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Convocatoria para el ejercicio 2026 del Premio Literario de Narrativa de Mujeres
Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad
Desde 18-03-2026
Hasta 17-04-2026
Qué es
Convocar para el ejercicio 2026 el Premio Literario de Narrativa de Mujeres regulado por la Orden 2/2016, de 25 de enero, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.
A quién va dirigido
Podrá participar cualquier mujer mayor de edad y residente en la Comunitat Valenciana.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Ser mujer, mayor de edad y residente en la Comunitat Valenciana.
- Encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Hacienda de la Generalitat, y con la Seguridad Social.
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones que, en su caso, se le hubiesen exigido.
Cómo se tramita
Las obras presentadas serán examinadas por un jurado que emitirá veredicto vinculante para la resolución de la convocatoria por la persona titular de la Dirección General de Igualdad y del Instituto de las Mujeres.
- El jurado podrá proponer dejar desierto cualquiera de los premios mediante acuerdo motivado, no pudiendo recaer en la misma persona más de uno.
- La resolución de la convocatoria se hará pública.
En la valoración de las obras presentadas el jurado tendrá en cuenta:
- La calidad literaria.
- La coherencia narrativa.
- La defensa de valores no discriminatorios ni sexistas y la ruptura de estereotipos masculinos y femeninos tradicionales.
Características de las obras: - Deberán ser originales e inéditas en toda su extensión. - Podrán estar escritas, indistintamente, en valenciano o castellano. - Se presentarán con letra tipo Times New Roman o Arial, de tamaño 12 y con interlineado doble. De presentarse en registro físico, impresas...
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.
DOGV, núm 10324 de 17.03.2026
EXCLUSIVAMENTE por vía electrónica en la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es
Los relatos y la documentación que los acompaña podrán presentarse en cualquiera de los registros de las sedes de la Dirección General de Igualdad y del Instituto de las Mujeres, de Alicante (C/ Teatro, 37 - 39, 03001), Castellón de la Plana (Avda. Hermanos Bou, 81 12003) o València (C/ de la Democracia, núm. 77, Ciudad Administrativa 9 d'Octubre, 46018), o en cualquiera de los lugares que, con carácter general, reconoce el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También podrá presentarse telemáticamente, incluyendo un archivo adjunto en formato PDF con el relato.
La solicitud de presentación telemática y la documentación anexa estarán accesibles en la sede electrónica de la Generalitat, https://sede.gva.es (Procedimientos administrativos), y en el siguiente enlace de la GUÍA PROP: https://breu.gva.es/b/JV7MbLbhG3
http://www.gva.es/ca/inicio/procedimientos?id_proc=109966&version=amp
- RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2026, por la que se convoca el Premio Literario de Narrativa de Mujeres para el ejercicio 2026 DOGV núm. 10324 de 17-03-2026
- EXTRACTO de la Resolución de 4 de marzo de 2026, por la que se convoca el Premio Literario de Narrativa de Mujeres para el ejercicio 2026. DOGV núm. 10324 de 17-03-2026
Resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana
Línea de subvención: S0339.
Consignación presupuestaria: 4.000 euros.
Las personas premiadas, previamente al abono del premio y a efectos de proceder al mismo, deberán presentar la solicitud de alta de domiciliación bancaria debidamente cumplimentada, que consta como anexo – modelo de domiciliación bancaria en el siguiente enlace
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15996&id_caso=docs
o darse de alta a través de PROPER en el siguiente enlace:
(https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22648&version=amp).
El régimen sancionador se aplicará por la comisión de infracciones administrativas contempladas en la normativa básica estatal a aquellas personas que sean responsables de las mismas y se regirá por lo dispuesto en el capítulo IV del título X de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.
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