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Empresas de venta y asistencia técnica (EVAT) de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico: autorización alta, modificación, cambio de titularidad y cese. Energía
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
Qué es
Posibilitar la presentación ante la Conselleria competente en materia de Energía de la Generalitat Valenciana de la SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN E INSCRIPCIÓN:
1 - De NUEVAS ACTIVIDADES de venta y asistencia técnica de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico (NUEVA EVAT).
Autorizar empresas cuyas actuaciones estén relacionadas con la venta y asistencia técnica de equipos e instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico, médico-legal y veterinario, incluida su importación.
Esta autorización es el trámite previo a la inscripción de la EVAT en el correspondiente registro central, cuya llevanza corresponde al Ministerio competente en materia de Industria, con validez en todo el territorio nacional.
2 - De MODIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES de una EVAT ya autorizada.
3 - De CAMBIO DE TITULARIDAD de una EVAT ya autorizada.
4 - De CESE de las actividades de una EVAT.
1. La INFORMACIÓN SOBRE EXPEDIENTES EN TRÁMITE y sobre DUDAS o CONSULTAS respecto al CONTENIDO de este procedimiento se ofrece a través del correspondiente SERVICIO TERRITORIAL competente en materia de ENERGÍA, solicitándola en la forma indicada en el apartado "Información y registro" de la página web de la Conselleria competente en esa materia (ver enlace directo en los apartados "Qué necesitas saber > Qué es > Enlaces" y "Ayuda > Preguntas frecuentes" de este trámite).
Consulte también la información disponible en el área de ENERGÍA de la página web de la Conselleria competente en esa materia (ver acceso a este área en los mismos dos apartados antes citados).
2. Para incidencias INFORMÁTICAS (solo errores o problemas de carácter informático), en el apartado "Ayuda > Preguntas frecuentes" del presente trámite:
- Dispone de una lista de preguntas frecuentes sobre tramitación telemática en la Generalitat Valenciana.
- Y, si pese a ello sigue necesitando ayuda informática, dispone de un FORMULARIO DE PROBLEMAS TÉCNICOS a través del cual puede enviar su duda, problema o consulta de tipo informático.
- Área de ENERGÍA de la página web de la Conselleria competente en esa materia
- Apartado "Información y registro" de la página web de la Conselleria competente en materia de Energía (para solicitar información específica sobre trámites o estado de los expedientes de Energía)
- Página web de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV) - Apartado "Tasas y otros ingresos de derecho público" de la Conselleria competente en materia de Energía
- Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico (BOE núm. 173, de 18/07/2009). BOE núm. 173 de 18-07-2009
- Decreto 1/1993, de 20 de enero, del Presidente de la Generalitat Valenciana, por el que se adscribe a la Conselleria d'Industria, Comerç i Turisme funciones y servicios derivados del Real Decreto 189/1991, de 30 de diciembre, sobre instalaciones y utilización de aparatos de rayos X con fines de...
- Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear (BOE núm. 100, de 25/04/1980). BOE núm. 100 de 25-04-1980
- Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas (BOE núm. 313, de 31/12/1999). BOE núm. 313 de 31-12-1999
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en determinados trámites y procedimientos en las materias de Industria, Energía...
A quién va dirigido
Las empresas o entidades que realicen cualquier actuación relacionada con la venta y asistencia técnica de los equipos e instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico.
Cómo se tramita
1. Pasos para la AUTORIZACIÓN de empresas de venta y ASISTENCIA TÉCNICA (EVAT) de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico o modificación de sus actividades.
Tramitación:
- Presentación de la solicitud y documentación preceptiva anexa a la misma por la EVAT (de forma presencial o telemática, según corresponda), ante el Servicio Territorial de Energía de la provincia en que esté ubicada.
- Pago de tasas.
- El órgano competente de la comunitat autónoma en materia de energía, solicitará al Consejo de Seguridad Nuclear informe vinculante en el sentido del artículo 2.b) de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear y sus modificaciones posteriores.
- Efectuados los trámites procedentes el órgano competente de la comunitat autónoma extenderá la autorización administrativa pertinente, notificándosela al solicitante.
- El órgano competente de la comunitat autónoma remitirá copia de la resolución emitida al Consejo de Seguridad Nuclear, comunicando a su vez al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la resolución emitida, para su anotación en el Registro de empresas de venta y asistencia técnica de equipos e instalaciones de rayos X de diagnóstico médico.
2. Pasos para el CAMBIO DE TITULARIDAD o CESE de empresas de venta y asistencia técnica (EVAT) de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico.
Tramitación:
- Presentación de la solicitud y documentación preceptiva anexa a la misma por la EVAT, (de forma presencial o telemática, según corresponda), ante el Servicio Territorial de Energía de la provincia en que esté ubicada.
- Pago de tasas.
- Efectuados los trámites procedentes, el órgano competente de la comunitat autónoma remitirá copia de la comunicación presentada al Consejo de Seguridad Nuclear y al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para su anotación en el Registro de empresas de venta y asistencia técnica de equipos e instalaciones de rayos X de diagnóstico médico.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Durante todo el año.
A) AUTORIZACIÓN DE LA NUEVA EVAT O MODIFICACIÓN DE SUS ACTIVIDADES:
- Impreso de solicitud (según modelo normalizado SOLAUTRAYO existente en el trámite).
- Documentación identificativa del titular (fotocopia del NIF) y, en su caso, de su representante legal (fotocopia del NIF y poderes que acrediten su representación), únicamente en el caso de no haber autorizado la consulta interactiva de documentación por parte de la Administración.
- Memoria de las actividades que se van a desarrollar, indicando en su caso, las actividades que se modifican.
- Relación del personal técnico de plantilla, titulación, cualificación y experiencia en las actividades a desarrollar.
- Organización del personal y normas de funcionamiento.
- Relación de instalaciones, equipos y medios materiales.
- Procedimiento para garantizar la protección radiológica de los trabajadores expuestos, en su caso.
B) CAMBIO DE TITULARIDAD:
- Impreso de solicitud DEL NUEVO TITULAR (según modelo normalizado SOLAUTRAYO existente en el trámite).
- Documentación identificativa del nuevo titular (fotocopia del NIF) y, en su caso, de su representante legal (fotocopia del NIF y poderes que acrediten su representación), únicamente en el caso de no haber autorizado la consulta interactiva de documentación por parte de la Administración.
- Documento acreditativo de la venta de la instalación o de su transmisión, según el caso.
C) CESE:
- Impreso de solicitud (según modelo normalizado SOLAUTRAYO existente en el trámite).
- Documentación identificativa del titular (fotocopia del NIF) y, en su caso, de su representante legal (fotocopia del NIF y poderes que acrediten su representación), únicamente en el caso de no haber autorizado la consulta interactiva de documentación por parte de la Administración.
Tasas 2025:
Equipos e instalaciones de rayos X:
- AUTORIZACIÓN/MODIFICACIÓN:
1.1 - Autorización administrativa previa: 109,54 euros
4.6 - Inscripción en Registro: 38,31 euros
- CAMBIO DE TITULARIDAD:
1.3 - Cambio de titularidad: 30,67 euros
1. De conformidad con la Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio i Trabajo y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud y la restante...
Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:
- a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
- b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Subsanación
En caso de un requerimiento de la Administración, el plazo será el que se indique en el documento recibido. En caso de no indicarse, el plazo para contestar al mismo será de diez días, conforme al artículo 68.1 o 73.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de aportaciones voluntarias, estas se podrán realizar en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia.
Este trámite permite la aportación de documentos, bien como consecuencia de un requerimiento de subsanación realizado por el órgano gestor del procedimiento, bien de forma voluntaria, a expedientes abiertos a través del presente trámite.
Resolución
El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la documentación.
Transcurridos seis meses sin que se dicte resolución, los expedientes se entenderán desestimatorios.
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Las que establece la Ley 12/1992, de 16 de julio, de Industria y los reglamentos correspondientes.
Preguntas frecuentes
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