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Solicitud de Aprobación de las Normas de Explotación de balsas para riego
Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca
Qué es
Solicitar la aprobación de las Normas de explotación de la balsa para riego registrada y clasificada como A o B, en virtud de la legislación vigente en materia de seguridad de presas, embalses y balsas.
En función del riesgo potencial que pueda derivarse de su posible rotura o funcionamiento incorrecto, las balsas para riego se clasifican en las siguientes categorías:
- categoría A: balsas cuya rotura o funcionamiento incorrecto pueden afectar gravemente a núcleos urbanos o a servicios esenciales, o producir daños materiales o medioambientales muy importantes.
- categoría B: balsas cuya rotura o funcionamiento incorrecto puede producir daños materiales o medioambientales importantes o afectar a un número reducido de viviendas.
- Categoría C: balsas cuya rotura o funcionamiento incorrecto puede producir daños materiales de moderada importancia y sólo incidentalmente pérdidas de vidas humanas. En todo caso, a esta categoría pertenecerán todas las balsas no incluidas en las categorías A o B.
- Real Decreto 9/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (BOE nº 14 de 16/01/08).
- Decreto 78/2012, de 25 de mayo, del Consell, por el que se crea el Registro de Balsas para Riego de la Comunitat Valenciana, a los efectos de su seguridad (DOCV nº 6783, de 28/05/12).
- Decreto 99/2012, de 22 de junio, del Consell, por el que se crea la Comisión Técnica de Seguridad de Balsas para Riego de la Comunitat Valenciana.
- Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses.
A quién va dirigido
Los titulares de balsas de riego, tanto públicos como privados, que hayan sido clasificadas en función del riesgo potencial que pueda derivarse de su posible rotura o funcionamiento incorrecto, en los grupos A ó B, el artículo 30 del Reglamento técnico sobre Seguridad de Presas y Embalses,...
Los titulares de presas y balsas de altura superior a 5 metros o de capacidad de embalse mayor de 100.000 m3, de titularidad privada o pública, existentes, en construcción o que se vayan a construir, estarán obligados a solicitar su clasificación y registro. Las clasificadas en función del...
Cómo se tramita
- Presentación de la solicitud y pago de la tasa
- Revisión y análisis de la documentación presentada
- Petición, en su caso, de información adicional y/o modificaciones
- Informe de la Comisión Técnica de Seguridad de Balsas
- Aprobación de las normas de explotación por el órgano competente en materia de seguridad de balsas.
46018 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Durante todo el año.
Modelo de solicitud normalizado, acompañado de la siguiente documentación:
- Declaración responsable sobre la titularidad de la balsa.
- Acreditación de la condición de representante de la entidad:
Comunidades de regantes: certificado del secretario en el que conste el acuerdo del órgano colegiado por el que fue nombrado presidente.
Otras figuras jurídicas: escritura de constitución, estatutos vigentes u otros donde se especifique el cargo del representante y los poderes otorgados.
En un CD :
-Normas de explotación de la balsa elaboradas y firmadas por técnico competente.
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía,...
a) En las oficinas de asistencia en materia de registros (https://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/registros).
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
Resolución
1 año desde la fecha de presentación de la solicitud.
Los titulares de balsas para riego ubicadas fuera del dominio público hidráulico en el territorio de la Comunitat Valenciana, que tengan una altura superior a cinco metros o una capacidad de almacenamiento mayor de 100.000 m³, de titularidad privada o pública, existentes, en construcción o que se vayan a construir, están obligados a solicitar su inscripción en el Registro de balsas a efectos de seguridad y su clasificación en función del riesgo potencial que pueda derivarse de su posible rotura o funcionamiento incorrecto.
Las balsas clasificadas como A o B tienen que elaborar unas normas de explotación y solicitar su aprobación.
La resolución de aprobación de las normas de explotación pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la persona titular de la conselleria competete en materia de agricultura, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente...
El incumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad dará lugar a la aplicación del régimen sancionador previsto en el texto refundido de la Ley de Aguas, y desarrollado en el título V del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
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