Acceso a Cl@u
Detalle trámite
Autorización a la Administración para consultar de forma telemática datos necesarios para la percepción de becas, ayudas, premios, distinciones y subvenciones de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Incllusivas.
Qué es
Autorización para que la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas compruebe los datos de estar al corriente en los pagos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Hacienda Autonómica, Tesorería General de la Seguridad Social, identidad y residencia de los...
- Artículo 14 e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003).
- Artículo 5 del Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público (DOCV núm. 6376, de 14/10/2010).
A quién va dirigido
Personas, físicas o jurídicas, que deseen ser beneficiarias de becas, ayudas, premios, distinciones y subvenciones de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.
Cómo se tramita
46003 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
En el plazo establecido por la Administración en el procedimiento de concesión de becas, ayudas, premios, distinciones y subvenciones.
Registro de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, sito en C/ Democracia, 77, Torre 4, 46018 Valencia, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
En el caso de:
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS - VALENCIA:
La ATENCIÓN PRESENCIAL y REGISTRO DE DOCUMENTOS será ÚNICAMENTE mediante CITA PREVIA, que se puede solicitar a través del teléfono de información de la Generalitat 012 o a través de internet: https://www.gva.es/es/inicio/servicios_linea/citas_previas
Si se tratara de becas de prácticas profesionales, se presentará por vía telemática junto con la solicitud y curriculum tal como establece el artículo 2 de la Orden 17/2011, de 6 de mayo, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se desarrolla el capítulo II del Decreto 132/2009, del Consell, por el que se regula la concesión de becas, sin perjuicio de la normativa establecida con carácter general sobre presentación de solicitudes ante las administraciones públicas.
Preguntas frecuentes
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