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Detalle trámite
Presentación electrónica escrito de inicio de Procedimiento Monitorio Civil a través de la Sede Judicial Electrónica de la Comunitat Valenciana
Conselleria de Justicia, Transparencia y Participación
Desde 19-12-2019 00:00:00h
Qué es
Permite a cualquier persona física presentar escrito inicial para el procedimiento Monitorio Civil.
El Procedimiento Monitorio regulado en los artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero de 2000, prevé la posibilidad de reclamar, sin necesidad de abogado/a y procurador/a, deudas monetarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles de cualquier cuantía, siempre que se reúnan los requerimientos legalmente previstos, se disponga de los documentos acreditativos que exige este tipo de procedimiento y se aporten junto con la solicitud como principio de prueba.
A quién va dirigido
Cualquier persona física.
Cómo se tramita
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
Sin sujeción a plazo de presentación
Formulario de solicitud de Inicio de Procedimiento Monitorio Civil para su presentación en soporte papel en los Juzgados.
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de...
La presentación de la solicitud en formato papel se realizará en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio o residencia del deudor.
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