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Prórroga de concesión de explotación de recursos mineros de la sección C/D: CON modificación de proyecto y SIN modificación de proyecto. Minería
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
Qué es
La solicitud de la prórroga para concesión de explotación de recursos mineros de la sección C/D.
VIGENCIA DE LA CONCESIÓN
La concesión de explotación minera se otorgará por un período de treinta años, prorrogable por otros dos plazos iguales, hasta un máximo de noventa años. Para la obtención de cada prórroga, el concesionario deberá presentar tres años antes, como mínimo, de la terminación de la vigencia de la concesión la correspondiente solicitud dirigida al órgano competente en la materia, acompañada de la documentación establecida por la normativa.
- Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE nº 176, de 24/07/1973). BOE núm. 176 de 24-07-1973
- Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (BOE nº 295, de 11/12/1978). BOE núm. 295 de 11-12-1978
- Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera. BOE núm. 140 de 12-06-1985
- Orden 14/2011, de 31 de marzo, de la Consellería de Industria, Comercio e Innovación, por la que se establecen los órganos competentes para el ejercicio de determinadas funciones en materia de derechos mineros (DOCV nº 6499, de 11/04/2011). DOGV núm. 6499 de 11-04-2011
A quién va dirigido
Las personas interesadas titulares de la explotación o sus representantes.
Cómo se tramita
1. Corresponde a la DIRECCIÓN GENERAL competente en materia de minería:
- Dictar resolución en los procedimientos de otorgamiento y prórroga cuando afecten a más de una provincia, previa tramitación por el servicio territorial en el que se encuentre la mayor extensión del terreno solicitado.
2. Corresponde a los SERVICIOS TERRITORIALES competentes en materia de minería:
- Instruir y dictar resolución en los procedimientos de otorgamiento, sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior para el caso de que afecten a más de una provincia.
- Instruir el expediente y dictar resolución sobre la prórroga de los referidos permisos.
- Instruir los expedientes y elaborar propuesta de resolución en los procedimientos de las concesiones de explotación de los recursos de las secciones C) y D), tanto las directas como las derivadas de permisos de investigación.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
Durante todo el año.
1. PRÓRROGA DE LA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN SIN MODIFICACIÓN DE PROYECTO: La documentación se presentará en dos fases:
A) PRIMERA ENTREGA:
- Solicitud derechos mineros sección C (SOLDEMIC)
- Proyecto
- Informe detallado de los trabajos realizados.
B)* SEGUNDA ENTREGA:
- Avales de restauración, en su caso
- Documento acreditativo de solvencia técnica y económica.
2. PRÓRROGA DE LA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN CON MODIFICACIÓN DE PROYECTO: La documentación se presentará en dos fases:
A) PRIMERA ENTREGA:
Solicitud derechos mineros sección C (SOLDEMIC)
- Proyecto.
- Documentación acreditativa de que el solicitante reúne las condiciones para ser titular de derechos mineros
- Plan de autoprotección
B)* SEGUNDA ENTREGA:
- Estudio de impacto ambiental, que contendrá como contenidos mínimos: Actuación proyectada y acciones derivadas, alternativas viables y solución adoptada, inventario ambiental, informe de Patrimonio, informe del organismo de cuenca, medidas protectoras y correctoras, programa de vigilancia ambiental, documento de síntesis, cartografía.
- Plano de emplazamiento y croquis de acceso.
- Plan de restauración o de restauración integral.
- Declaración responsable de que no le es aplicable el Decreto 82/2005
- Avales de restauración, en su caso.
- Documento acreditativo de solvencia técnica y económica.
* NOTA:
La presentación de la documentación correspondiente a la segunda entrega se realizará a través del siguiente trámite, cuyo enlace se adjunta:
Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados):
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15449&version=amp
Formularios
Tasas 2025:
Para prórroga de autorización o concesión de explotación de recursos mineros:
Una cantidad mínima de 1419,98 euros para una superficie equivalente a una cuadrícula minera solicitada. Esta cantidad mínima se incrementará en 23,84 euros por cada cuadrícula minera adicional, hasta una cantidad máxima de 1994,08 euros.
1. La PRESENTACIÓN de la solicitud y de la documentación anexa requerida SÓLO puede realizarse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO DE SOLICITUD de este trámite. 2. Para esa presentación telemática, la persona solicitante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica...
Subsanación
La subsanación o aportación de documentación debe realizarse directamente en el botón "SUBSANACIÓN > PRESENTACIÓN AUTENTICADA" (destacado más abajo en color rojo) de este apartado "Tramitación > Subsanación".
También podrá hacerse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO de la Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados)", cuyo enlace directo está disponible en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" de este trámite.
Resolución
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las que establecen la Ley 22/1973, de Minas, y los reglamentos correspondientes.
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