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Solicitud para la pesca de la anguila
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
Desde 29-09-2021 00:00:00h
Qué es
Solicitud para la pesca de la anguila.
* PERÍODOS Y NORMAS:
- El periodo de pesca de la anguila será el comprendido entre el 1 de octubre y el 1 de abril del año siguiente.
- Ley de 20 de febrero de 1942 por la que se regula el fomento y conservación de la pesca fluvial. BOE núm. 67 de 08-03-1942
- Decreto de 6 de abril de 1943 por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Pesca Fluvial de 20 de febrero de 1942. BOE núm. 122 de 02-05-1943
- Acuerdo de 1 de octubre de 1990, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Protección del Parque Natural de la Albufera. DOGV núm. 1400 de 11-10-1990
- Decreto 35/2013, de 22 de febrero, del Consell, por el que se regula el aprovechamiento sostenible de la anguila europea (Anguilla anguilla) en el ámbito de la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 6973 de 26-02-2013
- Información pública del plazo para la presentación de solicitudes y de las condiciones para la adjudicación de las zonas para el ejercicio de la pesca profesional de la angula y de la anguila en las aguas públicas de la provincia de Valencia. DOGV núm. 9183 de 28-09-2021
- Resolución de 21 de octubre de 2021, de la directora territorial de Valencia de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se adjudica el ejercicio de la pesca profesional de la anguila y de la angula en las zonas de pesca autorizadas...
A quién va dirigido
Empresas, cofradías, grupos o asociaciones profesionales interesadas.
Los interesados deberán reunir los requisitos y cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 17 del Decreto 35/2013, de 22 de febrero, del Consell, por el que se regula el aprovechamiento sostenible de la anguila europea (Anguilla anguilla) en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Cómo se tramita
- Las solicitudes presentadas serán valoradas en base al baremo establecido en el anexo IX del Decreto 35/2013.
- La adjudicación para cada zona de pesca se realizará por el director territorial competente en materia de pesca continental, por un periodo de cinco años. Con carácter general las adjudicaciones serán intransferibles.
- Los servicios territoriales publicarán la resolución de adjudicación del conjunto de zonas de pesca en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y lo comunicarán a los interesados.
03003 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV (nº 9183 de 28.09.2021).
Deberán acompañar a la solicitud el resto de documentación a que se refiere el artículo 28.4 del Decreto 35/2013, de 22 de
febrero, del Consell, por el que se regula el aprovechamiento sostenible de la anguila europea (Anguilla anguilla
) en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Formularios
Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de...
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
46009 - València/Valencia
03003 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
Resolución
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/15).
03003 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Cualquier infracción a las normas vigentes supondrá el decomiso del arte empleado y la retirada de la correspondiente autorización, conforme a lo dispuesto en la Ley de 20 de febrero de 1942, de Pesca Fluvial y demás normativa concordante en la materia.
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