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Detalle trámite
Alegaciones o aportación documental en los PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES en materia de calidad del aire y protección atmosférica, gases de efecto invernadero, y de responsabilidad medioambiental de la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
Qué es
Presentar todo tipo de alegaciones en el seno del procedimiento sancionador para expedientes con las referencias: ATMO, PREV, RUID, KYOT, RESP
En el caso de expedientes con referencia RESI (residuos), debe utilizarse el trámite específico existente, accesible a través de la pestaña procedimientos relacionados.
En el caso de expedientes con referencia CAMB (diligencias previas), debe utilizarse el trámite específico existente, accesible a través de la pestaña procedimientos relacionados.
En el caso de expedientes con referencia PRE6 (prevención y control integrado de la contaminación), debe utilizarse el trámite específico existente, accesible a través de la pestaña procedimientos relacionados
- El numero de expediente es el que figura como tal en el Acuerdo de Iniciación y debe referenciarse en sus comunicaciones con la administración.
- Cuando los interesados estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la documentación se presente de forma presencial, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica.
- Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda.
- Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236 de 02-10-2015
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. BOE núm. 236 de 02-10-2015
- Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. BOE núm. 59 de 10-03-2005
- Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. BOE núm. 255 de 24-10-2007
- Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. BOE núm. 275 de 16-11-2007
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. BOE núm. 85 de 09-04-2022
- Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de protección contra la contaminación acústica. BOE núm. 9 de 10-01-2003
- Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 7329 de 31-07-2014
- LEY 5/2022, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana (DOGV Num. 9482 / 01.12.2022). DOGV núm. 9482 de 01-12-2022
- DECRETO 200/2004, de 1 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la utilización de residuos inertes adecuados en obras de restauración, acondicionamiento y relleno, o con fines de construcción.Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida...
- Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. BOE núm. 316 de 31-12-2016
- REAL DECRETO 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades. BOE núm. 33 de 07-02-2003
- Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso. BOE núm. 2 de 03-01-2006
- REAL DECRETO 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. BOE núm. 38 de 13-02-2008
- Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación. BOE núm. 25 de 29-01-2011
- Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. BOE núm. 251 de 19-10-2013
- Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. BOE núm. 41 de 21-02-2015
A quién va dirigido
Las personas físicas o jurídicas que, teniendo la condición de interesadas en el expediente sancionador, hayan sido señaladas en el mismo como posibles responsables y estén interesadas en presentar documentación en el seno del procedimiento.
- Ser persona física o jurídica señalada en el expediente sancionador como presunta responsable, o en su caso autorizado administrativo o representante de la misma.
- Los interesados que sean personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de la documentación debe realizarse electrónicamente.
Cómo se tramita
A. Tramitación presencial: (Sólo válida para personas físicas)
- Presentar a través de los registros correspondientes o preferentemente a través de este trámite, escrito de alegaciones firmado por la persona presunta responsable o por su representante legal, adjunta aquella documentación que estime pertinente al procedimiento.
En ambos casos se deberá hacer constar el número de expediente , que se le habrá hecho constar en el acuerdo de iniciación.
B. Tramitación telemática:
- Iniciar el trámite de aportación a través del icono superior "tramitar con certificado", el cual será firmado electrónicamente y en el que se hará constar los datos identificativos del procedimiento facilitados en el acuerdo de iniciación.
Procedimientos relacionados
- (EXCLUSIVAMENTE para expedientes con referencia RESI) Alegaciones o aportación documental en los PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES en materia de Residuos competencia de la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental
- (EXCLUSIVAMENTE para expedientes con referencia CAMB) Alegaciones o aportación documental en DILIGENCIAS PREVIAS de procedimientos SANCIONADORES en materia de Residuos competencia de la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental
- (EXCLUSIVAMENTE para expedientes con referencia PRE6) Alegaciones o aportación documental en los PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES en materia de Prevención, Calidad y Control ambiental de Actividades competencia de la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
- Alegaciones específicas: En el plazo contenido en el pie de alegaciones del acto procedimental al que se pretende alegar.
- Alegaciones generales, aportación de documentos y otros elementos de juicio: En cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia.
- Defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados: En cualquier momento antes de la resolución definitiva del asunto.
Formularios
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la...
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
03003 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Resolución
- No cabe recurso contra los actos de trámite y en el caso de la Resolución definitiva del procedimiento habrá que atenerse al pie de recursos contenido en la misma o en su notificación.
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