Subvención directa para el pago del alquiler a personas solicitantes de ayudas al alquiler 2025 desestimadas por agotamiento de crédito

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad

Código SIA: 3258276
|
Código GVA: 111097
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Plazo de solicitud abierto

Desde 09-06-2026

Hasta 08-07-2026

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Procedimiento para conceder, de forma directa y excepcional, una subvención para el pago del alquiler o cesión de uso de vivienda o habitación a personas que solicitaron las ayudas al alquiler del ejercicio 2025, cumplieron los requisitos exigidos, pero quedaron excluidas por agotamiento del crédito presupuestario, con el fin de garantizar el mantenimiento de su vivienda habitual y prevenir situaciones de vulnerabilidad social.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 09-06-2026 hasta 08-07-2026
SubsanaciónPlazo abierto
Desde 10-06-2026 00:00:00h
Recurso de reposiciónPlazo abierto
Desde 09-06-2026 hasta 08-07-2026
Observaciones

Puede realizar este trámite presencialmente con la ayuda de personal funcionario habilitado.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Tendrán la condición de personas interesadas en el presente procedimiento exclusivamente aquellas personas físicas que hubieron presentado solicitud en la convocatoria de ayudas al alquiler de vivienda correspondiente al ejercicio 2025 y la solicitud del cual hubiera sido desestimada por agotamiento del crédito presupuestario, tanto en la resolución de concesión inicial como en la resolución recaída en el correspondiente recurso administrativo, siempre que estas personas figuran expresamente incluidas en el anexo del Decreto 75/2026, de 29 de mayo, del Consejo, por el cual se establecen las bases reguladoras y se concede una subvención directa dirigida a solicitantes que, cumpliendo los requisitos de la citada convocatoria, quedaron excluidos por insuficiencia de crédito.

Listado de personas que aparecen en el Anexo Y del decreto que regula esta subvención directa: https://dogv.gva.es/va/resultat-dogv?signatura=2026/16963

 

Requisitos

Haber solicitado las ayudas al alquiler del ejercicio 2025 convocadas mediante Resolución de 16 de julio de 2025, cumplir los requisitos establecidos en dicha convocatoria y haber quedado excluido únicamente por insuficiencia de crédito presupuestario, o haber visto estimado un recurso administrativo sin concesión por el mismo motivo.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Los Servicios Territoriales de Vivienda verificarán la aceptación de la subvención y la documentación justificativa del pago del alquiler. Posteriormente se reconocerá la obligación y se procederá al pago mediante transferencia bancaria.

Criterios de valoración

No procede valoración. La concesión es directa y nominativa, determinada por el Anexo I del decreto.

Observaciones

La ayuda se limita al importe máximo individual establecido para cada persona beneficiaria y al periodo subvencionable de 2025.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 09-06-2026 hasta 08-07-2026

Un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV nº 10379 de 08/06/2026).

Documentación
Forma de presentación
Telemática

Presentación a través del trámite específico disponible en la sede electrónica de la Generalitat (Guía PROP). Se podrá actuar mediante certificado digital propio o mediante representación autorizada. Se prestará asistencia por personal funcionario habilitado.

Con la asistencia de personal funcionario habilitado

Los servicios territoriales de Vivienda de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, ofrecerán un punto de acceso a internet así como funcionarios habilitados en conformidad con el Decreto 65/2024, de 10 de junio, del Consell, por el que se regula el...

Más
Presencial

Si no se dispone de certificado digital, la persona interesada deberá imprimir y CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO disponible en el trámite telemático. Esta solicitud DEBERÁ FIRMARSE Y REGISTRARSE PRESENCIALMENTE en alguno de los registros contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y, preferiblemente, en las sedes de los servicios territoriales de vivienda:

 

Servicio Territorial de Vivienda - Alicante

DIR3 A10032770

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad

012

 

AVDA. AGUILERA, 1 - 03007 - Alacant/Alicante - Alacant/Alicante

 

Servicio Territorial de Vivienda - Castellón

DIR3 A10032772

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad

012

964333765

 

PL. JUEZ BORRULL. 10 - 12071 - Castelló de la Plana - Castelló/Castellón

 

Servicio Territorial de Vivienda - Valencia

DIR3 A10032774

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad

012

963426684

 

C/ Gregorio Gea, 27 - 46009 - València - València/Valencia

 

Dónde dirigirse

Subsanación

Plazo
Desde 10-06-2026 00:00:00h
Descripción

Aportación de documentación requerida por el servicio territorial de vivienda correspondiente, al efecto de corregir deficiencias en la solicitud inicial de la ayuda.

Documentación
  • Autorización para actuar por medio de representante
  • Autorización para la consulta de datos personales
  • Modelo de domiciliación bancaria
Forma de presentación
Con la asistencia de personal funcionario habilitado

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración y no dispongan de los medios para la presentación telemática, podrán contar con la asistencia de personal funcionario habilitado para la identificación y firma electrónica de las solicitudes, en...

Más
Presencial

Si no se dispone de certificado digital, la persona interesada deberá imprimir y CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO disponible en el trámite telemático. Esta solicitud DEBERÁ FIRMARSE Y REGISTRARSE PRESENCIALMENTE en alguno de los registros contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y, preferiblemente, en las sedes de los servicios territoriales de vivienda:

 

Servicio Territorial de Vivienda - Alicante

DIR3 A10032770

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad

012

 

AVDA. AGUILERA, 1 - 03007 - Alacant/Alicante - Alacant/Alicante

 

Servicio Territorial de Vivienda - Castellón

DIR3 A10032772

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad

012

964333765

 

PL. JUEZ BORRULL. 10 - 12071 - Castelló de la Plana - Castelló/Castellón

 

Servicio Territorial de Vivienda - Valencia

DIR3 A10032774

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad

012

963426684

 

C/ Gregorio Gea, 27 - 46009 - València - València/Valencia

 

Resolución

Plazo máximo

El establecido en el decreto regulador.

Recurso que procede contra la resolución
Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo
Obligaciones

Justificar el pago del alquiler del periodo subvencionado, destinar la ayuda a dicho pago y someterse a las actuaciones de comprobación y control previstas en la normativa de subvenciones.

Observaciones

La falta de justificación o la presentación fuera de plazo podrá dar lugar a la pérdida del derecho al cobro o al reintegro de la ayuda.

Órganos resolución
La persona titular de la Dirección General de Planificación y Políticas de Vivienda por delegación de la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad.
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
Si
Sanciones

Las previstas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y demás normativa aplicable.

Recurso de reposición

Plazo
Desde 09-06-2026 hasta 08-07-2026

1 mes desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la resolución expresa.

Descripción

Recurrir la resolución ante el mismo órgano que la dictó. Este recurso es potestativo: puede acudirse directamente a la vía judicial.

Observaciones

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso es de 1 mes. Transcurrido el plazo sin resolución expresa, se podrá entender desestimado el recurso.

Forma de presentación

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

    Temas relacionados

    MATERIAS

    • Ciudadanía
      • Ayudas, becas y subvenciones
      • Vivienda y urbanismo

    TEMA

    • Vivienda
      • Alquiler

    PERFILES

    • Ciudadanía

    SITUACIÓN DE VIDA

    • Vivienda

    TIPO

    • Ayudas, becas y subvenciones