Autorización a la administración para consultar, de forma telemática, los datos de las empresas que desean contratar con la Conselleria de Justicia, Transparencia y Participación

Conselleria de Justicia, Transparencia y Participación

Código SIA: 223671
|
Código GVA: 17642
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Plazo de solicitud abierto

Desde 22-12-2014 00:00:00h

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Autorización para que la Conselleria de Justicia, Transparencia y Participación, compruebe los datos de identidad de los representantes de las empresas interesadas en contratar con sus organismos, así como los datos de estar al corriente en los pagos con la Agencia Tributaria, estatal y autonómica, y con la Tesorería de la Seguridad Social.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 22-12-2014 00:00:00h

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

Empresas contratistas.

Requisitos

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las personas interesadas tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 22-12-2014 00:00:00h

En el plazo establecido por la Administración en el proceso de licitación del que se trate.

Documentación
Forma de presentación
Telemática

Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica...

Más
Presencial

a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.

 

b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.

 

c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

 

d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

 

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

 

 

Y preferentemente en:

Dónde dirigirse

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

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MATERIAS

  • Empresas
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        • Contratación pública GVA

TEMA

  • Administración pública
  • Justicia

PERFILES

  • Empresa
    • Gran empresa
    • Pequeña y mediana empresa

SECTOR

  • Construcción e instalaciones
    • Construcción
    • Trabajar con la administración

CICLO VITAL

  • Comenzar un negocio
  • Crecer y consolidarse

TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones