Solicitud de establecimiento y de cambio del puerto base de los buques pesqueros

Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca

Código SIA: 210873
|
Código GVA: 1231
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

- La actividad de los buques pesqueros, aun considerando su movilidad y la de los recursos que explotan, está ligada al puerto desde el que operan habitualmente, en el que tienen domicilio social sus empresas titulares, residen sus tripulaciones, etc.

- Se entiende por puerto base de un buque aquel desde el cual desarrolla sus actividades o aquel donde lleva a cabo normalmente las operaciones de despacho del buque y comercialización de sus capturas.

- La indudable relación entre puerto y desarrollo de la pesca hace necesario establecer las normas básicas en esta materia, en aras a evitar la saturación de determinados puertos y el incremento del esfuerzo pesquero sobre ciertos caladeros y zonas marítimas.

- Para evitar la excesiva concentración de buques pesqueros en determinados caladeros, manteniendo en los mismos niveles de esfuerzo apropiados, se hace necesario que los cambios de base entre caladeros diferenciados se subordinen a la posesión de las correspondientes licencias que habiliten a los buques a ejercer la pesca en el caladero al que pertenece el nuevo puerto base.

Plazos
SolicitudPlazo abierto

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Tanto la solicitud de puerto base como la de cambios de base de puerto deberán formularlas los armadores interesados.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

A. Solicitud de puerto base:

- Las solicitudes de autorización de construcción de buques pesqueros que se dirijan a la conselleria con competencias en materia de pesca, deberán explicitar el puerto determinado de la Comunitat Valenciana que pretenden se autorice como puerto base del nuevo buque.

- Tras comprobar que está completa la documentación de la solicitud de autorización de construcción, el director general de Pesca resolverá sobre la autorización del puerto base.

- En el caso de ser desfavorable la resolución se archivará la solicitud de autorización de nueva construcción, en base a lo dispuesto en el art. 16.1 del Real Decreto 798/1995, del 19 de mayo, por el que se definen los criterios y condiciones de las intervenciones con finalidad estructural en el sector de la pesca, de la acuicultura y de la comercialización, la transformación y promoción de sus productos.

 

B. Campos de base entre los puertos de la Comunitat Valenciana:

- Los cambios de base entre puertos de la Comunitat Valenciana requerirán autorización de la conselleria competente en materia de pesca.

- La solicitud de autorización de cambio de base deberá formularse por el armador interesado, dirigiéndola a la Dirección General competente en la materia, que recabará en todo caso informe de la Cofradía de Pescadores cuyo ámbito incluya el puerto al que pretenda cambiarse la base del buque, así como la autorización portuaria y marítima.

- Asimismo, podrá solicitar informe, cuando no haya sido aportado por el armador, de la Cofradía de Pescadores correspondiente al puerto que constituya la base del buque en el momento de la solicitud de cambio, sobre la incidencia en la actividad de dicho puerto.

- La solicitud de autorización se resolverá por el director general competente en la materia y, en el caso de ser favorable, se comunicará, además de al armador interesado, a la Dirección General de Recursos Pesqueros del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a las Cofradías de Pescadores de los puertos afectados y a la Autoridad Portuaria y a la Capitanía Marítima del puerto en el que vaya a establecerse la nueva base.

- El cambio de base deberá realizarse efectivamente en el plazo de tres meses desde la notificación del armador de la autorización, decayendo en otro caso a todos sus efectos.

- En los procedimientos para la resolución de las solicitudes de cambios de base entre puertos de distintas comunidades autónomas, cuando alguno de ellos sea de la Comunitat Valenciana, el informe de ésta, previsto como preceptivo, se emitirá por la Dirección General competente en la materia, que podrá consultar para ello a la Cofradía de Pescadores afectada así como a la Autoridad Portuaria y marítima.

- El director general de Pesca emitirá sus informes y dictará sus resoluciones, en relación con las solicitudes de cambio de base, de acuerdo con los requisitos establecidos en el art. 6 del Real Decreto 1838/1997, de 5 de diciembre, atendiendo a los informes emitidos y a los planes de pesca vigentes, que igualmente se considerarán para resolver las autorizaciones de primer establecimiento.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año.

Documentación

- Para solicitud de puerto base:

Las solicitudes de autorización de construcción de buques pesqueros especificarán el puerto de la Comunitat Valenciana como puerto base.

 

- Para cambios de base entre puertos:

Instancia de solicitud.

Forma de presentación
Telemática

Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía,...

Más
Presencial

a) En las oficinas de asistencia en materia de registros (https://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/registros).

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Y, preferentemente, en:

Dónde dirigirse

Resolución

Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/15).

Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
No

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Agricultura, ganadería y pesca
      • Actividades de pesca
      • Autorizaciones, registros y licencias

TEMA

  • Agricultura, ganadería y pesca
    • Pesca. Acuicultura

PERFILES

  • Ciudadanía
  • Empresa

SECTOR

  • Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales
    • Pesca

TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones