Alta en nómina para el personal no docente de la conselleria competente en materia de Educación

Conselleria de Educación, Cultura y Universidades

Código SIA: 3195486
|
Código GVA: 106199
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Este trámite permite a la persona interesada presentar la documentación requerida para el nombramiento, la toma de posesión y alta en nómina del personal no docente adscrito a la Conselleria competente en materia de Educación.

 

Alta o modificación de cuenta bancaria

Las personas interesadas deberán realizar, en su caso, el trámite de alta o modificación de la cuenta bancaria mediante el procedimiento electrónico PROPER de la Generalitat Valenciana, accesible desde la sede electrónica.

Este trámite, independiente del procedimiento regulado en la presente resolución, constituye un requisito previo para efectuar el abono de las retribuciones.

PROPER Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las domiciliaciones bancarias

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

Nulidad de actuaciones:

Las personas que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no realicen el trámite telemático, o, del examen de la información contenida en el trámite se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas funcionarias y serán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

El personal no docente adscrito a la Conselleria con competencias en materia de Educación que ha de presentar la documentación necesaria para el acceso  al empleo público y su alta en nómina.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. Presentación de la documentación a través de medios electrónicos

Con objeto de simplificar los procedimientos administrativos, la presentación de la documentación necesaria para el nombramiento, la toma de posesión y el alta en nómina del personal no docente adscrito a la conselleria competente en materia de educación, se unifica en un único trámite electrónico, cuya cumplimentación será obligatoria para las personas interesadas.

Toda la documentación deberá presentarse a través de la Sede electrónica de la Generalitat Valenciana (https://sede.gva.es), mediante el trámite habilitado al efecto.

Dicho formulario deberá ser firmado electrónicamente utilizando cualquiera de los sistemas de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.

2. Interoperabilidad

El procedimiento se estructurará de manera que permita reducir, en lo posible, la documentación a presentar, sustituyéndola por consultas automatizadas a otras administraciones públicas, o mediante declaraciones responsables incluidas en el formulario electrónico.

3. Requerimiento subsidiario de documentación

Cuando no sea posible obtener electrónicamente los datos necesarios a través de las plataformas de interoperabilidad, la persona interesada será requerida para que los aporte en un plazo de diez días hábiles, conforme a lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015.

Órganos de tramitación

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Trámite permanente

DOGV Núm. 10144 / 04.07.2025

Documentación

La documentación es la requerida a la persona interesada para el nombramiento, la toma de posesión y alta en nómina.

Elementos incluidos en el trámite telemático obligatorio a cumplimentar electrónicamente:

Datos personales identificativos; número de la Seguridad Social (NUSS); titulaciones académicas; certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales; datos fiscales para la aplicación de retenciones y declaraciones responsables que resulten exigibles.

Todo ello sin perjuicio de las verificaciones que procedan mediante consultas telemáticas a las administraciones competentes.

En el trámite telemático se autorizará al órgano gestor, en caso de no oposición, para la consulta de la información requerida sobre la identidad, titulación y ausencia de delitos sexuales.

 

 

 

Tasa o pago

No hay tasas asociadas

Forma de presentación
Telemática

La cumplimentación del trámite electrónico es OBLIGATORIA, debiendo completarse el mismo hasta el último paso de registro electrónico de la solicitud. En el trámite telemático se autorizará al órgano gestor, en caso de no oposición, para la consulta de la información requerida sobre: -...

Más

Resolución

Órganos resolución
Agota vía administrativa
Si

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía
  • Administraciones
    • Trámites y servicios
    • Personal empleado público GVA

TEMA

  • Administración pública
    • Administración electrónica

PERFILES

  • Ciudadanía