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Detalle trámite
JUEGO. Máquinas. Impreso J63-DANA. Levantamiento de suspensión de autorización de explotación de máquinas recreativas y de azar suspendidas como consecuencia de la DANA de 29 de octubre de 2024
Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública
Qué es
Sirve para levantar la suspensión de la autorización de explotación de las máquinas recreativas y de azar que se produjo como consecuencia de los daños provocados por el temporal que se inició en la provincia de Valencia el 29 de octubre de 2024.
Si la máquina resultó destruida por el temporal, el levantamiento de la suspensión de explotación solo será posible si va asociado a su canje simultáneo. En ese caso, deberá realizarse a través del procedimiento J65, que permite realizar todos los trámites (levantamiento de suspensión, baja y canje) simultáneamente.
Se rige por lo establecido en el artículo 12 del Decreto Ley 12/2024, de 12 de noviembre, del Consell, de medidas fiscales de apoyo a las personas afectadas por las inundaciones producidas por la DANA de octubre de 2024 (DOGV núm. 9981 bis, de 12.11.2024).
Durante el tiempo que la explotación de la máquina permanezca suspendida (sin exceder la fecha de 1 de abril de 2025) se reducirá proporcionalmente el importe del tributo trimestral correspondiente a la explotación de máquinas recreativas y de azar.
- DECRETO LEY 12/2024, de 12 de noviembre, del Consell, de medidas fiscales de apoyo a las personas afectadas por las inundaciones producidas por la DANA de octubre de 2024. DOGV núm. 9981 de 12-11-2024
- Ley 1/2020, de 11 de junio, de la Generalitat, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana (DOGV nº 8834, de 15/06/2020). DOGV núm. 8834 de 15-06-2020
- DECRETO 115/2006, de 28 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar. DOGV núm. 5343 de 11-09-2006
A quién va dirigido
Las empresas operadoras titulares de las máquinas cuya explotación fue suspendida como consecuencia de los daños provocados por el temporal.
Cómo se tramita
Recibida la solicitud, la dirección territorial verificará el cumplimiento de los requisitos legales y se procederá a levantar la suspensión de la explotación de la máquina.
Una vez notificada la resolución correspondiente, la empresa operadora recogerá la documentación depositada en la dirección territorial y podrá activar de nuevo la máquina en el local donde estaba instalada.
Si la documentación de la máquina hubiera resultado destruida, se expedirá nueva documentación por la dirección territorial de Valencia.
46003 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
La suspensión de la explotación de la máquina por DANA puede prolongarse hasta el 1 de abril de 2025, si bien puede solicitarse antes de esa fecha su levantamiento. Si llegada esa fecha no se ha solicitado el levantamiento, este se realizará de oficio.
Documentación
Las empresas pueden presentar una única solicitud relacionando todas las máquinas instaladas cuya autorización de explotación deseen reactivar, o bien presentar tantas comunicaciones como consideren necesario. Si presentan varias solicitudes, las posteriores no han de recoger máquinas que hayan figurado en solicitudes anteriores.
Si el número de máquinas cuya reactivación se solicita es superior al número de filas que contiene el formulario J63-DANA, podrán adjuntarse tantos anexos como fuera necesario para completar la relación. El modelo de anexo también está normalizado.
Cumplimentación del modelo
Para cumplimentar el modelo normalizado J63-DANA ha de tenerse en cuenta lo siguiente:
- Ha de hacerse preferentemente en ordenador. Si se escribe a mano, ha de hacerse en letras mayúsculas escritas con total claridad y sin posibilidad de confusión.
- La máquina se identifica exclusivamente mediante el número de autorización de explotación.
- En la casilla “¿Documentación destruida?” hay que indicar si toda la documentación de la máquina (guía de circulación, autorización de explotación y autorización de instalación) fue destruida por la DANA. Se pondrá “Sí”, “No” o “Parcialmente”. La información deberá ser la misma que figure en la comunicación de suspensión que se realizó en su día.
No se devengará tasa por la realización de los trámites previstos en el presente procedimiento.
Solo permitido para personas físicas no obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.
Las solicitudes, dirigidas a la Dirección Territorial correspondiente de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública, podrán presentarse
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46003 - València/Valencia
Resolución
El plazo máximo para tramitar y resolver el expediente será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud, si bien estos procedimientos tienen carácter preferente.
Transcurridos seis meses sin que se dicte resolución, la solicitud se entenderá desestimada, de acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 1/2020, de 11 de junio, de la Generalitat, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana.
46003 - València/Valencia
Recurso de alzada
Contra la resolución cabe recurso de Alzada ante la Secretaría Autonómica de Hacienda y Financiación, en el plazo de un mes, conforme a los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El registro está en la Calle Palau 12, pero la Secretaría Autonómica de Hacienda y Financiación está en la Plaza Nápoles y Sicilia 6, de Valencia.
Dónde dirigirse
46003 - València/Valencia
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