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Solicitud de autorización de replantación o sustitución de viñedos de vinificación
Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca
Desde 01-08-2025 00:00:00h
Qué es
Obtener el preceptivo permiso de replantación o sustitución de viñedo.
Video explicativo sobre el sistema de autorizaciones de plantaciones de viñedo en España.
Información sobre sistema de autorizaciones de plantaciones de viñedo
Puede realizar este trámite presencialmente con la ayuda de personal funcionario habilitado.
- Ley 24/2003 de la Jefatura del Estado, de 10 de julio, de la Viña y del vino BOE núm. 165 de 11-07-2003
- Ley 2/2005, de 27 de mayo, de la Generalitat, de ordenación del sector Vitivinícola de la Comunitat Valenciana DOGV núm. 5019 de 02-06-2005
- Decreto 8/2007, de 19 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2005, de 27 de mayo, de la Generalitat, de Ordenación del Sector Vitivinícola de la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 5435 de 24-01-2007
- Reglamento (UE) Nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n o 922/72, (CEE) n o 234/79, (CE) n o 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007. DOUE...
- Resolución de 29 de julio de 2016, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Agraria Común (PAC), sobre delegación en los directores/as territoriales de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural para la resolución de los procedimientos...
- Decreto 67/2017, de 26 de mayo, del Consell, por el que se regula el Registro Vitícola y las declaraciones obligatorias del sector vitícola en la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 8074 de 30-06-2017
- Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola. BOE núm. 262 de 30-10-2018
- Orden 13/2025, de 7 de noviembre, de la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, por la que se regula el potencial de producción vitícola y las declaraciones obligatorias del sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 10236 de 12-11-2025
A quién va dirigido
Aquellos viticultores que quieran realizar una plantación de viñedo de vinificación deberán solicitar la autorización de plantación, según lo establecido por la normativa del sector, para:
- replantaciones (misma parcela que originó la resolución de arranque).
- plantaciones sustitutivas (parcela distinta a la arrancada originalmente).
Cómo se tramita
Las solicitudes de autorización de replantación o sustitución de viñedo de vinificación presentadas a través de la aplicación PICASSA (https://picassa.gva.es/picassa/anuncios) se tramitarán de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo Común vigente.
A la vista de las solicitudes presentadas y la documentación adjunta, los Servicios Territoriales competentes en el Registro Vitícola y declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola, verificarán el cumplimiento de los requisitos para su aprobación y emitirán una propuesta, que elevarán al Director Territorial competente en dicha materia, quien dictará resolución.
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Durante todo el año, siempre antes del final de la segunda campaña siguiente a la que se haya notificado la resolución de arranque.
La tramitación de las solicitudes de autorización de replantación o sustitución de viñedos de vinificación se realiza a través de la aplicación informática PICASSA (https://PICASSA.GVA.ES/PICASSA/ANUNCIOS)
Esta aplicación incorpora los formularios correspondientes y permite adjuntar la documentación requerida, que es la siguiente:
1. Documentación acreditativa de la identidad del solicitante, en el caso de no autorizar éstos la consulta de datos de identidad indicada en la solicitud. En el caso de personas jurídicas, NIF y escritura de constitución de la sociedad, junto a la documentación acreditativa de la identidad del representante y poderes de representación.
2. La titularidad de la parcela solicitada se comprobará de oficio en el proceso administrativo de resolución del procedimiento mediante consulta con la Oficina Virtual de Catastro. No obstante, el solicitante podrá acreditar ésta mediante escritura de propiedad con datos catastrales.
En caso que el explotador solicitante sea distinto del propietario de la parcela/s para las que se solicita la autorización de plantación debe presentar una autorización expresa del propietario/a de la parcela, en virtud de la cual el explotador/a, que es titular de arranque, puede ejercer la replantación, previa autorización de la Conselleria competente en materia de agricultura, en las tierras que tiene arrendadas. A tal efecto, se presenta una única solicitud por cada explotador y propietario.
3. Documentación identificativa y croquis de la parcela/s sobre las que solicita la autorización de plantación. La referencia a nivel de parcela se realizará con las referencias SIGPAC. En el caso de discrepancias con dicha identificación (cambios de catastro, discrepancias con los lindes de la parcela, etc.) deberá aportarse Plano Catastral.
No se aplica este Principio por:
- Instalación o infraestructura física concreta
Todas las solicitudes de autorización de replantación o sustitución de viñedos de vinificación se tramitan telemáticamente mediante la aplicación informática, diseñada a tal efecto por la Conselleria competente en materia de agricultura, a través de la siguiente URL:...
Alegación / Aportación
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las...
Resolución
Se fija en tres meses el plazo máximo para resolver este procedimiento, transcurrido el cual sin que se hubiera producido resolución expresa se entenderá desestimada la solicitud (art. 101 de la Ley 10/2015, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de...
La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su recepción, recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría Autonómica de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca de conformidad con lo...
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46009 - València/Valencia
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