Consulta de Solicitud de Inscripción el Registro Autonómico de Tarjetas de Estacionamiento.

Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia

Código SIA: 2100006
|
Código GVA: 19624
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Plazo de solicitud abierto
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A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

Ayuntamientos y otras Entidades Locales de la Comunitat Valenciana.

Requisitos

La Consulta de la solicitud de inscripción en el Registro Autonómico de Tarjetas de Estacionamiento permitirá a los Ayuntamientos/Entidades Locales conocer el estado en el que se encuentran sus solicitudes (inscripción/en estudio/denegación).

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1.Mediante esta consulta los Ayuntamientos/Entidades Locales podrán conocer la situación de la solicitud de inscripción en el Registro Autonómico de Tarjetas de Estacionamiento. El resultado de la consulta podrá ser:

* Inscripción: se informará del número de tarjeta de estacionamiento asignado por el Registro Autonómico.

* En estudio: se informará del motivo que origina el estudio de la solicitud.

* Denegación: se informará del motivo de la denegación de la inscripción de la Tarjeta de Estacionamiento en el Registro Autonómico.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

La consulta podrá efectuarse en cualquier momento.

Documentación

La consulta de la solicitud podrá hacerse a través de alguno de los siguientes datos:

* tipo de tarjeta, indicando la fecha de solicitud

* datos del solicitante:

- NIF del solicitante

- NIF del tutor

- matrícula del vehículo

Forma de presentación
Telemática

La consulta sobre el estado de la solicitud de inscripción en el Registro Autonómico de Tarjetas de Estacionamiento se realizará telemáticamente por parte de los Ayuntamientos/Entidades Locales de la Comunitat Valenciana.

Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Resolución

Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
Si

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Administraciones
    • Ayudas y subvenciones
      • Administraciones locales
        • Servicios sociales

TEMA

  • Administración pública
    • Entes locales
  • Sociedad, ciudadanía y familias

PERFILES

  • Administración y otras entidades
    • Entes locales

TIPO

  • Registros