Solicitud de devolución del depósito de fianzas, o su actualización, por arrendamientos de fincas urbanas en régimen general

Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública

Código SIA: 211142
|
Código GVA: 2739
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Plazo de solicitud abierto

Desde 11-04-2022 00:00:00h

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Qué es

Qué es y para qué sirve

A la extinción de un contrato de arrendamiento, la persona arrendadora, podrá solicitar la devolución de la fianza:

TELEMÁTICAMENTE, en la web de la Conselleria de Hacienda
https://hisenda.gva.es/va/web/tesoreria/fiances-urbanes.
En internet, introduciendo en un buscador “fianzas GVA”, le lleva directamente a los trámites de devolución
Necesitará disponer de CERTIFICADO ELECTRÓNICO y del número de la fianza.

PRESENCIALMENTE, en el banco donde la depositó.

Necesitará llevar el original del modelo 806 y el documento de rescisión de contrato.
1) Si depositó la fianza telemáticamente con un modelo 816, que pagó con tarjeta, deberá solicitar la devolución telemática.
2) Si depositó la fianza en el banco, con un modelo 806, puede elegir entre solicitar la devolución telemática o solicitarla en el banco donde la depositó.
3) Si ha extraviado el modelo 806, solo podrá solicitar la devolución telemática.
4) En el caso de fianzas antiguas depositadas mediante formulario en los bancos BANCAJA o CAM o fianzas depositadas con BILLETES DE PAPEL FIANZA, deberá solicitar información para la devolución en el mail: fianzastelematicas@gva.es

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 11-04-2022 00:00:00h
Recurso de alzadaPlazo abierto
Observaciones

Para cualquier consulta sobre fianzas urbanas, utilice el mail fianzastelematicas@gva.es al que podrá aportar el número de teléfono para contestar la consulta.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

El propietario del bien inmueble arrendado es quien puede solicitar la devolución.

Requisitos

Que el contrato de arrendamiento se haya extinguido

Cómo se tramita

Órganos de tramitación

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 11-04-2022 00:00:00h

Una vez haya expirado el contrato de arrendamiento.

Documentación

Fianzas depositadas telemáticamente con un modelo 816. Únicamente necesitará disponer de CERTIFICADO ELECTRÓNICO y conocer el número de su fianza, que
aparece en el modelo 816 como número de fianza y en el justificante de pago como Nº DOCUMENTO: 816590……


**En el caso de que la solicitud de devolución la realice la persona titular del inmueble, pero no es quien en su día realizó el depósito, al rellenar los datos de la persona arrendadora solicitante de la devolución, deberá: - marcar la casilla “Seleccione esta opción si la persona arrendadora solicitante es diferente a la que depositó la fianza”, y - adjuntar a la solicitud de devolución el contrato de arrendamiento.

Forma de presentación
Presencial

Para devolución presencial, a cualquier sucursal de la entidad bancaria donde se depositó la fianza.

 

Devolución telemática

Para devolución telemática, siga las instrucciones de los supuestos A, B, C o D, según sea su caso.

Resolución

Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
No

Recurso de alzada

Plazo
Plazo abierto

En un mes desde la notificación de la resolución.

Descripción

Impugnar la resolución sobre la solicitud de devolución de fianza de arrendamiento.

Forma de presentación
Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Dónde dirigirse

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía
    • Economía y Hacienda
      • Impuestos y tasas de la Comunitat

TEMA

  • Economía y hacienda
    • Economía
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