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Convocatoria de plazas para jóvenes en las residencias juveniles del IVAJ para el curso 2026/2027
Desde 17-06-2026
Hasta 01-07-2026
Qué es
Se convocan plazas en las residencias juveniles del IVAJ, para el curso académico 2026/2027 para jóvenes estudiantes o jóvenes que lleven a cabo alguna actividad deportiva, cultural o de índole similar.
PRECIOS
Para el curso 2026/2027, los precios mensuales por persona a abonar en cada residencia, de acuerdo con el Decreto 128/2012, de 3 de agosto, del Consell, por el que se modifica el Decreto 209/2001, de 18 de diciembre, mediante el que se fijó el régimen y las cuantías de los precios públicos a percibir por el Institut Valencià de la Joventut, son:
- Residencia juvenil La Florida, de Alicante:
463,50 € en habitación individual.
- Residencia juvenil Mare de Déu del Lledó, de Castelló de la Plana:
450 € en habitación individual.
408 € en habitación doble.
En el caso de que, durante el curso escolar, el citado decreto fuera modificado y se actualizaran los precios anteriores, el precio mensual se actualizaría a partir del mes siguiente a su entrada en vigor.
OBLIGACIONES
Las personas admitidas se comprometen a permanecer en la misma durante todo el curso académico lectivo que fijen la universidad correspondiente y la conselleria competente en materia de educación, o hasta terminar el proyecto de la actividad presentada.
Además, se comprometen a respetar las normas reguladoras de la residencia, así como al cumplimiento de sus obligaciones académicas.
FORMALIZACIÓN
Las personas que obtengan plaza, deberán formalizar la inscripción en la secretaría de la residencia en la que se les haya adjudicado la plaza o en la Unidad Territorial del IVAJ de Castellón en el caso de la residencia Mare de Déu del Lledó, desde el día siguiente a la publicación de la resolución hasta las 14.30 horas del día 28 de agosto de 2026.
Deben llevar:
* 2 fotografías tamaño carné
* fotocopia de la cartilla o tarjeta sanitaria de la Seguridad Social, o de cualquier otro documento que justifique cobertura médica y sanitaria
* justificante del ingreso de la fianza
* justificante de alta de los datos bancarios, en el procedimiento de la Generalitat PROPER:
Automatizado mediante firma digital:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22648
- Trámite no automatizado:
- https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15996
- LEY 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publicado en el DOGV número 236 de 02/10/2015. BOE núm. 236 de 02-10-2015
- LEY 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud, publicado en el DOGV número 8168 de 13/11/2017. DOGV núm. 8168 de 13-11-2017
- DECRETO 86/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 18/2010, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de Juventud de la Comunitat Valenciana, publicado en el DOGV número 7542 de 08/06/2015. DOGV núm. 7542 de 08-06-2015
A quién va dirigido
- Jóvenes que estudien títulos oficiales de las universidades de la Comunitat Valenciana o enseñanzas artísticas de grado superior.
- Jóvenes que estudien ciclos formativos u otras enseñanzas artísticas, enseñanza secundaria, bachilleratos o estudios universitarios.
- Jóvenes de otras nacionalidades que participen en acciones o programas europeos u otros programas de cooperación internacional.
- Jóvenes que lleven a cabo alguna actividad deportiva, cultural o de índole similar.
Las personas que soliciten plaza deberán tener entre 14 años y 30 años en el plazo de presentación de la solicitud, a excepción de las personas con residencia en el extranjero, que deberán tener entre 18 y 30 años, y cumplir las condiciones descritas en la Resolución.
Cómo se tramita
46001 - València/Valencia
03007 - Alacant/Alicante
12005 - Castelló/Castellón
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
El plazo de presentación será de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOGV, desde el 17/06/2026 hasta el 01/07/2026. DOGV núm. 10385, de 16/06/2026.
- Si la persona solicitante, siendo residente en el territorio nacional, o, en el caso de las personas menores de edad, el padre, la madre o el tutor/a, no prestara su consentimiento para efectuar las comprobaciones de los datos de identidad y de residencia a través de la Plataforma Autonómica de Interoperabilidad (PAI), de acuerdo con lo establecido en el Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell deberá aportar:
a) Documento Nacional de Identidad (DNI) o número de identidad de extranjero (NIE).
b) Documento acreditativo de empadronamiento o de residencia, no siendo válido el certificado de empadronamiento en la propia residencia juvenil.
- Si la persona solicitante tuviera la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o que forme parte del Espacio Económico Europeo, deberá aportar la siguiente documentación:
a) Documento nacional de identidad en vigor (DNI, NIE o pasaporte).
b) Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros o, en su caso, certificado del derecho a residir con carácter permanente, de acuerdo con la normativa vigente.
- Si la persona solicitante tuviera nacionalidad extranjera y no se encontrara en el supuesto recogido en el apartado anterior, deberá presentar la siguiente documentación:
a) Documento de identidad de extranjero (NIE) o pasaporte en vigor.
b) Autorización administrativa que habilite la estancia o residencia en España para la realización de estudioso cualquier otro requisito exigible de acuerdo con la normativa vigente.
En caso de fundamentar su solicitud en la participación en acciones o programas europeos u otros programas de cooperación internacional, o en la realización de alguna actividad deportiva, cultural o de índole similar. Se deberá presentar una memoria descriptiva del programa europeo o de cooperación internacional o de la actividad deportiva, cultural o de índole similar, acompañada de la documentación que acredite la participación en dicho programa o realización de dicha actividad por la persona solicitante.
Las solicitudes se presentaran preferentemente de forma telemática, a través del siguiente enlace http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=215&version=amp Ir a https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=215&version=amp Este procedimiento, se tramita a través de trámite...
Las solicitudes se presentarán preferentemente de forma telemática.
Si se hace de forma presencial, las solicitudes deberán presentarse preferentemente en el Registro del IVAJ de València, de Alicante o de Castellón, o en cualquiera de los lugares y medios permitidos en ley 39/2015.
Si se hace de forma presencial, deberán hacerlo preferentemente:
- en el registro de la sede del IVAJ de Valencia: C/ Hospital 11, Valencia
- en la Unidad Territorial del IVAJ de Alicante: Avenida de Orihuela 59, Alicante
- en la Unidad Territorial del IVAJ de Castellón, C/ Orfebres Santalínea 2, Castellón de la Plana
- en las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- en cualquiera de los lugares y medios que prevé el artículo 16 de la Ley 39/2015.
Dónde dirigirse
46001 - València/Valencia
03007 - Alacant/Alicante
12005 - Castelló/Castellón
Subsanación
La subsanación de la documentación requerida, deberá presentarse en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación del requerimiento.
Este trámite permite la aportación de documentos a un expediente de solicitud para la convocatoria de plazas en las residencias juveniles del IVAJ para el curso académico 2026/2027 para jóvenes.
Se consideran personas interesadas:
Las personas titulares o sus representantes legales, de las solicitudes de plazas.
De no subsanarse la documentación requerida, se entenderá que la persona interesada ha desistido de su petición y se procederá al archivo de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015)
La aportación se puede realizar:
- Por iniciativa de la persona interesada, se aportará la documentación que considere pertinente.
- A consecuencia de un requerimiento administrativo de enmienda a petición de la Administración, se aportará la documentación que se le solicite en el mismo.
Este trámite se presentará preferentemente de forma telemática. En cuanto al proceso de tramitación: 1. La persona interesada se identificará con un certificado de firma digital aceptado por la Generalitat, emitido por una entidad autorizada. 2. Una vez cumplimentada la solicitud de aportación...
Las solicitudes se presentarán PREFERENTEMENTE de forma telemática (apartados "Por internet" o " ¿cómo se tramita telemáticamente?).
Si se hace de forma presencial, deberán hacerlo preferentemente:
- en el registro de la sede del IVAJ de Valencia: C/ Hospital 11, Valencia
- en la Unidad Territorial del IVAJ de Alicante: Avenida de Orihuela 59, Alicante
- en la Unidad Territorial del IVAJ de Castellón, C/ Orfebres Santalínea 2, Castellón de la Plana
- en las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- en cualquiera de los lugares y medios que prevé el artículo 16 de la Ley 39/2015.
Dónde dirigirse
46001 - València/Valencia
03007 - Alacant/Alicante
12005 - Castelló/Castellón
Alegación / Aportación
Estos listados se harán públicos en la sede del IVAJ de València, en las unidades territoriales del IVAJ de Alicante y de Castelló de la Plana, en las residencias juveniles, y también en la web del IVAJ https://ivaj.gva.es/es/residencies, abriendo un periodo de 10 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación, para presentar cualquier alegación.
La aportación de documentos se podrá realizar en cualquier momento del procedimiento anterior a su resolución, mientras no se le haya requerido y el expediente no esté archivado.
Se publicarán las propuestas provisionales de resolución de la Convocatoria de Plazas en las Residencias Juveniles de la Institut Valencià de la Joventut, para el curso 2026/2027, para jóvenes, habiendo ordenado las solicitudes de acuerdo con las condiciones previstas en la base 4.1, y, en caso de empates, conforme a la base 4.3, y aplicando los criterios de baremación establecidos, y conforme a la base 7.
Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:
- a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
- b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Dónde dirigirse
03007 - Alacant/Alicante
12005 - Castelló/Castellón
46001 - València/Valencia
Resolución
- El plazo máximo de resolución será de 3 meses, contados a partir del día siguiente del que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
- Si, transcurrido dicho plazo, no hubiera recaído resolución expresa, las solicitudes podrán entenderse desestimadas.
- La resolución de la convocatoria se publicará en el DOGV y se hará pública en las sedes del IVAJ, en las Unidades Territoriales del IVAJ, y en las residencias juveniles y en la web del IVAJ
https://ivaj.gva.es/es/residencies
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, o bien,...
46001 - València/Valencia
Renuncia
En cualquier momento tras la adjudicación.
Trámite que permite renunciar a la plaza obtenida en la convocatoria de plazas en las residencias juveniles del IVAJ curso académico 2026/2027 y la devolución de la fianza.
Podrán presentar la renuncia las personas titulares o sus representantes legales, que hayan obtenido una plaza como residente en la convocatoria en las residencias juveniles del IVAJ en el curso académico 2026/2027 y hayan abonado la fianza.
Para la renuncia de la plaza se rige lo establecido en la base decimotercera de la resolución de la convocatoria y en la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015).
El formulario de renuncia a la plaza y solicitud de devolución de fianza junto con la documentación justificativa.
Se realizará la devolución del importe que corresponda cuando por causa no imputable a la persona interesada, no se utilice o preste el servicio, según el Decreto 103/2014, de 4 de julio del Consell.
1. La persona interesada se identificará con un certificado de firma digital aceptado por la Generalitat, emitido por una entidad autorizada. 2. Una vez cumplimentada la solicitud de aportación de documentación, se validará y, a continuación, se adjuntará el impreso de renuncia de plaza y...
Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:
- a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
- b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Dónde dirigirse
46001 - València/Valencia
03007 - Alacant/Alicante
12005 - Castelló/Castellón
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