización de tesis doctorales vinculadas a proyectos empresariales y que sean ejecutados por personal de las empresas, y la puesta en marcha de una red de agentes de innovación de proximidad para introducir factores de innovación y promover la transferencia de conocimiento en las áreas industriales y territorios rurales de la Comunitat Valenciana.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 01-04-2026 00:00:00h hasta 23-04-2026 14:00:59h
Normativa

A quién va dirigido

Empresas
Administración
Personas interesadas

Línea 1. Agentes de Innovación

  • Universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro integradas en RUVID, centros tecnológicos y organismos públicos de investigación.
  • Institutos de investigación sanitaria, entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el Sistema Valenciano de Salud que desarrollen actividad investigadora.
  • Otros centros públicos de I+D dependientes o vinculados a las administraciones públicas y sus organismos, así como otras entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico.
  • Cualesquiera otras personas jurídicas del Sistema Valenciano de Innovación, públicas o privadas sin ánimo de lucro que faciliten la creación, difusión, aplicación o transferencia del conocimiento científico o tecnológico a las empresas o presten servicios a las mismas en materia de apoyo a la innovación.

 

Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (Incorporació)

Empresas con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana con las siguientes características:

  • Empresas encuadradas en las secciones C, D, E, F, divisiones 10 a 43, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009). 
  • Empresas de servicios intensivos en conocimiento, cuyo código de CNAE 2009 (NACE Rev 2) esté incluido en la clasificación de la Oficina de Estadística de la Unión Europea (Eurostat) accesible en:
    • https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php/Glossary:Knowledge-intensive_services_(KIS)
  • En el caso de la sublínea 2.2 (mantenimiento) la entidad debe haber sido beneficiaria en la línea de Incorporació de convocatorias anteriores.

 

 

Línea 3. Doctorandos o doctorandas empresariales (Innodocto)

Empresas con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana con las siguientes características, debiendo las personas doctorandas adscribirse a un centro de trabajo de la citada Comunitat.

  • Empresas industriales o de servicios incluidas en cualquier epígrafe de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), siempre que la tesis doctoral esté vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
  • En el caso de la sublínea 3.2 (mantenimiento) la empresa debe haber sido beneficiaria en la línea Innodocto en convocatorias anteriores.

 

Línea 4. Agentes de innovación de proximidad

Entidades de gestión y modernización de las áreas industriales, constituidas de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 14/2018, de 5 de junio, de gestión, modernización y promoción de las áreas industriales de la Comunitat Valenciana y entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto fundamental sea promover la innovación en el territorio rural.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

La tramitación del procedimiento será electrónica y se deberá ajustar a lo establecido en el artículo 8 de las bases reguladoras (Resolución de 28 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Agencia Valenciana de la Innovación (AVI) (IVACE+i Innovación) en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del modelo productivo) y al resuelvo cuarto de la Resolución de convocatoria de las citadas ayudas para 2026 a 2028.

  1. Pinchando en el enlace del apartado "Tramitar con certificado electrónico" o bien en el enlace "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático de aportación documental que le permitirá cumplimentar el formulario web de solicitud que, una vez validado, le permitirá a su vez anexar la documentación que desee aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro, que también estará disponible en el Área Personal del solicitante, a la que puede accederse desde la web de la Generalitat (Web de la Generalitat > Área personal) o desde su Sede Electrónica (Web de la Generalitat> Sede Electrónica > Acceso al área personal).
  2. Finalmente, una vez realizado el envío, se registrará de entrada por medio del registro telemático y podrá imprimir una copia del mismo.

Puede descargar la documentación y el manual de instrucciones para la Solicitud de Ayuda en el portal https://innoavi.es/es/convocatorias-de-proyectos/

 

Criterios de valoración

Los criterios de evaluación están establecidos en el artículo 11 de la Resolución de 28 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria de subvenciones en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación y desarrollados en el apartado correspondiente a criterios de evaluación de solicitudes de cada uno de los anexos de la Resolución de convocatoria de las citadas subvenciones.

 

 

Órganos de tramitación

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 01-04-2026 00:00:00h hasta 23-04-2026 14:00:59h

El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento, en el que la concesión es en régimen de concurrencia competitiva, será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del Extracto de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en la sede electrónica de la Generalitat antes de las 14:00 horas del último día de plazo de presentación. (DOGV núm. 10333 / 31.03.2026)

 

Documentación

Se debe presentar la documentación reseñada en la Resolución de convocatoria de ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del modelo productivo para los ejercicios 2026 a 2028 y generada a través de tramitación telemática.

Forma de presentación
Telemática

Para realizar la tramitación electrónica, el solicitante podrá utilizar cualquier de los sistemas de firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Generalitat: https://sede.gva.es/va/sede_certificados; entre estos, el certificado electrónico emitido por la Agencia Valenciana de...

Más

Resolución

Plazo máximo

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento de concesión de las ayudas será de seis meses a partir de la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Cuantía y cobro

Línea 1. Agentes de innovación

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% de los costes considerados como subvencionables.

Para los proyectos de la línea 1.2, consolidación, la intensidad de la subvención para esta sublínea es de carácter decreciente y se aplicará sobre los gastos subvencionables en función del año en que el proyecto reciba la ayuda dentro de esta sublínea:

-Primer año: hasta un 80% de los costes subvencionables.

-Segundo año: hasta un 70% de los costes subvencionables.

-Tercer año: hasta un 60% de los costes subvencionables.

Estos porcentajes de intensidad se aplicarán independientemente del carácter anual o plurianual de las solicitudes, tomando como referencia el orden cronológico de la anualidad de la ayuda dentro de la sublínea 1.2.

Línea 2. INCORPORACIÓ (Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas) La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas. Sin superar los límites establecidos en el punto anterior, podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5%, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.

Línea 3. INNODOCTO (Doctorandos empresariales) La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50% de los costes considerados como subvencionables para las PYMES y del 30% para grandes empresas. Sin superar los límites establecidos en el punto anterior, podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5%, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.

Línea 4. Agentes de innovación de proximidad

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% de los costes considerados como subvencionables.

La Agencia Valenciana de Innovación (IVACE+i Innovación) procederá al pago de la ayuda una vez se haya ejecutado el proyecto al que estaba destinada, y siempre que haya verificado el cumplimiento de las obligaciones exigibles al beneficiario.

 

Recurso que procede contra la resolución
Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo
Obligaciones

Las obligaciones de los beneficiarios vienen especificadas en el artículo 5 de la Resolución de 28 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación, sin perjuicio de las previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órganos resolución
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
Si
Sanciones

Las establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuyo título IV regula las infracciones y sanciones en materia de subvenciones.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

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