JUEGO. Máquinas. Impreso J65-DANA. Canje fiscal de máquinas recreativas y de azar afectadas por la DANA de 29 de octubre de 2024

Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública

Código SIA: 3155901
|
Código GVA: 102155
Descargar información
Plazo de solicitud abierto
  • Qué necesitas saber
  • Qué es
  • A quién va dirigido
  • Cómo se tramita
  • Formularios
  • Tramitación
  • Solicitud
  • Resolución
  • Ayuda
  • Preguntas frecuentes
  • Temas relacionados
  • Enlaces de interés

Qué es

Qué es y para qué sirve

Este procedimiento sirve para reemplazar o canjear máquinas recreativas o de azar cuya autorización de explotación hubiera sido suspendida como consecuencia de la DANA de 29 de octubre de 2024.

El procedimiento permite realizar simultáneamente el levantamiento de la suspensión de explotación y la baja de explotación de la máquina que va a ser sustituida, y el alta de explotación de la nueva máquina.

Este procedimiento se aplica solo al canje de máquinas cuya autorización de explotación continúe suspendida en el momento de presentar la solicitud. Si la máquina estuvo suspendida pero fue reactivada, el canje se realizará conforme a lo previsto en el régimen general, a través del procedimiento “JUEGO. Máquinas. Canjes fiscales de máquinas recreativas y de azar”.

JUEGO. Máquinas. Canjes fiscales de máquinas recreativas y de azar - GVA.ES - Generalitat Valenciana

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

La fecha de levantamiento de la suspensión será la de la firma de la resolución.

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

Las empresas operadoras de máquinas recreativas y de azar.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Recibida la solicitud en la dirección territorial, verificará el cumplimiento de los requisitos legales y tramitará simultáneamente el levantamiento de la suspensión de la máquina y la baja de explotación de la máquina que va a ser sustituida, y la autorización de explotación de la máquina nueva.

Órganos de tramitación
El registro está en Palau 12, pero la unidad de Juego, que es la que tramita, está en Pl. Nápoles y Sicilia 6, de Valencia

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

La solicitud ha de presentarse antes del 1 de abril de 2025.

Documentación
  • Solicitud en formulario J65-DANA
  • Albarán de entrega de la máquina en el depósito para su destrucción si no quedó destruida o desapareció arrastrada por el temporal.
  • Los ejemplares de la guía de circulación de la máquina nueva.
  • El contrato de compraventa, arrendamiento o leasing de la máquina nueva.

Observaciones:

En la comunicación de suspensión de explotación de la máquina que se hizo en su día ya se indicó si los elementos identificativos de la máquina estaban destruidos.

Para la baja de la explotación inherente al canje habrá que adjuntar el justificante de depósito para la destrucción de los elementos identificativos de la máquina que no resultaron destruidos. Si todos los elementos resultaron destruidos, no habrá que aportar nada en relación con este apartado, puesto que ya consta la declaración jurada que se hizo cuando se comunicó la suspensión de la explotación de la máquina.

Tasa o pago

El presente procedimiento no genera tasa por prestación de servicios administrativos.

Forma de presentación
Presencial

Solo permitido para personas físicas no obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

Las solicitudes, dirigidas a la Dirección Territorial correspondiente de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública, podrán presentarse

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

 

 Y, preferentemente, en:

Dónde dirigirse

Resolución

Plazo máximo

El plazo máximo para tramitar y resolver el expediente será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.

Transcurridos seis meses sin que se dicte resolución, la solicitud se entenderá desestimada, de acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 1/2020, de 11 de junio, de la Generalitat, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana.

Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Observaciones

Contra la resolución cabe recurso de Alzada ante la Secretaría Autonómica de Hacienda y Financiación, en el plazo de un mes, conforme a los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órganos resolución
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
No