JUEGO. Solicitud de alta de máquinas recreativas y de azar por cambio de demarcación territorial dentro de la Comunidad

Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública

Código SIA: 210493
|
Código GVA: 55
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Solicitud de alta de máquinas recreativas y de azar por cambio de demarcación territorial dentro de la Comunidad.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Recurso de alzadaPlazo abierto

A quién va dirigido

Empresas

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la solicitud.

 

- Una vez recibida la solicitud y comprobados los datos contenidos en la misma y en los documentos adjuntados se procederá a diligenciar la baja en dicha demarcación territorial y se remitirán a los servicios territoriales de destino, a excepción de la autorización de instalación que se entregará a la empresa operadora.

 

- Recibida la documentación por los servicios territoriales de destino de la máquina, se procederá a insertar en la guía de circulación las diligencias de alta y se reintegrará dicho documento a la empresa operadora titular de la misma.

 

- El plazo máximo para resolver y notificar las autorizaciones establecidas en el Reglamento que se aprueba, que sean consecuencia de solicitudes formuladas por los interesados, será de seis meses a contar desde la presentación de aquellas.

 

- Transcurrido dicho plazo, los efectos del silencio administrativo se entenderán desestimatorio, de acuerdo con lo previsto en la Ley del Juego de la Comunitat Valenciana.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año

Documentación

- Los ejemplares de la guía de circulación en poder de la empresa operadora.

- Impreso J02 debidamente cumplimentado.

- La autorización de instalación que ampara la instalación de la máquina.

Tasa o pago

Tasa por servicios administrativos en materia de Casinos, Juegos y Apuestas. Modelo 046-9770.

 

CUANTÍA Y OBTENCIÓN DEL MODELO

 

El alta de las máquinas recreativas y de azar por cambio de demarcación territorial dentro de la Comunidad conlleva unas tasas que ascienden a: 32,61 euros

 

Todo ello según Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas.

 

PROCEDIMIENTO

 

1.-Si dispone de certificado electrónico el asistente de tramitación le guiará en la cumplimentación del modelo de la tasa, la realización del pago y la presentación de toda la documentación.

 

2.- Si no dispone de certificado electrónico deberá seguir los siguientes pasos:

 

A). Cumplimentar el modelo 046-9770 Ver enlace en “apartado Enlaces”: Confección en línea y descarga de modelo.

Paso 1: Rellenar el formulario correspondiente con los datos que se le solicita. Y pulse el botón Aceptar.

Paso 2: Pulsar el botón Imprimir para obtener el documento.

Paso 3: Comprobar que los ejemplares que el ordenador le proporciona llevan impresos en el apartado Número de liquidación un código de barras y una numeración.

Solo con esa información, las entidades colaboradoras en la recaudación de tributos de la Generalitat aceptarán los ejemplares para efectuar el pago.

 

B). Pagar la tasa en las entidades colaboradoras en la recaudación de tributos de la Generalitat, bien de forma telemática o presencial.

 

C). Presentación presencial de la solicitud con la documentación requerida y el justificante del pago de la tasa, en los lugares indicados en el apartado siguiente.

 

PAGO DE LA TASA

 

1. DE FORMA TELEMÁTICA

 

A) A TRAVÉS DEL PAGO TELEMÁTICO GENÉRICO

 

MÉTODOS DE PAGO aceptados:

- Cargo en cuenta (Acceso con certificado). Si posee certificado digital, podrá pagar a través de su cuenta bancaria si es de las entidades colaboradoras que allí se indican. Para más información sobre el uso de certificado digitales ver en el apartado ENLACES "información sobre firma electrónica avanzada".

- Pago con tarjeta (Acceso sin certificado). Podrá pagar mediante tarjeta de crédito o débito, Visa, MasterCard o 6000 de cualquier entidad.

- BIZUM

 

MECANISMO DE ACCESO AL PAGO TELEMÁTICO:

1. A través del proceso de confección en línea, una vez cumplimentado y generado el número de liquidación, le permitirá realizar el pago telemático pulsando el botón Pagar. Este proceso enlaza con el Pago Telemático Genérico con la ventaja de disponer ya de todas las casillas cumplimentadas.

 

2. A través del pago telemático genérico.

- Para aquellas personas que hayan generado el documento de la tasa a través del proceso de confección en línea, pero no hayan realizado el pago en ese momento.

Podrán realizar el pago telemático con posterioridad, a través del Pago Telemático Genérico.

 

Ver en el apartado ENLACES "Pago Telemático Genérico".

 

B) A TRAVÉS DE BANCA ELECTRÓNICA, banca telefónica, adeudo on-line, de las entidades financieras colaboradoras:

Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos.

Ver en el apartado ENLACES "Entidades colaboradoras y formas de pago".

 

2. DE FORMA PRESENCIAL

A través de oficinas y cajeros de las entidades financieras colaboradoras:

Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos.

Ver en el apartado ENLACES "Entidades colaboradoras y formas de pago".

 

Instrucciones para la correcta obtención de los modelos:

 

Forma de presentación
Presencial

- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

- Y, preferentemente, en:

Dónde dirigirse

Resolución

Plazo máximo

El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de las solicitudes.

Transcurridos seis meses sin que se dicte resolución, las solicitudes se entenderán desestimadas.

Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015), en relación con la Ley 1/2020, de 11 de junio, de la Generalitat, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana, y con el Decreto 115/2006, de 28 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.

Órganos resolución
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
No
Sanciones

Las establecidas en el Título V del Decreto 115/2006.

Recurso de alzada

Plazo
Plazo abierto

Forma de presentación
Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Dónde dirigirse

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Financiación y tributos
      • Juego (Autorizaciones y control)
        • Máquinas recreativas

TEMA

  • Administración pública
  • Comercio y consumo
    • Comercio

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  • Educación, cultura y ocio
    • Espectáculos y actividades recreativas
    • Empresas culturales y audiovisuales

TEMÁTICA

  • Instalaciones y seguridad

CICLO VITAL

  • Cambios y cierre

TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones