Prueba para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) para la conducción de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Código SIA: 211473
|
Código GVA: 15056
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Plazo de solicitud cerrado

Desde 20-02-2026

Hasta 06-03-2026

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial, regulados en el Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al...

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Desde 20-02-2026 hasta 06-03-2026
Observaciones

El Tribunal de las pruebas convocadas estará compuesto por:

Tribunal titular

Presidenta: Susanna Lledó Serres Provinciale

Secretaria: Mª Valle Escudero Aguado

Vocales: Néstor Casado Novella, Elena Roa Aleksandrovna , Pilar Ibáñez Moreno, María Pilar Álvarez Montero, Rafael Rubio Estruch y Francisca Sahuquillo Moreno.

 

Tribunal suplente

Presidenta: Teresa Gras Huerta

Secretario: Alberto Alonso Vidales

Vocales: Rafael González Tur, Carmen Gracia Nogueras, Arturo Guixot Lillo, Ana Isabel Llorca Marco, Álvaro Rallo Esteve, María José Riquelme Rocamora y Ángeles Rodríguez Herranz.

CORREOS PARA ACLARACIONES:

tarjetas_cap@gva.es

examenes_cap@gva.es

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Requisitos

Los requisitos indispensables para los aspirantes que deseen presentarse a las pruebas de obtención del certificado de aptitud profesional, será:

-Haber superado el curso de cualificación inicial antes de la finalización de los plazos de inscripción relacionados en el Anexo II. Podrá presentarse a los exámenes que se convoquen en el año siguiente en los términos del RD 281/2021.

-Quienes acrediten ser titulares del certificado de profesionalidad de «Conducción de autobuses» o del certificado de profesionalidad de «Conducción de vehículos pesados de transporte de mercancías por carretera» regulados en los anexos III y IV, respectivamente, del Real Decreto 1539/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen siete certificados de profesionalidad de la familia profesional “Transporte y mantenimiento de vehículos” que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, podrán presentarse al examen para la obtención del certificado, que deberán superar en un plazo no superior a un año contado desde dicha finalización, en los mismos términos previstos en el artículo 16 del mismo.

-Tener vigente en la fecha del examen la documentación que acredite la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro país extranjero en el que, en virtud de acuerdos, tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de la nacionalidad o contar con las autorizaciones o permisos de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.

No haber sido expulsados de un examen en alguna de las convocatorias, por utilizar dispositivos de intercomunicación u otros instrumentos no autorizados, aquellos aspirantes que hubieran sido expulsados de un examen, perderán el derecho a concurrir a las pruebas que se convoquen durante el plazo de un año a contar desde la fecha de celebración del examen del que fueran expulsados.

A aquellos aspirantes que hubieran sido expulsados de un examen en alguna de las convocatorias realizadas en el año 2025, se les aplicará el régimen anterior, previsto en la Resolución del 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Transportes y Logística, por la que se convoca la realización de varias pruebas para la obtención o renovación de certificados acreditativos de capacitación profesional en materia de transportes por carretera para el año 2025 (DOGV núm. 10006 / 16.12.2024).

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

ADMISIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS

ADMISIÓN A LAS PRUEBAS

Tener vigente en la fecha del examen la documentación que acredite la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro país extranjero en el que, en virtud de acuerdos, tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de la nacionalidad o contar con las autorizaciones o permisos de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y previa comprobación de que se ha realizado el pago de los derechos de examen, se hará pública la relación provisional de personas admitidas y excluidas, que podrá asimismo ser consultada en la URL: https://mediambient.gva.es/es/web/transportes/

Las personas aspirantes podrán, en caso de error o exclusión, subsanar los defectos en que hayan incurrido en su solicitud o realizar las alegaciones que tengan por conveniente en el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación provisional.

Transcurrido el plazo anterior, vistas las alegaciones y subsanados los defectos cuando proceda, se elevará a definitiva la lista de personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas, que se hará pública de la misma forma que la relación provisional.

 

REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS

La determinación de las fechas de realización de los exámenes se establece en el Anexo II de esta resolución.

El Tribunal, con una antelación de al menos diez días naturales antes de la fecha de cada examen, insertará la información relativa al lugar y hora exactas de su celebración en la página web a la que se podrá acceder mediante

la siguiente URL: https://mediambient.gva.es/es/web/transportes/

Los aspirantes se deberán presentar en el lugar de celebración de las pruebas provistos de la siguiente

documentación y material:

• Documento nacional de identidad, número de identificación de extranjeros u otros documentos vigentes a fecha de examen que, a juicio del Tribunal, acrediten fehacientemente la identidad en el momento de realización de las pruebas. No se admitirán fotocopias, ni fotografías, ni cualquier otro tipo de documento que no sea original.

La acreditación de la identidad para acceder a la realización de las pruebas se realizará, en el caso de personas que no tengan la nacionalidad española, mediante la tarjeta de identidad de extranjero (TIE), el número de identidad del extranjero (NIE) regulado en el Real decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. En el supuesto de que en el documento NIE no conste fotografía será necesario, además, acreditar la identificación del compareciente con algún documento público oficial que sí disponga de fotografía (pasaporte, tarjeta de identificación del país de origen).

. Útiles de escritura: bolígrafo azul o negro.

Los aspirantes que utilicen dispositivos de intercomunicación u otros instrumentos no autorizados por los órganos competentes durante la celebración del examen serán expulsados tras su detección.

Aquellos aspirantes que hubieran sido expulsados de un examen, por utilizar dispositivos de intercomunicación u otros instrumentos no autorizados, perderán el derecho a concurrir a las pruebas que se convoquen durante el plazo de un año a contar desde la fecha de celebración del examen del que fueran expulsados.

A aquellos aspirantes que hubieran sido expulsados de un examen en alguna de las convocatorias realizadas en el año 2025, se les aplicará el régimen anterior, previsto en la Resolución del 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Transportes y Logística, por la que se convoca la realización de varias pruebas para la obtención o renovación de certificados acreditativos de capacitación profesional en materia de transportes por carretera para el año 2025 (DOGV núm. 10006 / 16.12.2024).

Los aspirantes serán convocados a cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan.

El Tribunal hará pública la relación de personas que hayan superado la prueba, estas personas serán declaradas aptas para la expedición del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial o del certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, que podrá asimismo ser consultada en la URL citada anteriormente. Dicha publicación telemática abrirá un periodo de diez días naturales para la presentación de reclamaciones, las cuales serán resueltas por el Tribunal.

 

Para la realización de las pruebas tendentes a la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial se dispondrá de un tiempo máximo de dos horas.

El examen constará de 100 preguntas tipo «test», más 3 adicionales para suplir posibles anulaciones, cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas.

Para los aspirantes que tengan la cualificación inicial en alguna de las dos modalidades (viajeros o mercancías) y aspiren a obtener el certificado en la otra modalidad el examen constará de 25 preguntas, más 1 adicional para posibles anulaciones.

En ambos casos, las respuestas correctas se valorarán con 1 punto y las incorrectas se penalizarán con 0,5 puntos negativos. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán ni positiva ni negativamente.

 

 

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 20-02-2026 hasta 06-03-2026

El plazo de presentación de las solicitudes será el establecido en el calendario de exámenes que se detalla a continuación:

 

*FECHAS DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS 2026

 

- Para el examen del 07-02-2026 el plazo de inscripción será del 23-12-2025 al 07-01-2026

- Para el examen del 28-03-2026 el plazo de inscripción será del 20-02-2026 al 06-03-2026

- Para el examen del 30-05-2026 el plazo de inscripción será del 15-04-2026 al 29-04-2026

- Para el examen del 18-07-2026 el plazo de inscripción será del 15-06-2026 al 29-06-2026

- Para el examen del 26-09-2026 el plazo de inscripción será del 17-08-2026 al 31-08-2026

- Para el examen del 28-11-2026 el plazo de inscripción será del 14-10-2026 al 28-10-2026

(DOGV nº 10252, de 02-12-2025 )

Documentación

Las solicitudes para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial se presentarán según lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden 3/2010, de 18 de enero, de la Conselleria de Infraestructuras y Transportes, que establece:

a) Las solicitudes se tramitarán exclusivamente por vía telemática.

b) Las solicitudes de inscripción se deberán efectuar en los plazos que se detallan en el Anexo II de esta resolución.

c) Para la efectiva inscripción se deberá consignar el número de la tasa de derechos de admisión al examen, así como la fecha del ingreso correspondiente, esta fecha debe coincidir con los plazos establecidos de solicitud de inscripción.

El pago de la tasa será individualizado y se realizará usando el modelo de tasa A08 (admisión a exámenes y pruebas).

d) La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

e) En ningún caso la justificación del abono de los derechos de examen sustituirá al trámite de inscripción.

f) Es requisito indispensable para los aspirantes que deseen presentarse a las pruebas de obtención del certificado de aptitud profesional, haber superado el curso de cualificación inicial antes de la finalización de los plazos de inscripción relacionados en el Anexo II de esta resolución.

g) Para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial, en la modalidad ordinaria, quienes acrediten ser titulares del certificado de profesionalidad de «Conducción de autobuses» o del certificado de profesionalidad de «Conducción de vehículos pesados de transporte de mercancías por carretera» regulados en los anexos III y IV, respectivamente, del Real Decreto 1539/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen siete certificados de profesionalidad de la familia profesional “Transporte y mantenimiento de vehículos” que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, podrán presentarse al examen para la obtención del certificado, que deberán superar en un plazo no superior a un año contado desde dicha finalización, en los mismos términos previstos en el artículo 16 del mismo.

 

Tasa o pago

El importe actual de la tasa es:

- A08: 14,19 euros

FORMAS DE PAGO, IMPORTES Y MODELOS: Tanto las formas de pago como los importes y los modelos de tasa se pueden descargar desde la dirección de Internet que se indica a continuación.

Forma de presentación
Telemática

- Para tramitar telemáticamente, a través de la aplicación del Ministerio de Fomento, se requiere que el usuario tenga un certificado digital. - Clicando en el icono superior Tramitar con certificado de esta misma página. - Para lo cual, hay que disponer de certificado electrónico reconocido por...

Más

Resolución

Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
No

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

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