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Detalle trámite
Convocatoria de los premios de la 41ª edición del Festival Internacional de Cine de València - Cinema Jove 2026
Desde 06-03-2026
Hasta 22-04-2026
Qué es
Convocar los premios correspondientes a la 41ª edición del Festival Internacional de Cine de València–Cinema Jove (en adelante Cinema Jove), que tendrá lugar en València entre el 19 y 27 de junio de 2026, con el objetivo de promocionar a jóvenes cineastas.
Los premios de Cinema Jove, dotados económicamente, tendrán carácter de subvención, de conformidad con lo que establece la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones (en adelante, LHIS), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS) y el Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RLGS), y se concederán en régimen de concurrencia competitiva, según los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
A quién va dirigido
1. Serán beneficiarios de los premios en metálico de Cinema Jove contemplados en esta resolución:
a) En el caso de los premios Luna de Valencia a mejor largometraje de ficción, mejor largometraje experimental y nuevos lenguajes y mejor serie y Premio del Público a mejor largometraje y mejor serie, las empresas productoras.
b) En el caso del premio Luna de Valencia a mejor cortometraje el 50% de la dotación del premio será otorgada al/la director/a del cortometraje y un 50% a la productora del mismo.
c) En el caso del premio a la distribución del largometraje ganador del premio Luna de Valencia en la 40ª edición de Cinema-Jove 2025, la empresa distribuidora de la misma.
1. Solo podrán participar obras producidas a partir del 1 de enero del 2025.
2. Las producciones no podrán haber participado en ediciones anteriores de Cinema Jove.
3. Los largometrajes no podrán haber sido estrenados en salas comerciales de España, ni haberse editado en DVD o vídeo, ni haberse emitido por televisión, ni estar disponibles en internet o plataformas de vídeo bajo demanda en España, ni haber sido proyectados en ningún otro festival español antes o durante la celebración de Cinema Jove (estreno absoluto).
Los cortometrajes no podrán haber sido proyectados en la Comunitat Valenciana antes o durante Cinema Jove, ni haberse editado en DVD, video, ni haberse emitido por televisión, ni estar disponibles al público para su visionado en internet.
4. Los directores y directoras de las obras deberán ser mayores de edad y no tener más de 40 años.
5. Los requisitos anteriores se acreditarán mediante declaración responsable.
6. En ningún caso podrán presentarse más de dos producciones del mismo director.
7. Las series deberán constar de un mínimo de tres episodios de duración igual o inferior a 40 minutos cada uno de ellos.
Cómo se tramita
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el director general del IVC nombrará una comisión técnica de valoración para cada categoría (largometrajes, cortometrajes y series), que se encargará de llevar a cabo una selección previa de entre todas las solicitudes presentadas, considerando criterios artísticos y técnicos, teniendo en cuenta, al menos, su calidad, desarrollo, consistencia, originalidad y valores que transmiten.
2. Cada comisión estará presidida por la persona que ejerza la coordinación de Cinema Jove y formada por cuatro vocales, entre los cuales estará la persona que ejerce la dirección adjunta de audiovisual del IVC.
De conformidad con el artículo 21.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, en la composición de los órganos colegiados podrán participar miembros que se designen por las especiales condiciones de experiencia o conocimientos que concurran en ellos; por tal razón, los otros tres vocales serán expertos independientes en la materia, de probada cualificación profesional.
La persona que ejerza la secretaría de la comisión, que actuará con voz y sin voto, deberá ocupar un puesto técnico o administrativo del IVC.
La composición de la comisión se ajustará al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres que establece el artículo 51 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
3. En lo no previsto expresamente en estas bases, el funcionamiento de las comisiones técnicas de valoración se regirá por lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Los miembros de dichas comisiones estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en la citada norma.
4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se hará pública en la web de Cinema Jove la relación de las obras seleccionadas mediante Acuerdo del correspondiente órgano colegiado. Dicho acto, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrido en alzada ante el Director general del IVC, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la LPACAP.
Junto a dicha relación se indicarán las calidades técnicas exigidas y demás material complementario que deben aportar sus respectivos titulares, estableciendo un plazo máximo de 10 días hábiles para su aportación. En caso de que algún solicitante no presentase dicho material en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su solicitud.
1. El jurado valorará las obras participantes en función de criterios artísticos y técnicos, teniendo en cuenta, al menos, su calidad, desarrollo, consistencia, originalidad y valores que transmiten, hasta un máximo de 10 puntos, lo que servirá para motivar su propuesta de resolución y adjudicándose los premios a las obras con mayor puntuación en cada categoría:
a) La calidad artística de la obra, así como el desarrollo, consistencia y originalidad del guion, se valorarán con un máximo de 7 puntos.
b) La calidad técnica de la obra se valorará con un máximo de 3 puntos.
En caso de empate podrá adjudicarse el premio ex aequo, repartiéndose el importe entre las películas empatadas en puntuación.
2. En el caso del premio a la distribución se valorará la experiencia en distribución de la empresa y el plan de distribución de la obra, hasta un máximo de 20 puntos:
a) La antigüedad de la empresa distribuidora se valorará hasta un máximo de 5 puntos, asignando un punto por cada año de antigüedad.
b) El plan de distribución se valorará con un máximo de 15 puntos, asignando un punto por cada municipio en el que se estrene la película, hasta un máximo de 10 puntos y un punto por cada provincia en la que estrene la película hasta un máximo de 5 puntos.
En cualquier caso, será obligatorio el estreno en al menos 5 municipios y en tres provincias diferentes. Si el plan de distribución no contempla estos mínimos requisitos la solicitud será desestimada.
3. En ningún caso se podrán premiar trabajos que ensalcen valores contrarios a los derechos fundamentales.
46002 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Podrán presentarse durante los 20 días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV 10316 de 5 de marzo de 2026).
Se amplia en plazo de presentación por la resolución de 17 de marzo de 2026, de la Dirección General, por la que se acuerda ampliar el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones convocadas por la resolución de 4 de marzo de 2026, de la Dirección General, por la que se convocan los premios de la 41ª edición del Festival Internacional de Cinema Jove de València - Cinema Jove 2026 (DOGV 10328 de 24 de marzo de 2026)
- RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2026, de la Dirección General, por la que se convocan los premios de la cuadragésima primera edición del Festival Internacional de Cine de València - Cinema Jove 2026 DOGV núm. 10316 de 05-03-2026
- EXTRACTO de la Resolución de 17 de marzo de 2026, de la Dirección General, por la que se acuerda ampliar el plazo de presentación de solicitud de subvenciones convocadas mediante la Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Dirección General, por la que se convocan los premios de la cuadragésima...
- EXTRACTO de la Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Dirección General, por la cual se convocan los premios de la cuadragésima primera edición del Festival Internacional de Cine de València - Cinema Jove 2026 DOGV núm. 10316 de 05-03-2026
- RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2026, de la Dirección General, por la que se acuerda ampliar el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones convocadas mediante la Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Dirección General, por la cual se convocan los premios de la cuadragésima primera...
Resolución
El plazo máximo para dictar y publicar la resolución será de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
1. Los premios con dotación económica se distribuirán en las siguientes categorías:
a) Premios a las personas titulares de aquellas obras audiovisuales que tengan la consideración de largometraje, de acuerdo con la definición del resuelvo segundo de esta resolución:
1º. Luna de Valencia al mejor largometraje, dotado con 12.000 €
2º. Premio del Público al mejor largometraje, dotado con 2.500 €
b) Premios a las personas titulares de aquellas obras audiovisuales que tengan la consideración de cortometraje de acuerdo con la definición del resuelvo segundo de esta resolución:
1º. Luna de Valencia al mejor cortometraje, dotado con 10.000 €
c) Premios a las personas titulares de aquellas obras audiovisuales de ficción o de carácter documental que tengan la consideración de serie, de acuerdo con la definición del resuelvo segundo de esta resolución:
1º. Luna de Valencia a la mejor serie, dotado con 5.000 €
2º. Premio del Público a la mejor serie, dotado con 1.500 €
d) Premio a la distribución del largometraje ganador del premio Luna de Valencia de la 40ª edición de Cinema Jove, 2025, dotado con 27.000 €
1. La competencia para resolver la concesión de premios del Festival Cinema Jove corresponde a la persona titular de la Dirección General del IVC conforme a lo establecido en Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Presidencia del Institut Valencià de Cultura, sobre delegación de competencias en la persona titular de la dirección general del Institut Valencià de Cultura.
2. La resolución especificará los ganadores y la cuantía de cada premio, se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, en la página web del IVC y en la página web de Cinema Jove. Las ayudas concedidas se publicarán igualmente en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
46002 - València/Valencia
Preguntas frecuentes
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- Cultura
TIPO
- Premios, concursos y distinciones