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Detalle trámite
Inscripción o actualización de datos en el Registro Vitícola de la Comunitat Valenciana (RVCV)
Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca
Desde 01-08-2025 00:00:00h
Qué es
Comunicar a la Administración cualquier cambio que se produzca en el Registro Vitícola, tanto de titularidad como de características del viñedo de la parcela.
Puede realizar este trámite presencialmente con la ayuda de personal funcionario habilitado.
- Ley 24/2003 de la Jefatura del Estado, de 10 de julio, de la Viña y del vino (BOE núm. 165, de 11/07/2003). BOE núm. 165 de 11-07-2003
- Ley 2/2005, de 27 de mayo, de Ordenación del Sector Vitivinícola de la Comunitat Valenciana (DOCV núm. 5019, de 02/06/2005). DOGV núm. 5019 de 02-06-2005
- Decreto 8/2007, de 19 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2005, de 27 de mayo, de la Generalitat, de Ordenación del Sector Vitivinícola de la Comunitat Valenciana (DOGV 5435, de 24/01/2007). DOGV núm. 5435 de 24-01-2007
- Reglamento (UE) Nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n o 922/72, (CEE) n o 234/79, (CE) n o 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007. DOUE núm....
- Decreto 67/2017, de 26 de mayo, del Consell, por el que se regula el Registro Vitícola y las declaraciones obligatorias del sector vitícola en la Comunitat Valenciana (DOCV núm. 8074, de 30/06/2017). DOGV núm. 8074 de 30-06-2017
- Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola (BOE núm. 180, de 29/07/2017). BOE núm. 180 de 29-07-2017
- Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la consellera de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se establecen para el año 2018 los plazos de presentación de solicitudes, comunicaciones y notificaciones del Registro Vitícola de la Comunitat Valenciana (DOGV...
- Resolución de 4 de junio de 2020, de la directora general de Política Agraria Común (PAC), de ampliación de plazos de inscripción y actualización en el Registro Vitícola de la Comunitat Valenciana y de comunicación de determinadas operaciones, con el fin de paliar las consecuencias del impacto de...
- Resolución de 24 de marzo de 2023, de la directora general de Política Agraria Común, de ampliación de plazos de inscripción y actualización en el registro vitícola de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9570, de 06/04/2023). DOGV núm. 9570 de 06-04-2023
- Corrección de errores de la Resolución de 24 de marzo de 2023, de la directora de Política Agraria Común, de ampliación de plazos de inscripción y actualización en el registro vitícola de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9579, de 20.04.2023). DOGV núm. 9579 de 20-04-2023
- Orden 13/2025, de 7 de noviembre, de la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, por la que se regula el potencial de producción vitícola y las declaraciones obligatorias del sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 10236 de 12-11-2025
A quién va dirigido
Cultivadores de viñedo de vinificación de la Comunitat Valenciana.
Estar en posesión de la documentación necesaria para justificar el cambio del Registro Vitícola solicitado.
Cómo se tramita
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Con el fin de llevar a cabo la integración de los datos obrantes en el registro vitícola en el SIEX con el mayor rigor posible, se amplían los plazos regulados en el artículo 4 de la Orden 7/2018, de 13 de febrero, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, referidos a las solicitudes de actualización del registro vitícola hasta el 31 de diciembre de 2025, por Resolución de 24 de marzo de 2023, de la directora general de Política Agraria Común, de ampliación de plazos de inscripción y actualización en el registro vitícola de la Comunitat Valenciana.
A partir de 2026, el plazo para presentar solicitudes para inscribir o actualizar los datos obrantes en el Registro Vitícola se realizará durante los primeros 6 meses.
- Impreso de solicitud telemático y debidamente cumplimentado.
- Documentación acreditativa de la identidad del solicitante, en el caso de no autorizar estos la consulta de datos de identidad indicada en la solicitud. En caso de personas jurídicas, NIF y escritura de constitución de la sociedad, junto a la documentación acreditativa de la identidad del representante y poderes de representación.
- La titularidad de la parcela solicitada se comprobará de oficio en el proceso administrativo de resolución del procedimiento mediante consulta con la Oficina Virtual de Catastro. No obstante, el solicitante podrá acreditar ésta mediante escritura de propiedad con datos catastrales.
Documentación identificativa de la parcela/s: planos catastrales (en caso de modificación), o fichas SIGPAC, con indicación expresa del recinto, y si es necesario se realizará croquis indicativo de la superficie a actualizar.
En función del tipo de solicitud, además presentará:
A.- Cambio de titularidad/explotador por adquisición de una parcela ya registrada:
Escritura de compra-venta, diligenciada por el Registro de la Propiedad o, en su caso, contrato privado de compraventa; presentado en Conselleria de Economía y Hacienda junto con la hoja de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
B.- Cambio explotador por ARRENDAMIENTO.
La documentación a presentar debe ser:
- Contrato de arrendamiento liquidado de impuestos: presentado en Conselleria de Economía y Hacienda junto con la hoja de autoliquidación del impuesto sobre transmisión patrimoniales y actos jurídicos documentados. El contrato incluirá cláusula de subrogación del arrendatario en todos los derechos y obligaciones del arrendador en las parcelas acogidas a ayudas del art. 75 del Reglamento 555/2008 o que provengan de cupo de nuevas plantaciones.
C.- Cambio de explotador/propietario por HERENCIA: - Partición y aceptación de la herencia liquidada de impuestos.
D.- Cambio de explotador/propietario por DONACIÓN INTER-VIVOS:
- Escritura de donación junto a la hoja de autoliquidación del impuesto de sucesiones y donaciones.
E.- Cambio de variedad:
- Certificado de la bodega que indique la variedad realmente cultivada en esa parcela y de la que presenta uva a la Bodega, y que se recoge por tanto en la declaración de cosecha y de producción.
Nota: La variedad debe estar incluida dentro de las autorizadas según listado recogido el anexo XXI, clasificación de las variedades de vid, del Real Decreto 772/2017, de 28 de julio.
F.- Cambio de catastro:
- Certificado del ayuntamiento y planos antiguos o,
- Resolución emanada por el Órgano que genera esa alteración o,
- Certificado catastral que refleje la actuación realizada y el resultado de esta.
G.- Otras solicitudes: (bajas por abandono del viñedo, modificaciones por cambios agronómicos o de cambios de superficie por ajuste a SIGPAC, etc;).
- Se debe presentar la documentación general identificativa, de la parcela objeto de actualización y de la titularidad de esta.
Todas las solicitudes de autorización de replantación o sustitución de viñedos de vinificación se tramitan telemáticamente mediante la aplicación informática, diseñada a tal efecto por la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, a través de la siguiente URL:...
Alegación / Aportación
Resolución
El plazo de resolución y notificación de las solicitudes será de seis meses.
Transcurrido el plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimada la solicitud.
- Todo viticultor o viticultora está obligado a declarar todas y cada una de las parcelas de vid que cultive en su explotación en el ámbito de la Comunitat Valenciana y a facilitar la información requerida para su inscripción en el Registro Vitícola Comunitario.
- Cualquier modificación en los datos incluidos en el registro vitícola referentes a la titularidad o a las características agronómicas deberá ser comunicada por el viticultor o viticultora al órgano competente de la Conselleria competente en materia de agricultura y alimentación.
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, BOE núm. 236, de 02/10/2015.
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
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