TECE - Comunicación por Registros de la Propiedad de transmisión de vivienda para el ejercicio de los derechos de retracto por la Generalitat

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad

Código SIA: 2328833
|
Código GVA: 21238
Descargar información
Plazo de solicitud abierto

Desde 25-09-2020 00:00:00h

  • Qué necesitas saber
  • Qué es
  • A quién va dirigido
  • Cómo se tramita
  • Tramitación
  • Solicitud
  • Resolución
  • Ayuda
  • Preguntas frecuentes
  • Temas relacionados
  • Enlaces de interés

Qué es

Qué es y para qué sirve

La comunicación de la inscripción de la transmisión de una vivienda o viviendas sometidas a la aplicación del Decreto-Ley 6/2020, de 5 de junio, del Consell, para la ampliación de vivienda pública en la Comunitat Valenciana mediante los derechos de tanteo y retracto.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 25-09-2020 00:00:00h
Normativa
  • Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Generalitat, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4.867, de 21/10/2004).
  • Decreto Ley 6/2020, de 5 de junio, del Consell, para la ampliación de vivienda pública en la Comunitat Valenciana mediante los derechos de tanteo y retracto

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Los Registro de la Propiedad que inscriban las transmisiones de una vivienda o viviendas sometidas a la aplicación del Decreto-Ley 6/2020, de 5 de junio, del Consell, para la ampliación de vivienda pública en la Comunitat Valenciana mediante los derechos de tanteo y retracto.

Cómo se tramita

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 25-09-2020 00:00:00h

Veinte días naturales desde la fecha de inscripción, mediante remisión de copia de la de la misma.

Documentación

Copia de la inscripción de la transmisión de la vivienda o viviendas sometidas al Decreto-Ley 6/2020, de 5 de junio, del Consell, para la ampliación de vivienda pública en la Comunitat valenciana mediante los derechos de tanteo y retracto.

Forma de presentación
Telemática

A través del enlace correspondiente Pinchando en el icono superior "Tramitar con Certificado" de esta misma página. Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico. También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este...

Más
Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Resolución

Agota vía administrativa
Si

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía
    • Vivienda y urbanismo
      • Compra y venta
        • Otros trámites

TEMA

  • Vivienda
    • Protección oficial
    • Promoción

PERFILES

  • Ciudadanía
    • Mujeres
    • Docentes
    • Personas con discapacidad
    • Personas desempleadas
    • Estudiantes
    • Gente mayor
    • Inmigrantes
    • Niños y familias
    • Investigadores/oras
    • Jóvenes
    • Pensionistas
    • Personas en riesgo de exclusión

TIPO

  • Registros