Disolución y cancelación de una Sociedad Agraria de Transformación (SAT)

Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca

Código SIA: 211091
|
Código GVA: 2531
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Plazo de solicitud abierto

Desde 11-09-2018 00:00:00h

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A quién va dirigido

Empresas

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Para proceder a la disolución, liquidación y /o cancelación de una sociedad agraria de transformación es necesario que concurran algunas de las causas reseñadas en el Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto que regula las Sociedades Agrarias de Transformación.

 

En el caso de DISOLUCIÓN:

Una vez acordada la disolución, se inicia el periodo liquidatorio, cuya duración será de un año, durante el cual la SAT conserva la personalidad jurídica a tales efectos, debiendo añadir a su nombre y número de registro la fase "en liquidación".

 

En caso de CANCELACIÓN:

La comisión liquidadora designada por la asamblea general en la que se acordó la disolución de la SAT, y una vez finalizadas las operaciones pendientes, confeccionará el balance de liquidación que permita conocer el resultado final y fijar, en su caso, el haber social resultante, sometiendo a la asamblea general la aprobación del balance final. Los socios y socias que hubieran aportado bienes inmuebles a la SAT, salvo renuncia expresa, tendrán derecho preferente a la adjudicación de los mismos, aun cuando se hayan de compensar en dinero las posibles diferencias de valor.

 

Aprobado el balance final, deberá remitir a este Registro de SAT el certificado expedido por la comisión liquidadora mencionado en el apartado documentación a presentar.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 11-09-2018 00:00:00h

Durante todo el año.

Documentación

En caso de DISOLUCIÓN:

- Certificado expedido por el/la secretario/a con el visto bueno del/de la presidente/a de la comisión liquidadora, firmada en todas las páginas, acreditativa del acuerdo adoptado en asamblea general extraordinaria por el que se aprueba la disolución de la SAT y nombramiento de la comisión liquidadora.

 

En caso de CANCELACIÓN:

- Certificado expedido por el/la secretario/a con el visto bueno del/de la presidente/a de la comisión liquidadora, firmada en todas las páginas, acreditativa del acuerdo adoptado en asamblea general extraordinaria por el que se aprueba el balance final de liquidación y se solicita la cancelación en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de la Comunidad Valenciana.

 

En ambos casos:

- Documento de declaración-liquidación a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modelo 600).

Principio de eficacia extraterritorial

No se aplica este Principio por:

  • Instalación o infraestructura física concreta
    Forma de presentación
    Telemática

    Dado que las SAT inscritas en el Registro de SAT son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la...

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    Resolución

    Efecto silencio
    Desestimatorio
    Agota vía administrativa
    No

    Preguntas frecuentes

    Dudas sobre el trámite
    Dónde consultar dudas sobre el trámite:

    Temas relacionados

    MATERIAS

    • Empresas
      • Agricultura, ganadería y pesca
        • Autorizaciones, registros y licencias
        • Explotaciones agrarias
        • Organizaciones y corporaciones agrarias

    TEMA

    • Agricultura, ganadería y pesca
      • Industria agroalimentaria

    PERFILES

    • Empresa

    SECTOR

    • Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales
      • Agricultura
      • Industria agroalimentaria

    CICLO VITAL

    • Cambios y cierre

    TIPO

    • Registros