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Premios extraordinarios al rendimiento académico de Bachillerato en la Comunitat Valenciana correspondientes al curso académico 2025-2026
Qué es
Se convocan en la Comunitat Valenciana los premios extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2025-2026.
Se concederán 30 premios.
Los beneficios del alumnado premiado son:
1. Los estudiantes que obtengan premio extraordinario de Bachillerato recibirán, en un acto ceremonial, un diploma acreditativo de esta distinción y podrán optar, previa inscripción y siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Orden ECD/482/2018, de 4 de mayo, por la que se regulan los premios nacionales de Bachillerato (BOE 115, 11.05.2018), al premio nacional.
2. Esta distinción les será anotada en su expediente académico y en su historial académico por la secretaría del centro educativo en el que hayan finalizado la etapa de Bachillerato.
3. De acuerdo con lo que prevén el artículo 14.1.2 apartado e), y el artículo 14.3.2, apartado f), de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV 8202, 30.12.2017), los y las estudiantes que obtengan un premio extraordinario de Bachillerato no estarán obligados a pagar las tasas de matrícula en el primer curso de las enseñanzas artísticas superiores en un centro público o en el primer curso de los estudios superiores en una universidad pública.
A quién va dirigido
- Se consideran aspirantes al premio extraordinario de Bachillerato el alumnado que cumpla los requisitos establecidos (véase el apartado requisitos).
- En el caso de que algún alumno o alumna no desee ser considerado aspirante a este premio, deberá presentar (el/ella o su representante legal) en la secretaría de su centro educativo el documento de renuncia como aspirante que figura en el anexo I de la resolución que convoca los premios.
- En el caso de que algún alumno o alumna no conste en el listado provisional de aspirantes y considere que debería estar incluido, deberá presentar (el/ella o su representante legal) en la secretaría de su centro educativo el documento de alegaciones a la lista provisional de aspirantes que figura en el anexo II de la resolución que convoca los premios.
- El plazo para cumplimentar el trámite de renuncia como aspirante o de alegaciones al listado provisional es de 10 días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación del listado provisional en la página web indicada anteriormente.
- Los centros educativos conservarán el documento original correspondiente (anexo I o II) y lo enviarán escaneado a la dirección de correo electrónico soa@gva.es antes del día 22 de junio de 2026.
Se considerará aspirante a la obtención de este premio a todo el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:
1. Haber cursado y superado, en centros docentes españoles autorizados en la Comunitat Valenciana para impartir enseñanzas de Bachillerato, al menos el segundo curso de cualquiera de las modalidades de la citada etapa, y haber finalizado sus estudios en el curso académico 2025-2026.
2. Haber obtenido el título de Bachiller, con todas las materias de la etapa superadas en la evaluación final ordinaria, en el curso 2025-2026.
3. Haber obtenido en el conjunto de los dos cursos de Bachillerato de cualquiera de las modalidades una nota media normalizada igual o superior a 8,75 puntos. Se entiende como nota media normalizada la media aritmética de las calificaciones de todas las materias cursadas y superadas en los dos cursos de Bachillerato –sin contar, en su caso, la materia Religión–, redondeada a la centésima más próxima, y en caso de equidistancia, a la superior.
4. Las materias objeto de exención o convalidación del alumnado que cursa simultáneamente enseñanzas profesionales de Música o de Danza, o que acredita la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite, que constan como exentas o convalidadas y que no son calificadas, no se computarán para la obtención de la nota media. Asimismo, tampoco se computará la materia de Valenciano para el alumnado que tenga exención en dicha materia.
Cómo se tramita
1. Antes del día 9 de junio de 2026 se publicará el listado provisional de aspirantes al premio extraordinario de Bachillerato en la página web del Servicio de Ordenación Académica de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades: http://ceice.gva.es/es/web/ordenacion-academica/Bachillerato/premios-extraordinarios. El listado provisional se configurará a partir de los datos relativos a la nota media normalizada de la etapa de Bachillerato que constan en el sistema de información ITACA.
2. Una vez revisadas las diferentes alegaciones y renuncias, se publicará el listado definitivo de aspirantes en la página web indicada anteriormente antes del día 3 de julio de 2026.
3. El procedimiento para otorgar los premios se realizará a través de la nota media, expresada con tres cifras decimales, obtenida por el alumnado aspirante, en la fase obligatoria de la prueba de acceso a las universidades públicas valencianas del curso 2025-2026 (de ahora en adelante, prueba PAU), correspondiente a las cuatro mejores notas de entre las siguientes materias: Valenciano: Lengua y Literatura II, Lengua Castellana y Literatura II, Lengua Extranjera II (Alemán, Inglés, Francés o Italiano), Historia de España, Historia de la Filosofía y la materia de modalidad obligatoria (Análisis Musical II, Artes Escénicas II, Ciencias Generales, Dibujo Artístico II, Latín II, Matemáticas II o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II).
4. Para la adjudicación del premio extraordinario de Bachillerato, las personas aspirantes deberán haber obtenido en cada ejercicio de la prueba PAU al menos 5 puntos, y una calificación media de la fase obligatoria de la PAU igual o superior 8 puntos.
5. Los empates que se puedan producir se dirimirán aplicando los siguientes criterios, por el orden que seguidamente se indica:
- Mejor nota de la fase obligatoria de la PAU.
- Mejor nota media normalizada de la etapa de Bachillerato a que hace referencia la base segunda de esta resolución.
- Nota media normalizada del segundo curso de Bachillerato.
- Sorteo público del alumnado aspirante empatado.
6. El Servicio de Ordenación Académica elaborará la propuesta de adjudicación de premios extraordinarios de Bachillerato sin tener en cuenta otras consideraciones que las calificaciones obtenidas por las personas candidatas en las actas correspondientes a las pruebas de la PAU.
7. El listado provisional de alumnado premiado se publicará en la página web del Servicio de Ordenación Académica de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades http://ceice.gva.es/es/web/ordenacion-academica/bachillerato/premios-extraordinarios antes del día 27 de julio de 2026.
46015 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Alegación / Aportación
Cinco días hábiles desde el día siguiente de la publicación del listado.
Alegaciones al listado provisional de premiados.
El alumnado candidato o sus representantes legales podrán presentar alegaciones al listado provisional de premiados en cualquiera de los registros públicos que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, dirigidas a la Dirección General de Ordenación Educativa de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, en el plazo de 5 días hábiles desde la publicación del listado provisional de premiados.
Resolución
El director general de Ordenación Educativa, por delegación de la consellera, concederá los 30 premios y el listado definitivo de alumnado premiado se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana antes del día 28 de septiembre de 2026.
De conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
- El recurso de reposición deberá interponerse ante la consellera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
- El recurso contencioso-administrativo se deberá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.
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