Comisiones de servicios puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia

Código SIA: 211253
|
Código GVA: 3316
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Comisiones de servicios puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

* COMISIÓN DE SERVICIOS

1. Se podrán autorizar comisiones de servicio, previa solicitud del ayuntamiento, cuando no hubiese sido posible efectuar nombramiento provisional.

2. Cuando la comisión de servicio exceda del ámbito territorial de una comunidad autónoma la competencia para autorizar la acumulación le corresponde al Ministerio competente.

3. La concesión de las comisiones de servicio tendrá lugar por un plazo máximo de un año prorrogable por otro año

4. El tiempo transcurrido en comisión de servicios será tenido en cuenta a efectos de consolidación del grado personal correspondiente al nivel del puesto desde el que se produce la comisión, salvo que se obtuviese destino definitivo en el puesto de trabajo desempeñado en comisión de servicios o en otro del mismo o inferior nivel, en cuyo caso, a instancia del funcionario, podrá ser tenido en cuenta a efectos de consolidación del grado correspondiente a este último

A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la documentación requerida.

- Resolución del director general de Administración Local.

- Notificación de la resolución a las entidades locales afectadas.

Órganos de tramitación
Direcció General d'Administració Local

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año.

Documentación

- Solicitud de la corporación local interesada a través de resolución de presidencia, en la que debe quedar suficientemente acreditado que no ha sido posible efectuar nombramiento provisional.

 

- Conformidad del funcionario interesado.

 

- Conformidad de la entidad local en que se halle destinado el interesado mediante resolución de alcaldía-presidencia.

Forma de presentación
Telemática

1. Antes de iniciar la tramitación electrónica se recomienda consultar el apartado de "documentación a presentar". 2. A continuación inicie el trámite telemático pinchando en el icono superior " Tramitar con certificado" de esta misma página, que le llevará al trámite telemático general de...

Más
Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Resolución

Observaciones

- La resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el art. 114 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Contra la misma se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes desde la publicación, o bien Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación.

Órganos resolución
Dirección General de Administración Local
Agota vía administrativa
Si

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Administraciones
    • Trámites y servicios
      • Administraciones locales
        • Personal y formación

TEMA

  • Administración pública
    • Entes locales
    • Condiciones personal empleado público
  • Empleo público
    • Comisión de servicio

PERFILES

  • Administración y otras entidades
    • Entes locales

TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones