TECE - Procedimiento para la renovación de la tarjeta identificativa antes de la caducidad o reimpresión de tarjeta identificativa por robo con denuncia (sin tasa)

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Código SIA: 287614
|
Código GVA: 18962
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

La Ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del taxi de la Comunitat Valenciana, según lo dispuesto en sus artículos 23 y 25, establece que las personas usuarias del taxi tendrán derecho a identificar a la persona que conduce el vehículo.

El objeto de este trámite es la renovación antes de la finalización de su vigencia o la reimpresión cuando ésta ha sido robada y existe denuncia.

NO se puede realizar este trámite para primera expedición de la tarjeta, renovación de tarjeta caducada, duplicado por pérdida o duplicado por robo sin existir denuncia (en estos casos hay que hacer el trámite "TECE - Tarjeta identificativa del conductor en la prestación del servicio de taxi" http://www.gva.es/es/web/portal/inicio/procedimientos?id_proc=16222 ).

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

RENOVACIÓN DE LA TARJETA IDENTIFICATIVA

1.- TITULARES de autorización de taxi de las Áreas de Prestación Conjunta y ASALARIADOS con contrato de DURACIÓN INDEFINIDA: la tarjeta identificativa será expedida con una vigencia igual a la de la capacitación profesional y se renovará en el mes que corresponda según el calendario descrito anteriormente.

2.- Conductores ASALARIADOS con contrato de DURACIÓN DETERMINADA: la vigencia de la tarjeta será la misma que la del contrato de trabajo, excepto cuando dicha fecha supere la establecida en el certificado de capacitación para el ejercicio de la actividad de taxista.

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

El solicitante de la tarjeta identificativa será la persona titular de la autorización del taxi de la Comunidad Valenciana, o su representante legal.

Requisitos

La tarjeta identificativa tiene tres modalidades, según se refiera al titular, a persona asalariada a tiempo parcial o a tiempo completo, con requisitos similares, que se expresan con detalle en los artículos 3, 4, 5 y 6 de la Orden. Pero en todo caso serán requisitos esenciales:

1. Permiso de conducir clase B o superior, en vigor.

2. Certificado de capacitación válido en la Comunitat Valenciana y en vigor, de acuerdo con la normativa que lo regule.

3. Titularidad de una autorización del taxi en la Comunidad Valenciana, tener la condición de personal autónomo colaborador o contrato para la prestación del servicio de taxi.

4. Carecer de antecedentes penales, conforme a lo establecido en la Ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del Taxi de la Comunitat Valenciana.

 

La tarjeta identificativa será de diferente color según el siguiente criterio:

- Naranja, para las personas titulares de autorización.

- Verde, para las asalariadas a tiempo completo o autónomas colaboradoras.

- Azul, para personas asalariadas a tiempo parcial.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la solicitud y documentación requerida.

- En un plazo de un mes la Dirección General expedirá la tarjeta identificativa, que deberá ser retirada en un plazo de tres días por el interesado:

. En el caso de Valencia, las tarjetas se recogeran en el Servicio Territorial de Transporte de Valencia sito en: C/ Gregorio Gea, 27

. En el caso de Alicante, en la sede del Servicio Territorial de Alicante: Avda. Aguilera, 1 (Teatro Arniches).

. En el caso de Castellón, en la sede del Servicio Territorial de Castellón: Avda del Mar, 16.

- Cuando el titular de una autorización contrate a una persona como conductora asalariada deberá solicitar la tarjeta identificativa de ésta con antelación al inicio de la actividad de quien vaya a desarrollar la prestación del servicio.

- En ningún caso podrá ejercerse la actividad sin disponer de la tarjeta identificativa.

Órganos de tramitación

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Los titulares de autorización con tarjeta identificativa realizarán la renovación de forma gratuita siempre que se renueve antes de la finalización de su vigencia de acuerdo con el siguiente calendario:

a) El titular de la tarjeta identificativa cuyo número de identificación fiscal termine en 1, entre el primero y último días hábiles del mes de enero, ambos inclusive.

b) El titular de la tarjeta identificativa cuyo número de identificación fiscal termine en 2, entre el primero y último días hábiles del mes de febrero, ambos inclusive.

c) El titular de la tarjeta identificativa cuyo número de identificación fiscal termine en 3, entre el primero y último días hábiles del mes de marzo, ambos inclusive.

d) El titular de la tarjeta identificativa cuyo número de identificación fiscal termine en 4, entre el primero y último días hábiles del mes de abril, ambos inclusive.

e) El titular de la tarjeta identificativa cuyo número de identificación fiscal termine en 5, entre el primero y último días hábiles del mes de mayo, ambos inclusive.

f) El titular de la tarjeta identificativa cuyo número de identificación fiscal termine en 6, entre el primero y último días hábiles del mes de junio, ambos inclusive.

g) El titular de la tarjeta identificativa cuyo número de identificación fiscal termine en 7, entre el primero y último días hábiles del mes de julio, ambos inclusive.

h) El titular de la tarjeta identificativa cuyo número de identificación fiscal termine en 8, entre el primero y último días hábiles del mes de septiembre, ambos inclusive.

i) El titular de la tarjeta identificativa cuyo número de identificación fiscal termine en 9, entre el primero y último días hábiles del mes de octubre, ambos inclusive.

j) El titular de la tarjeta identificativa cuyo número de identificación fiscal termine en 0, entre el primero y último días hábiles del mes de noviembre, ambos inclusive.

 

Las personas que prestan el servicio con contrato indefinido harán la renovación de la tarjeta identificativa con arreglo al mismo calendario que los titulares de autorización y atendiendo a la fecha de caducidad que consta en su certificado de capacitación para el ejercicio de la actividad de taxista.

 

Las personas que prestan el servicio con contrato de duración determinada tendrán que renovar la tarjeta identificativa no antes de 30 días de su fecha de caducidad y no mas tarde de los cinco días siguientes al de la fecha de caducidad que figura en la tarjeta.

Documentación

RENOVACIÓN:

La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad obtenga directamente los datos relativos de identificación personal, según lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no autorizarse, se deberá aportar:

**DNI o documento equivalente en caso de extranjeros

**Copia del permiso de conducir

1.- Documentación que deberán aportar los TITULARES de Autorizaciones de Áreas de Prestación Conjunta:

 

- Autorización para consulta de antecedentes penales.

- Fotografía reciente tamaño carné.

 

2.- Documentación que deberá aportarse cuando se trate de conductores ASALARIADOS de Autorizaciones de Área de Prestación Conjunta:

 

- Contrato de trabajo

- Autorización para consulta de antecedentes penales.

- Informe de trabajadores en alta (ITA)

- Fotografía reciente tamaño carné

 

3.- Documentación que deberán aportar TITULARES de Autorizaciones de FUERA de Áreas de Prestación Conjunta:

- Fotografía reciente tamaño carné

- Autorización para consulta de antecedentes penales.

 

4.- Documentación que deberá aportarse cuando se trate de conductores ASALARIADOS de Autorizaciones de FUERA de Áreas de Prestación Conjunta:

- Contrato de trabajo

- Informe de trabajadores en alta (ITA)

- Fotografía reciente tamaño carné

- Autorización para consulta de antecedentes penales.

 

NOTA: Deberá procederse a la devolución de la tarjeta identificativa en los casos de renovación de la misma.

 

DUPLICADO DE TARJETA IDENTIFICATIVA POR ROBO

 

1. Documentación que deberán aportar los TITULARES de autorizaciones de áreas de prestación conjunta y de FUERA de áreas de prestación conjunta:

 

- Denuncia.

 

2. Documentación que deberán aportar los ASALARIADOS de autorizaciones de áreas de prestación conjunta y de FUERA de áreas de prestación conjunta:

 

- Denuncia.

Forma de presentación
Telemática

1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la...

Más
Presencial

Las solicitudes de tarjeta identificativa se tramitarán electrónicamente.

Resolución

Plazo máximo

El órgano competente en materia de transporte emitirá la tarjeta en el plazo máximo de un mes, cuando la solicitud reúna todos los requisitos.

Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Obligaciones

Obligación de actualizar los datos de la tarjeta:

Corresponde al titular de la autorización la obligación de mantener actualizados los datos contenidos tanto en su propia tarjeta identificativa como en la de los conductores asalariados que en su caso tenga contratados.

 

En el caso de que alguno de dichos datos sufra variación, el titular de la correspondiente autorización estará obligado a solicitar una nueva tarjeta según el procedimiento señalado.

 

Obligación de devolver la tarjeta:

Los titulares de autorizaciones están obligados a devolver las tarjetas que sean actualizadas, renovadas o resulten innecesarias por haberse extinguido la relación laboral con el conductor o por haber transmitido su autorización.

Observaciones

Contra los actos administrativos de cumplimiento de la orden, podrá interponerse recurso alzada ante la Directora General de Obras públicas, Transportes y Movilidad en el plazo de un mes, a contar el día siguiente a la recepción de la notificación del acto correspondiente, de acuerdo con lo que...

Más
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
No
Sanciones

El incumplimiento de lo establecido en esta orden se considerará infracción leve prevista en el artículo 33 c) de la Ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del taxi de la Comunitat Valenciana.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

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  • Crecer y consolidarse

TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones