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Detalle trámite
Autorización a la Administración para consultar, de forma telemática, datos necesarios para la percepción de becas, ayudas y subvenciones de la Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio
Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio
Qué es
Autorizar a la Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio para que compruebe directamente, de forma telemática, los datos acreditativos de estar al corriente en los pagos con la Agencia Tributaria, estatal y autonómica, y con la Tesorería de la Seguridad Social, así como los datos de identidad y/o, en su caso, de residencia, de las personas (o sus representantes) interesadas en obtener becas, ayudas y subvenciones de dicha Conselleria.
En caso de no suscribir esta autorización, la persona interesada está obligada a aportar los documentos que acrediten esos datos en los términos exigidos por las normas reguladoras del procedimiento de que se trate.
A quién va dirigido
Las personas, físicas o jurídicas, interesadas en ser beneficiarias de becas, ayudas y subvenciones de la Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio.
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
En el plazo establecido por la Administración en el procedimiento administrativo de que se trate.
1. De conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la autorización puede o debe (según proceda) realizarse por medios electrónicos MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO de este trámite de la Guía Prop. 2. Para...
* IMPORTANTE: opción únicamente posible para las personas físicas NO obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:
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