Solicitud del título de guarda jurado de caza y de la renovación de la acreditación

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Código SIA: 223654
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Código GVA: 17370
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

El título de guarda jurado de caza habilita a su titular a ejercer la policía y vigilancia de la actividad cinegética exclusivamente en los espacios cinegéticos en los que preste su servicio, en los que hará cumplir la vigente legislación en la materia y denunciará cuantas infracciones lleguen a su conocimiento.

 

- Funciones:

. Informar y tratar de evitar las posibles infracciones

. Informar de los daños a la agricultura y a la fauna

. Realizar controles de poblaciones por motivos de gestión

. Informar sobre capturas

. Precintar piezas de caza, examinar las mismas y tomar muestras biológicas

. Expedir permisos

. Participar en la toma de datos en censos y muestreos

. Comunicar la presencia de enfermedades, epizootias o venenos

. Control de predadores, cuando estuviera habilitado para su realización

. Cuantas otras le atribuya la normativa aplicable

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

- En virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Decreto 188/2014, de 7 de noviembre, se exceptúa de cumplir este requisito a quienes, siendo guardas jurados de caza conforme al Decreto 196/1993, deban acreditarse como guardas jurados de caza con arreglo al Decreto 188/2014 para poder prestar sus servicios en un nuevo espacio cinegético dentro de un periodo de cinco años desde la entrada en vigor del Decreto 188/2014 (es decir, hasta el 12/11/2019).

 

 

Para solicitar la RENOVACIÓN:

- Se solicitará por la persona interesada, con una antelación mínima de 30 días.

- Se deberá realizar un curso de reciclaje en una entidad homologada (duración mínima 8h).

- Acreditará la realización del curso de reciclaje, junto con la documentación que acredite el estar en posesión de la habilitación de guarda rural en su especialidad guarda de caza.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Requisitos

- Estar en posesión de la habilitación de guarda rural en su especialidad de guarda de caza conforme con lo establecido en la Ley 5/2014, de 4 de abril de seguridad privada (Antiguo guarda particular de campo).

- Disponer de un certificado de aprovechamiento de un curso de capacitación cinegética expedido por una entidad homologada de las previstas en el artículo 4.1 del Decreto 188/2014, de 7 de noviembre.

- En el caso de renovación, disponer del certificado de aprovechamiento del curso de reciclaje expedido por una entidad homologada de las previstas en el artículo 4.1 del Decreto 188/2014, de 7 de noviembre.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la documentación.

- Resolución de la dirección general competente en materia de caza

- Expedición de credencial de guarda jurado de caza

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año.

Documentación

Para solicitar el TÍTULO DE GUARDA JURADO DE CAZA:

- Impreso de solicitud

- Certificado de aprovechamiento de curso de capacitación cinegética

- Acreditación de estar en posesión de la habilitación de guarda rural, especialidad de caza (*)

- Una fotografía tamaño carnet

- Justificante del pago de la tasa correspondiente

 

Para solicitar la RENOVACIÓN:

- Impreso de solicitud

- Certificado curso de reciclaje

- Acreditación de estar en posesión de la habilitación de guarda rural, especialidad de caza

- Una fotografía tamaño carnet

- Justificante del pago de la tasa correspondiente

Tasa o pago

Tasas 2025:

 

Modelo 046-9832: Tasa por licencias, permisos, autorizaciones y registros por los órganos competentes en materia de medio ambiente.

 

Por expedición de credencial de guarda jurado de caza (por 5 años de validez): 76,43 euros.

 

Ver en enlaces: "Formas de Pago y Entidades Colaboradoras"

http://externo.gva.es/Tasasw/tasasma.htm

Forma de presentación
Telemática

Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las...

Más
Presencial

- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

 

- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

 

- Y, preferentemente, en:

Dónde dirigirse

Resolución

Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Obligaciones

- Los titulares de los espacios cinegéticos estarán obligados a notificar en cualquier contratación, rescisión, de contrato, encargo o revocación relaconada con el guarda/s jurados de caza que prestan sus servicios en dichos espacios cinegéticos.

Observaciones

- Recurso de alzada ante el Secretario Autonómico en el plazo de un mes.

Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
No

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía
    • Medio ambiente
      • Autorizaciones y licencias de caza y pesca

TEMA

  • Medio ambiente
  • Educación y formación
    • Homologaciones
  • Agricultura, ganadería y pesca
    • Agricultura

PERFILES

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TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones