Aportación documental telemática a un expediente de ayudas por realización del Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV). Convocatoria de 2023

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad

Código SIA: 268215
|
Código GVA: 18902
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Plazo de solicitud abierto

Desde 06-02-2023 00:00:00h

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Qué es

Qué es y para qué sirve

El trámite tiene por objeto la presentación telemática de documentación a un expediente de solicitud de ayudas por realización del Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV), correspondientes al ejercicio 2023, como consecuencia de una publicación de reparos o un requerimiento por parte de la...

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Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 06-02-2023 00:00:00h
Observaciones

Puede realizar este trámite presencialmente con la ayuda de personal funcionario habilitado.

Para presentar la solicitud será imprescindible que disponga de uno de los siguientes mecanismos de autenticación

electrónica para poder verificar su identidad:

 

a) Cl@ve permanente: Sistema de autenticación diseñado para personas que necesitan acceder frecuentemente a los

servicios electrónicos de la Administración. Se basa en el uso de un código de usuario, su DNI o NIE, y de una contraseña

que se establece en el proceso de activación y que sólo debe ser conocida por el ciudadano. Para los servicios de

administración electrónica que requieran un nivel de seguridad elevado, el sistema refuerza la autenticación con la

solicitud de introducción de un código numérico de un solo uso (OTP).

 

Podrá solicitarlo en alguna de las distintas oficinas de Registro CL@VE habilitadas para ello, que encontrará en la URL:

 

https://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/encuentraTuOficina/OficinasRegistro_CLAVE.html#.YIlyVZAzaUl

 

b) Certificado electrónico (incluyendo el DNI-e) emitido por los prestadores de servicios autorizados por el Ministerio de

Industria, Comercio y Turismo.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

La aportación documental telemática o subsanación, la realizará la misma persona que formalizó en su momento la petición de la ayuda (la persona solicitante o, en su caso, la representante legal a tal efecto). De no ser así, deberá acreditar su cualificación/representación para ello.

Requisitos

Tener un expediente en tramitación ante la Conselleria competente en materia de Vivienda, de solicitud de ayudas por realización del IEEV.CV, correspondiente a la convocatoria de 2023.

Cómo se tramita

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 06-02-2023 00:00:00h

La aportación de documentación para completar o subsanar un expediente de ayudas por realización del IEEV.CV, podrá realizarse hasta que concluya el periodo de subsanación de reparos a las solicitudes de ayudas que al efecto se publique en la Web de la Conselleria.

Documentación

La requerida o que se considere conveniente aportar, adjuntándola en formato pdf y utilizando, en su caso, los "impresos asociados" que correspondan, debidamente cumplimentados y firmados, a seleccionar entre los que se encuentren a su disposición en el apartado subsiguiente de este Detalle de...

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Forma de presentación
Telemática

1. Para iniciar el trámite telemático deberá pinchar en el icono superior "Tramitar con certificado" de esta misma página, donde la persona que aporta la documentación se identificará con un certificado de firma digital aceptado por la Generalitat. Deberá disponer de certificado electrónico...

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Con la asistencia de personal funcionario habilitado

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración y no dispongan de los medios para la presentación telemática, podrán contar con la asistencia de personal funcionario habilitado para la identificación y firma electrónica de las solicitudes, en...

Más
Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Resolución

Agota vía administrativa
Si

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía
    • Vivienda y urbanismo
      • Financiación y subvenciones

TEMA

  • Vivienda
  • Administración pública

PERFILES

  • Ciudadanía
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    • Personas en riesgo de exclusión

TIPO

  • Ayudas, becas y subvenciones