Solicitud de examen para la obtención del certificado de competencia profesional para la prestación del servicio de taxi en las áreas de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Código SIA: 211367
|
Código GVA: 14378
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Plazo de solicitud cerrado

Desde 15-04-2026

Hasta 29-04-2026

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Convocar las pruebas tendentes a la obtención del certificado de competencia profesional para la prestación de servicios de taxi en las áreas de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana, que se detallan a continuación:

· Área de Valencia

· Área de Alicante

· Área de Castellón

· Área de El Camp de Morvedre

· Área de La Safor

· Área de La Plana de Utiel-Requena / El Valle de Cofrentes-Ayora

· Área de La Marina Baixa

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 15-04-2026 hasta 29-04-2026
Observaciones

DESARROLLO DE LA PRUEBA

La prueba versará sobre los contenidos que se detallan en el anexo III de esta resolución.

A. Marco jurídico

1. Normas generales y naturaleza del servicio.

2. Régimen de explotación de las autorizaciones.

3. Otorgamiento de autorizaciones.

4. Régimen sancionador.

5. Certificado de competencia profesional.

6. Áreas de prestación conjunta. Órdenes de creación y sus modificaciones.

7. El Consejo del Taxi.

B. Marco tarifario

1. Funcionamiento del taxímetro.

2. Tarifas y su aplicación.

C. Conocimiento del medio físico y de los municipios del área de prestación conjunta

1. Identificación y reconocimiento de vías públicas y centros de interés turístico o de otro tipo.

2. Selección de itinerarios más adecuados.

D. Conocimiento de idiomas

1. Valenciano.

2. Inglés

 

Los aspirantes dispondrán de una hora para cumplimentar las respuestas y no podrán abandonar el aula hasta transcurrida media hora desde su comienzo, salvo causa de necesidad que será apreciada por el Tribunal.

La prueba consistirá en un examen único, tipo test, de 40 preguntas con 4 posibles respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta.

Cada respuesta correcta se valorará con 1 punto y las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta. Las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. Así, la calificación de la prueba será de 0 a 40 puntos. La fórmula de corrección será:

Respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores / 3)

Para superar la prueba las respuestas correctas netas, de acuerdo con la fórmula de corrección, deberán sumar un mínimo de 20 puntos. En el supuesto de que el Tribunal de las pruebas anulase alguna pregunta por motivos justificados, la prueba se considerará superada con el 50% de las respuestas correctas netas del total de las válidas, de acuerdo con la fórmula de corrección.

 

El tribunal efectuará un llamamiento único a los aspirantes concurrentes, quedando excluidos de la realización de la prueba quienes no comparezcan a la hora establecida o no figuren en la relación definitiva de aspirantes.

El tribunal, con una antelación de al menos diez días naturales antes de la fecha de cada examen, insertará la información relativa al lugar y hora exactas de su celebración en la página web a la que se podrá acceder mediante la siguiente URL:

https://mediambient.gva.es/es/web/transportes/taxis

Los aspirantes se deberán presentar en el lugar de celebración de las pruebas provistos de la siguiente documentación y material:

• Documento nacional de identidad original, número de identificación de extranjeros (NIE) u otros documentos vigentes a fecha de examen que, a juicio del tribunal, acrediten fehacientemente la identidad en el momento de realización de las pruebas. No se admitirán fotocopias, ni fotografías, ni cualquier otro tipo de documento que no sea original.

La acreditación de la identidad, en el caso de personas que no tengan la nacionalidad española, se realizará  mediante, la tarjeta de identidad de extranjero (TIE), el número de identidad del extranjero (NIE), regulado en el Real decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. En el supuesto de que en el documento NIE no conste fotografía será necesario acreditar la identificación del compareciente con algún documento público oficial que sí disponga de fotografía (pasaporte, tarjeta de identificación del país de origen).

• Útiles de escritura: bolígrafo azul o negro.

Los aspirantes que utilicen dispositivos de intercomunicación u otros instrumentos no autorizados por los órganos competentes durante la celebración del examen serán expulsados tras su detección.

 

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Cualquier persona física que cumpla los requisitos de admisión a las pruebas.

Requisitos

Aquellas personas físicas que deseen obtener el certificado de competencia profesional para la prestación del servicio de taxi en el área de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana correspondiente.

Para la admisión a las pruebas será necesario cumplir los siguientes requisitos, con antelación a la finalización del plazo de presentación de solicitudes que corresponda:

1. Haber abonado la tasa correspondiente en concepto de derechos de examen, que se realiza dentro del trámite de la solicitud.

2. Tener vigente la autorización prevista por la normativa de circulación, tráfico y seguridad vial para conducir vehículos de turismo en España con antigüedad mínima de un año desde la fecha de expedición (código 4a) en España, salvo los permisos de la UE/EEE en los que el año de antigüedad contará desde la fecha de expedición en su país (código 106.3).

3. Tener vigentes hasta la fecha del examen la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro país extranjero en el que, en virtud de acuerdos, tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de la nacionalidad o contar con las autorizaciones o permisos de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.

4. Tener conocimiento del castellano. A tal efecto, quienes no posean la nacionalidad de un país de habla hispana del que se desprenda el conocimiento del castellano deberán acreditar el conocimiento de la lengua de alguna de las siguientes formas:

a) Mediante el certificado de nivel A2 de castellano expedido por las escuelas oficiales de idiomas o mediante diploma de español como lengua extranjera (DELE) expedido por el Instituto Cervantes, en nombre del ministerio que tenga atribuida la competencia en materia de educación.

b) Estar en posesión de una titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio español. La acreditación de la titulación deberá efectuarse mediante la presentación del correspondiente certificado de haber superado los estudios correspondientes o mediante el título expedido por el órgano oficial competente.

c) Estar en posesión de una titulación académica de un país de habla hispana expedida por el órgano oficial competente. La acreditación de la titulación deberá efectuarse mediante la presentación del correspondiente certificado de haber superado los estudios correspondientes emitido por el consulado en España del país que lo haya expedido.

5. Cumplir el requisito de honorabilidad, en los términos establecidos en la legislación estatal y europea para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera.

6. Carecer de incidencias de expulsión. Así, aquellos aspirantes que hubieran sido expulsados de un examen, por utilizar dispositivos de intercomunicación u otros instrumentos no autorizados, perderán el derecho a concurrir a las pruebas que se convoquen durante el plazo de un año a contar desde la fecha de celebración del examen.

Aquellos aspirantes que hubieran sido expulsados de un examen de las convocatorias realizadas en el año 2025, se les aplicará el régimen anterior, previsto en la Resolución del 17 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Transportes y Logística, por la que se convocan las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para la prestación del servicio de taxi en las áreas de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana para el año 2025.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y previa comprobación de que se ha realizado el pago

de los derechos de examen, se hará pública la relación provisional de personas admitidas y excluidas, que podrá asimismo ser consultada en la siguiente URL: https://mediambient.gva.es/es/web/transportes/taxis.

2. Las personas aspirantes podrán, en caso de error o exclusión, subsanar los defectos en que hayan incurrido en su solicitud o realizar las alegaciones que tengan por conveniente en el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación provisional.

3. Transcurrido el plazo anterior, vistas las alegaciones y subsanados los defectos cuando proceda, se dictará resolución que elevará a definitiva la lista de personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas, que se hará pública de la misma forma que la relación provisional.

 

El Tribunal, a través de la URL citada anteriormente, hará pública la relación de personas que hayan superado la prueba y que serán declaradas aptas para la expedición del certificado de competencia profesional para la prestación del servicio de taxi. Dicha publicación telemática abrirá un periodo de diez días naturales para la presentación de reclamaciones, las cuales serán resueltas por el Tribunal.

Observaciones

Para consultas relativas al examen se puede enviar un correo a los siguientes emails: Valencia: examenes_taxi@gva,es Alicante:gestioncap_alicante@gva.es Castellón: cap_castellon@gva.es

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 15-04-2026 hasta 29-04-2026

1. Las solicitudes se presentarán debidamente cumplimentadas exclusivamente de forma telemática, en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. El plazo de presentación de las solicitudes será el establecido en el calendario de exámenes que se detalla más adelante.

3. Las solicitudes telemáticas incorporan la declaración de honorabilidad y el justificante de que se ha realizado el ingreso de la tasa correspondiente en concepto de derechos de examen.

 

1.- Fecha de examen 28-03-2026, el plazo de presentación de solicitudes de 14-01-2026 a 28-01-2026

2.- Fecha de examen 30-05-2026 ,el plazo de presentación de solicitudes de 15-04-2026 a 29-04-2026

3.- Fecha de examen 26-09-2026, el plazo de presentación de solicitudes de 15-06-2026 a 29-06-2026

4.- Fecha de examen 28-11-2026, el plazo de presentación de solicitudes de 15-10-2026 a 29-10-2026

(DOGV nº 10274 de 05/01/2026)

Documentación

La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria competente en materia de transportes obtenga directamente los datos relativos de identificación personal, según lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no autorizarse, queda obligado a aportar los documentos correspondientes.

 

** DNI o documento equivalente en caso de extranjeros

 

- Certificado de Nivel Básico de castellano, tal y como se indica en el apartado "Requisitos", (si corresponde).

Tasa o pago

El importe actual de la tasa es:

- A 08: 14,19 euros

 

NOTA IMPORTANTE

LA TASA NO SE DEBE PAGAR PREVIAMENTE YA QUE EL PAGO DE LA TASA ESTÁ INTEGRADO EN EL PROPIO TRÁMITE TELEMÁTICO

Forma de presentación
Telemática

1. Las solicitudes se presentarán debidamente cumplimentadas exclusivamente de forma telemática. Por lo que se deberá disponer de certificado electrónico. 2. Las solicitudes telemáticas incorporan la declaración de honorabilidad y el justificante de que se ha realizado el ingreso de la tasa...

Más

Resolución

Plazo máximo

CERTIFICADOS

Finalizado el procedimiento se expedirá de oficio el correspondiente certificado de competencia profesional para la prestación del servicio de taxi, efectuándose al mismo tiempo su inscripción en la base de datos del órgano competente en materia de transportes. El certificado tendrá una validez de cinco años.

La renovación del certificado deberá solicitarse por el interesado antes de la finalización del periodo de validez, en caso contrario se producirá su caducidad automáticamente, debiéndose superar nuevamente las pruebas de competencia señaladas. Para la renovación del certificado se estará a lo dispuesto en la Resolución de 23 de mayo de 2012 (DOCV nº 6795 de 13 de junio de 2012).

Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
No

Preguntas frecuentes

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