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Detalle trámite
Solicitud de reconocimiento de una red de vigilancia epidemiológica
Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca
Desde 10-06-2025 00:00:00h
Qué es
A través de este trámite podrán solicitar su reconocimiento las redes de vigilancia epidemiológica de la Comunitat Valenciana, promovidas por integradoras, por Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG) o por agentes con intervención o intereses en el sector ganadero que estén constituidas por el conjunto de medios humanos, técnicos e informáticos dirigidos a obtener información de modo permanente sobre la situación sanitaria y el movimiento comercial del ganado.
A quién va dirigido
Integradoras, Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG) o agentes con intervención o intereses en el sector ganadero.
Para su reconocimiento deberán presentar la solicitud de reconocimiento así como una memoria en la que se acredite tener personalidad jurídica e interlocutores para su representación con la administración, integrar al menos al 50% de las explotaciones ganaderas de la especie que se trate en cada provincia, disponer de medios humanos suficientes para atender la vigilancia sanitaria y toma de muestras, medios informáticos y técnicos dirigidos a obtener información de modo permanente sobre la situación sanitaria y el movimiento comercial del ganado y la transferencia de información continua a la administración.
Cómo se tramita
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
Todo el año.
- Solicitud de reconocimiento de una red de vigilancia epidemiológica.
- Memoria descriptiva del cumplimiento de los requisitos.
No se aplica este Principio por:
- Instalación o infraestructura física concreta
Dado que los solicitantes pueden ser tanto personas empresarias individuales o autónomas obligadas a relacionarse con las administraciones públicas a través de medios electrónicos, en virtud del artículo 4 c) del Decreto 54/2025, de 15 de abril, del Consell, de simplificación administrativa y...
Alegación / Aportación
Todo el año.
A través de este apartado se podrán presentar todos aquellos documentos necesarios para completar o subsanar una solicitud.
Dado que los solicitantes pueden ser tanto personas empresarias individuales o autónomas obligadas a relacionarse con las administraciones públicas a través de medios electrónicos, en virtud del artículo 4 c) del Decreto 54/2025, de 15 de abril, del Consell, de simplificación administrativa y...
Resolución
3 meses.
Los integrantes de las redes de vigilancia epidemiológica serán los encargados de recoger la información de forma periódica o continua para la detección precoz de problemas sanitarios que dan lugar a alertas que permita a los servicios veterinarios oficiales tomar las medidas oportunas para reducir el riesgo de difusión del problema sanitario a otras explotaciones y territorios.
En caso de pérdida de los requisitos que hicieron posible el reconocimiento de las redes de vigilancia epidemiológica o en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente artículo, desde la dirección general competente en sanidad y bienestar animal se resolverá el fin del reconocimiento de la citada red.
En caso de incumplimientos se aplicará el régimen de infracciones y sanciones establecido en la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de Ganadería de la Comunitat Valenciana, la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Ciudadanía
- Empresas
- Agricultura, ganadería y pesca
- Autorizaciones, registros y licencias
- Vigilancia, prevención y lucha contra enfermedades y agentes nocivos
- Agricultura, ganadería y pesca
TEMA
- Agricultura, ganadería y pesca
- Ganadería
- Sanidad animal
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SITUACIÓN DE VIDA
- Trabajo y negocio
SECTOR
- Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales
- Ganadería
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TIPO
- Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones