Declaración al Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes (PRTR), de los datos de emisiones a la atmósfera, al agua y al suelo, y transferencia de residuos fuera de la instalación

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Código SIA: 211932
|
Código GVA: 17392
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Plazo de solicitud cerrado

Desde 01-01-2026

Hasta 13-03-2026

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Facilitar toda la información relacionada con la declaración de los complejos industriales ubicados en la Comunitat Valenciana, afectados por el Real Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas, modificado en su anexo I por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 6/2014 de 25 de julio de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades de la Comunitat Valenciana y RD legislativo 1/2016, de 16 de diciembre de Prevención, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.

 

Se incluye una hoja de cálculo normalizada.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 01-01-2026 hasta 13-03-2026
Observaciones

- Correo electrónico de información Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico: bzn-prtr-es@miteco.es                                                                                                                      

- Correo electrónico de información Comunitat Valenciana:  e_prtr_cv@gva.es

- Teléfono de atención al público: 91 749 91 30 de lunes a viernes de 9:00 h. a 14:00 h.

- El complejo industrial tiene acceso, utilizando sus claves, a toda la información disponible a través del ÁREA DE MIEMBROS en la web: https://prtr-es.miteco.gob.es/

Normativa

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

Complejos industriales ubicados en la Comunitat Valenciana, cuya actividad figure en el anexo I del Real Decreto 508/2007, modificado por Real Decreto 815/2013.

Requisitos

Dado que la notificación se realiza a través de la plataforma del Ministerio, se requiere que el complejo disponga de usuario y contraseña para su acceso. En caso contrario, deberá solicitar las claves en: bzn-prtr-es@miteco.es

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Notificación a través del ÁREA DE MIEMBROS de la plataforma PRTR ( www.prtr-es.miteco.gob.es ).

- Se requiere para ello disponer de claves de acceso.

- Con objeto de estandarizar la metodología de cálculo, aquellos complejos que utilizan informes analíticos(1) como base para la notificación de los datos de emisiones a la atmósfera y al agua, tienen a su disposición en el apartado "Enlaces" de este procedimiento, la página web: https://mediambient.gva.es/es/web/calidad-ambiental/procediment-notificacio , de acceso directo a la hoja de cálculo normalizada que será la que posteriormente deberán adjuntar a la plataforma PRTR, en el apartado "Gestión Documental".

(1) Entidades colaboradoras de la administración en materia de calidad ambiental (ECMCA), mediciones en continuo, analíticas propias, etc...»

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 01-01-2026 hasta 13-03-2026

Del 1 de enero al último día del mes de febrero del año en curso se deberá realizar la notificación al Registro PRTR del año precedente.

CON CARÁCTER EXCEPCIONAL, SE AMPLIA EL PLAZO DE NOTIFICACIÓN POR PARTE DE LOS TITULARES DE LAS INSTALACIONES HASTA EL 13 DE MARZO.

Tasa o pago

No proceden.

Forma de presentación
Telemática

Dicha notificación se debe realizar directamente en la plataforma que a tal efecto se encuentra habilitada en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ( https://prtr-es.miteco.gob.es/ ). La documentación complementaria que justifique los datos notificados a la...

Más

Resolución

Plazo máximo

La Dirección General de Calidad y Educación Ambiental, órgano competente, realiza la validación de los datos notificados por los complejos al Registro E-PRTR, en el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio

Sanciones

De acuerdo con el artículo 8 del Real Decreto 508/2007. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la citada norma dará lugar a la aplicación del régimen sancionador previsto en la Ley 6/2014 de 25 de julio de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades de la Comunitat Valenciana.

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Medio ambiente
      • Calidad ambiental
      • Prevención y control

TEMA

  • Territorio y paisaje. Urbanismo
  • Administración pública
    • Transparencia e información pública
    • Administración electrónica
    • Investigación, estudios y análisis
  • Medio ambiente
    • Gestión ambiental
    • Aire

PERFILES

  • Empresa
    • Pequeña y mediana empresa
    • Gran empresa

SECTOR

  • Industria
    • Industria química y petroquímica

TEMÁTICA

  • Sostenibilidad
    • Afectación al medio
    • Medio ambiente

CICLO VITAL

  • Crecer y consolidarse
  • Planificar un negocio

TIPO

  • Declaraciones y comunicaciones