Inscripción en el Registro Especial de Equipos e Instalaciones de Rayos X con fines de diagnóstico médico. Alta, modificación, traslado, cambio de titularidad, baja y duplicado de la comunicación de inscripción. Energía

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Código SIA: 211444
|
Código GVA: 14884
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Qué es

Qué es y para qué sirve

 

Posibilitar la presentación ante la Conselleria competente en materia de Energía de la Generalitat Valenciana:

 

1 - De la DECLARACIÓN RESPONSABLE para la INSCRIPCIÓN de los que estén UBICADOS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNITAT VALENCIANA en el REGISTRO Especial de EQUIPOS E INSTALACIONES DE RAYOS X CON FINES DE DIAGNÓSTICO MÉDICO (incluyendo el uso médico-legal y veterinario), tanto en el Registro autonómico, como en el Registro central adscrito al Ministerio competente en materia de Industria.

En concreto:

A) De la declaración responsable de ALTA de una nueva instalación (que abrirá un expediente administrativo RXINAL).

 

B) De la declaración responsable de MODIFICACIÓN de una instalación ya existente (que abrirá un expediente administrativo RXINAR), que comprende los siguientes supuestos:

- Alta y/o baja* de equipos o de generadores de una instalación

. Nota: a través de este supuesto de modificación NO es posible dar de baja TODOS los EQUIPOS de una instalación (como mínimo debe constar uno de alta), porque ello supone el cese de la actividad de la instalación y, por tanto, en ese caso lo que procede tramitar es la BAJA de la INSTALACIÓN (y no una modificación de la misma).

- Cambio de ubicación de equipos o generadores dentro de la misma instalación

(modificación en la disposición general de la instalación)

- Alta y/o baja de tubos adicionales en equipos

 

C) De la declaración responsable de TRASLADO de una instalación (es decir, del cambio de ubicación de la instalación) (que abrirá un expediente administrativo RXINTR).

 

D) De la declaración responsable de CAMBIO DE TITULARIDAD de una instalación (que abrirá un expediente administrativo RXINCT).

 

E) De la declaración responsable de BAJA de una instalación (que abrirá un expediente administrativo RXINBA).

Respecto a la baja debe tenerse en cuenta:

- INSTRUCCIONES RESPECTO A LAS INSTALACIONES DE RAYOS X AFECTADAS POR LA DANA 2024 EN LA PROVINCIA DE VALENCIA

Para realizar BAJAS en instalaciones de rayos X que hayan sido dañadas o hayan resultado desaparecidas como consecuencia de la DANA y el consiguiente temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024, se proporcionan varias opciones de tramitación en el documento de INSTRUCCIONES disponible en los apartados "Tramitación > Solicitud > Documentación > Formularios" y "Qué necesitas saber > Formularios" de este trámite.

Por favor, consulte estas instrucciones si sus instalaciones se encuentran en esa situación.

- El destino de los EQUIPOS puestos fuera de servicio por su estado defectuoso, por una modificación de la instalación o por la baja de ésta en el Registro, sólo podrá ser la transmisión a una entidad autorizada para la venta y asistencia técnica (EVAT), sea para su almacenamiento y posterior disposición, o para su destrucción.

 

* IMPORTANTE:

La persona titular de la instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico NO podrá ponerla en servicio hasta que se le comunique la inscripción de la misma en el citado Registro y será responsable de su funcionamiento en condiciones de seguridad, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente aplicable.

 

2 - De la SOLICITUD de DUPLICADO DE LA COMUNICACIÓN de la INSCRIPCIÓN de una instalación en el citado Registro (que abrirá un expediente administrativo RXDUPL).

 

Plazos
SolicitudPlazo abierto
SubsanaciónPlazo abierto
Observaciones

 

1. La INFORMACIÓN SOBRE EXPEDIENTES EN TRÁMITE y sobre DUDAS o CONSULTAS respecto al CONTENIDO de este procedimiento se ofrece a través del correspondiente SERVICIO TERRITORIAL competente en materia de ENERGÍA, solicitándola en la forma indicada en el apartado "Información y registro" de la página web de la Conselleria competente en esa materia (ver enlace directo en los apartados "Qué necesitas saber > Qué es > Enlaces" y "Ayuda > Preguntas frecuentes" de este trámite).

Consulte también la información disponible en el área de ENERGÍA de la página web de la Conselleria competente en esa materia (ver acceso a este área en los mismos dos apartados antes citados).

 

2. Para incidencias INFORMÁTICAS (solo errores o problemas de carácter informático), en el apartado "Ayuda > Preguntas frecuentes" del presente trámite:

- Dispone de una lista de preguntas frecuentes sobre tramitación telemática en la Generalitat Valenciana.

- Y, si pese a ello sigue necesitando ayuda informática, dispone de un FORMULARIO DE PROBLEMAS TÉCNICOS a través del cual puede enviar su duda, problema o consulta de tipo informático.

 

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

 

La persona física o jurídica titular de los equipos e instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico, o su representante*.

 

* Para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica) sin utilizar un certificado electrónico de representante, la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Ayuda > Enlaces de interés" de este trámite.

Sin esa inscripción previa o sin un certificado electrónico de representante NO puede realizarse el trámite telemático en representación de otra persona. No obstante, en esos casos puede utilizarse la BANDEJA DE FIRMAS, que es una funcionalidad integrada en la Carpeta Ciudadana para posibilitar que la persona en nombre de la cual se quiere realizar el trámite telemático firme el/los formulario/s web, el/los documento/s a anexar (en su caso) y su presentación final en registro. En la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana dispone de ayuda con preguntas frecuentes sobre la Carpeta Ciudadana, que incluye un tutorial de funcionamiento de la Bandeja de Firmas (ver también en los apartados "Ayuda > Enlaces de interés" y "Ayuda > Preguntas frecuentes" de este trámite) y, además, en el propio trámite telemático se le irán indicando los pasos a seguir.

 

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

 

A) En caso de ALTA (nueva instalación), MODIFICACIÓN, TRASLADO, CAMBIO DE TITULARIDAD o BAJA, de una instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico:

 

1. La persona titular de la instalación PRESENTARÁ TELEMÁTICAMENTE, ante el Servicio Territorial competente en materia de Energía de la provincia de la Comunitat Valenciana donde esté ubicada la instalación, la DECLARACIÓN RESPONSABLE para su inscripción en el Registro [previa a su puesta en funcionamiento, en caso de alta, modificación o traslado, o en el plazo de 30 días desde que se produzca su cambio de titularidad o el cese de sus actividades (baja)].

Esta declaración abrirá:

- Un expediente administrativo RXINAL en caso de tratarse de un supuesto de ALTA.

- Un expediente administrativo RXINAR si se ha realizado una declaración de MODIFICACIÓN.

- Un expediente administrativo RXINTR en el supuesto de un TRASLADO.

- Un expediente administrativo RXINCT si es un CAMBIO DE TITULARIDAD.

- Un expediente administrativo RXINBA en caso de BAJA de la instalación.

El código o número de expediente abierto se incluirá en el correo electrónico que recibirá la persona declarante tras presentar su declaración telemática.

 

2. Revisadas por el Servicio Territorial competente la declaración y la documentación presentadas, pueden ocurrir dos cosas:

 

a) Comprobado que son correctas y completas, el Servicio Territorial competente:

- Procederá a realizar la inscripción que corresponda en cada caso (alta, modificación, traslado, cambio de titularidad o baja) en el Registro Especial de Equipos e Instalaciones de Rayos X con fines de diagnóstico médico de la Comunitat Valenciana y a comunicarla al Ministerio competente en materia de Industria para su correlativa inscripción en el Registro Central de instalaciones de rayos X de diagnóstico médico.

- Y, en el plazo de un mes, enviará comunicación telemática de esa inscripción a la persona titular de la instalación (que la recibirá en su Carpeta Ciudadana), donde constará el número de registro de dicha instalación.

 

b) Si la declaración y/o la documentación presentadas NO son correctas y completas, el Servicio Territorial realizará un requerimiento a la persona declarante para que la/s subsane.

La subsanación también debe realizarse por vía telemática, utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" del presente trámite).

 

Tras ello:

- Si la persona declarante aporta la documentación correcta y completa, se procede según se ha descrito en el punto a) anterior.

- Si la persona declarante NO aporta la documentación correcta o es incompleta (es decir, no realiza la subsanación requerida), transcurrido el plazo correspondiente se dicta resolución declarando que no se ha verificado la declaración y no procede la inscripción de la instalación en el Registro y se notifica telemáticamente a la persona titular de la instalación (que la recibirá en su Carpeta Ciudadana) y al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN).

En este caso, la persona titular de la instalación no inscrita estará obligada a retornar los equipos a quien se los suministró, quedando en caso contrario sujeto a las consecuencias reguladas en el capítulo VI del RD 1085/2009, de 3 de julio.

 

* IMPORTANTE:

- La persona titular de la instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico NO podrá ponerla en servicio hasta que se le comunique la inscripción de la misma en los citados Registros.

- La Conselleria competente en materia de Energía de la Generalitat Valenciana remitirá al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) mensualmente copias de las declaraciones inscritas en el mes precedente y también dará acceso a ellas a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE).

- Todas las actualizaciones en los registros de la misma instalación se realizarán sin modificar el número registral de la instalación.

 

B) En caso de SOLICITUD de DUPLICADO DE LA COMUNICACIÓN de la INSCRIPCIÓN en el Registro de una instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico:

 

1. La persona titular de la instalación PRESENTARÁ TELEMÁTICAMENTE, ante el Servicio Territorial competente en materia de Energía de la provincia de la Comunitat Valenciana donde esté ubicada la instalación, la SOLICITUD de duplicado de la comunicación de la inscripción de la instalación en el Registro, que abrirá un expediente administrativo RXDUPL.

 

2. Recibida la solicitud en el Servicio Territorial competente, éste procederá a emitir el duplicado solicitado y lo enviará telemáticamente a la persona titular de la instalación (que la recibirá en su Carpeta Ciudadana).

 

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

 

1 - Durante todo el año, de acuerdo con los siguientes plazos:

a) En caso de ALTA, o de MODIFICACIÓN, o de TRASLADO de la instalación, debe presentarse la declaración responsable ANTES DE su puesta en funcionamiento.

b) En caso de CAMBIO DE TITULARIDAD o de BAJA (CESE de las actividades) de la instalación, debe presentarse la declaración responsable en el plazo de 30 DÍAS desde que se produzcan.

 

2 - La solicitud de duplicado de comunicación de la inscripción de la instalación no está sujeta a plazo de presentación.

 

Documentación

 

* IMPORTANTE: INSTRUCCIONES RESPECTO A LAS INSTALACIONES DE RAYOS X AFECTADAS POR LA DANA 2024 EN LA PROVINCIA DE VALENCIA

 

Para realizar BAJAS en instalaciones de rayos X que hayan sido dañadas o hayan resultado desaparecidas como consecuencia de la DANA y el consiguiente temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024, se proporcionan varias opciones de tramitación en el documento de INSTRUCCIONES disponible en el subapartado "Formularios" de este mismo apartado "Tramitación > Solicitud > Documentación" y en el apartado "Qué necesitas saber > Formularios" de este trámite.

 

Por favor, consulte estas instrucciones si sus instalaciones se encuentran en esa situación.

 

 

** NOTAS GENERALES A TODA LA DOCUMENTACIÓN:

 

- Los documentos o certificados que deban ir firmados por terceros, deberán adjuntarse en formato pdf que esté firmado electrónicamente por el tercero emisor.

 

- Consulte la Guía explicativa del trámite telemático (disponible en el apartado "Formularios y Documentación"), en cuyo paso 3-Documentar debe anexarse la documentación a presentar.

 

 

A) En caso de ALTA de una instalación, debe presentarse la siguiente documentación:

 

1º. DECLARACIÓN responsable de la persona titular de la instalación para su inscripción en el Registro, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el paso 2-Rellenar del trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente.

 

Esa declaración telemática consta de los siguientes FORMULARIOS WEB, todos ellos de cumplimentación y firma obligatorias:

 

- FORMULARIO DE DATOS GENERALES

 

- DECLARACIÓN DE LA PERSONA TITULAR PARA EL REGISTRO

 

- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

 

2º. En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe anexarse la siguiente documentación obligatoria:

 

1 - Proyecto y planos de las salas o vehículos (que pueden aportarse en un único documento, o bien en varios documentos).

 

* Nota: debe presentarse su descripción según modelo normalizado RXPRDAT (de acuerdo con el anexo I.b. del RD 1085/2009, de 3 de julio, disponible como formulario de este trámite y también en el trámite telemático), junto con el/los plano/s que corresponda.

 

2 - Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como formulario de este trámite y también está disponible en el trámite telemático).

 

3 - Certificado de conformidad de la instalación para su registro, cumplimentado por servicio o unidad técnica de protección radiológica (según modelo normalizado 31CEUTPR, de acuerdo con el anexo III del RD 1085/2009, de 3 de julio, que está disponible en el trámite telemático y también como impreso asociado a este trámite).

 

4 - Acreditación (diploma) emitida por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) de la persona que dirija la instalación, en relación a sus conocimientos, adiestramiento y experiencia en materia de protección radiológica.

 

3º. Justificante del pago de la TASA correspondiente. En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe, bien pagarse la tasa, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago, o bien anexarse el justificante del pago si éste se ha efectuado previamente a realizar el trámite telemático.

 

 

B) En caso de MODIFICACIÓN de una instalación ya existente, debe presentarse:

 

1º. DECLARACIÓN responsable de la persona titular de la instalación para la inscripción de su modificación en el Registro, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el paso 2-Rellenar del trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente.

 

Esa declaración telemática consta de los siguientes FORMULARIOS WEB, todos ellos de cumplimentación y firma obligatorias:

 

- FORMULARIO DE DATOS GENERALES

 

- DECLARACIÓN DE LA PERSONA TITULAR PARA EL REGISTRO

 

- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

 

2º. En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe:

 

- Anexarse una u otra documentación según el supuesto de modificación de que se trate

 

- Y tener en cuenta que, si se realizan simultáneamente varios tipos de modificación, deben anexarse todos los documentos correspondientes a cada uno de ellos.

 

B.1. En caso de ALTA de equipos o de generadores de una instalación:

 

1 - Proyecto y planos de las salas o vehículos (que pueden aportarse en un único documento, o bien en varios documentos).

 

* Nota: debe presentarse su descripción según modelo normalizado RXPRDAT (de acuerdo con el anexo I.b. del RD 1085/2009, de 3 de julio, disponible como formulario de este trámite y también en el trámite telemático), junto con el/los plano/s que corresponda.

2 - Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como formulario de este trámite y también está disponible en el trámite telemático).

 

3 - Certificado de conformidad de la instalación para su registro, cumplimentado por servicio o unidad técnica de protección radiológica (según modelo normalizado 31CEUTPR, de acuerdo con el anexo III del RD 1085/2009, de 3 de julio, que está disponible en el trámite telemático y también como formulario de este trámite).

 

B.2. Si es una BAJA de equipos o de generadores de una instalación:

 

- Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como formulario de este trámite y también está disponible en el trámite telemático).

 

B.3. Si se trata de CAMBIO DE UBICACIÓN de equipos o generadores DENTRO de la MISMA INSTALACIÓN (es decir, de modificación en la disposición general de la instalación):

 

1 - Proyecto y planos de las salas o vehículos (que pueden aportarse en un único documento, o bien en varios documentos).

 

* Nota: debe presentarse su descripción según modelo normalizado RXPRDAT (de acuerdo con el anexo I.b. del RD 1085/2009, de 3 de julio, disponible como formulario de este trámite y también en el trámite telemático), junto con el/los plano/s que corresponda.

2 - Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como formulario de este trámite y también está disponible en el trámite telemático).

 

3 - Certificado de conformidad de la instalación para su registro, cumplimentado por servicio o unidad técnica de protección radiológica (según modelo normalizado 31CEUTPR, de acuerdo con el anexo III del RD 1085/2009, de 3 de julio, que está disponible en el trámite telemático y también como formulario de este trámite).

 

B.4. En caso de ALTA de tubos adicionales en equipos:

 

1 - Proyecto y planos de las salas o vehículos (que pueden aportarse en un único documento, o bien en varios documentos).

 

* Nota: debe presentarse su descripción según modelo normalizado RXPRDAT (de acuerdo con el anexo I.b. del RD 1085/2009, de 3 de julio, disponible como formulario de este trámite y también en el trámite telemático), junto con el/los plano/s que corresponda.

2 - Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como formulario de este trámite y también está disponible en el trámite telemático).

 

3 - Certificado de conformidad de la instalación para su registro, cumplimentado por servicio o unidad técnica de protección radiológica (según modelo normalizado 31CEUTPR, de acuerdo con el anexo III del RD 1085/2009, de 3 de julio, que está disponible en el trámite telemático y también como formulario de este trámite).

 

B.5. Si es una BAJA de tubos adicionales en equipos:

 

- Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como formulario de este trámite y también está disponible en el trámite telemático).

 

 

3º. Justificante del pago de la TASA correspondiente. En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe, bien pagarse la tasa, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago, o bien anexarse el justificante del pago si éste se ha efectuado previamente a realizar el trámite telemático.

 

 

C) En caso de TRASLADO de la instalación (cambio de ubicación), debe presentarse:

 

1º. La DECLARACIÓN responsable de la persona titular de la instalación para la inscripción del traslado en el Registro, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el paso 2-Rellenar del trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente.

 

Esa declaración telemática consta de los siguientes FORMULARIOS WEB, todos ellos de cumplimentación y firma obligatorias:

 

- FORMULARIO DE DATOS GENERALES

 

- DECLARACIÓN DE LA PERSONA TITULAR PARA EL REGISTRO

 

- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

 

2º. En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe anexarse la siguiente documentación obligatoria:

 

1 - Proyecto y planos de las salas o vehículos (que pueden aportarse en un único documento, o bien en varios documentos).

 

* Nota: debe presentarse su descripción según modelo normalizado RXPRDAT (de acuerdo con el anexo I.b. del RD 1085/2009, de 3 de julio, disponible como formulario de este trámite y también en el trámite telemático), junto con el/los plano/s que corresponda.

2 - Certificado de conformidad de los equipos trasladados para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como formulario de este trámite y también está disponible en el trámite telemático).

 

3 - Certificado de conformidad de la instalación para su registro, cumplimentado por servicio o unidad técnica de protección radiológica (según modelo normalizado 31CEUTPR, de acuerdo con el anexo III del RD 1085/2009, de 3 de julio, que está disponible en el trámite telemático y también como formulario de este trámite).

 

3º. Justificante del pago de la TASA correspondiente. En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe, bien pagarse la tasa, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago, o bien anexarse el justificante del pago si éste se ha efectuado previamente a realizar el trámite telemático.

 

 

D) En caso de CAMBIO DE TITULARIDAD de una instalación únicamente debe:

 

1º. Cumplimentarse y firmarse digitalmente la DECLARACIÓN responsable de la nueva persona titular de la instalación para su inscripción en el Registro, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el paso 2-Rellenar del trámite TELEMÁTICO.

 

Esa declaración telemática consta de los siguientes FORMULARIOS WEB, todos ellos de cumplimentación y firma obligatorias:

 

- FORMULARIO DE DATOS GENERALES

 

- TRÁMITE DE CAMBIO DE TITULARIDAD

 

2º. Y en el paso 4-Pagar del trámite telemático, debe, bien pagarse la tasa, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago, o bien anexarse el justificante del pago si éste se ha efectuado previamente a realizar el trámite telemático.

 

 

E) En caso de BAJA DE INSTALACIÓN (NOTIFICACIÓN DE CESE DE ACTIVIDADES), debe presentarse:

 

1º. La DECLARACIÓN responsable de la persona titular de la instalación para la inscripción de su baja en el Registro, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el paso 2-Rellenar del trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente.

 

Esa declaración telemática consta de los siguientes FORMULARIOS WEB, todos ellos de cumplimentación y firma obligatorias:

 

- FORMULARIO DE DATOS GENERALES

 

- FORMULARIO DE BAJA

 

2º. En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe anexarse la siguiente documentación obligatoria:

 

- Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como formulario de este trámite y también está disponible en el trámite telemático).

 

* IMPORTANTE: en los supuestos de BAJA de una INSTALACIÓN de rayos X con fines de diagnóstico médico NO ha de pagarse ninguna TASA.

 

 

F) Si se solicita DUPLICADO DE COMUNICACIÓN de la INSCRIPCIÓN de una instalación, únicamente debe:

 

1º. Cumplimentarse y firmarse digitalmente la SOLICITUD de duplicado, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el paso 2-Rellenar del trámite TELEMÁTICO.

 

Esa solicitud telemática consta de los siguientes FORMULARIOS WEB, todos ellos de cumplimentación y firma obligatorias:

 

- FORMULARIO DE DATOS GENERALES

 

- FORMULARIO DE DUPLICADO

 

2º. Y en el paso 4-Pagar del trámite telemático, pagar la TASA, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago.

 

 

Tasa o pago

 

Tasas 2025:

 

Equipos e instalaciones de rayos X:

 

4.6 - Inscripción en el Registro: 38,31 euros cada inscripción

 

1.3 - Cambio de titularidad: 30,67 euros

 

4.10 - Expedición de duplicados de documentos oficiales: 10,50 euros cada uno

 

 

* IMPORTANTE:

 

A) NO ha de pagarse ninguna TASA:

 

- Ni en los supuestos de BAJA de una INSTALACIÓN de rayos X con fines de diagnóstico médico.

 

- Ni cuando la titular de la instalación sea la propia Generalitat Valenciana.

 

 

B) INFORMACIÓN PARA LA AUTOLIQUIDACIÓN Y PAGO DE LA TASA

 

B.1. En caso de ALTA, MODIFICACIÓN, TRASLADO, CAMBIO DE TITULARIDAD o BAJA de una instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico:

 

> En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe:

 

- Bien pagarse la tasa, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago.

 

- O bien anexarse el justificante del pago si éste se ha efectuado previamente a realizar el trámite telemático.

 

> Para facilitar el pago de la tasa se proporciona la siguiente información:

 

1º. Tras pulsar en el enlace que se indica más abajo o en el disponible en el paso 4-Pagar del trámite telemático, debe dirigirse al apartado "9800 - Tasa por actividades industriales", pulsar sobre "Confección en línea y descarga del modelo" y, en la pantalla siguiente, seleccionar el tipo de tasa y la tasa que correspondan en cada caso.

 

2º. En este caso concreto, para la confección en línea y descarga del modelo 9800 - Tasa por actividades industriales, necesario para el pago de la tasa correspondiente, debe realizarse la selección que corresponda a lo que se solicita en los desplegables existentes en el formulario web de generación de dicho modelo 9800, es decir:

 

a) En caso de ALTA (nueva instalación), o de MODIFICACIÓN, o de TRASLADO de una instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico:

 

- En Tipo tasa: 4.- EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS Y DOCUMENTOS

- En Tasa: INSCRIPCIÓN REGISTROS ESPECIALES

 

b) En caso de CAMBIO DE TITULARIDAD de una instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico:

 

- En Tipo tasa: 1.- AUTORIZACIÓN DE INSTALACIONES

- En Tasa: CAMBIOS DE TITULARIDAD QUE NO REQUIERAN AUTORIZACIÓN PREVIA

 

3º. Si precisa ayuda, acceda a la información sobre "Pasos para correcta obtención de los modelos 046" y sobre "Acceso al Pago Telemático y al Buzón electrónico" disponible en el enlace que se indica más abajo.

 

B.2. En caso de SOLICITUD de DUPLICADO DE LA COMUNICACIÓN de la INSCRIPCIÓN en Registro de una instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico:

 

En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe pagarse la tasa, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago.

 

 

Forma de presentación
Telemática

1. De conformidad con la Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio i Trabajo y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud y la restante...

Más

Subsanación

Plazo
Plazo abierto
Descripción

 

Cualquier APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN (incluida la SUBSANACIÓN) AL EXPEDIENTE deberá realizarse utilizando el trámite telemático de "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" del presente trámite).

 

Resolución

Plazo máximo

 

El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la declaración y su documentación.

 

Transcurridos seis meses sin que se comunique la inscripción, los expedientes se entenderán desestimados.

 

Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
Si
Sanciones

 

Las que establece la Ley 12/1992, de 16 de julio, de Industria, y los reglamentos correspondientes.

 

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Industria
      • Energía
        • Radioactividad
      • Registro y autorizaciones de empresas instaladoras, mantenedoras y reparadoras
        • Aparatos de rayos X

TEMA

  • Industria
    • Seguridad de instalaciones
  • Energía
    • Instalaciones radiactivas y de rayos X

PERFILES

  • Empresa
    • Establecimientos

SECTOR

  • Energía
  • Salud
    • Productos y establecimientos sanitarios

TEMÁTICA

  • Instalaciones y seguridad
    • Instaladores e instalaciones

TIPO

  • Declaraciones y comunicaciones