Solicitud de informe/consulta a la conselleria competente en materia de cultura sobre la conformidad de un estudio de impacto ambiental de un proyecto o plan urbanístico a la normativa en materia de patrimonio cultural

Conselleria de Educación, Cultura y Universidades

Código SIA: 211693
|
Código GVA: 16272
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Los estudios de impacto ambiental relativos a toda clase de proyectos, públicos o privados, o los estudios ambientales y territoriales estratégicos relativos a los planes urbanísticos que requieran evaluación ambiental ordinaria, cuando puedan incidir sobre bienes integrantes del patrimonio cultural valenciano que afecten a la ordenación estructural, tendrán que incorporar el informe de la conselleria competente en materia de cultura sobre la conformidad del proyecto o plan con la normativa de protección del patrimonio cultural, según establece el art. 11.1 de la ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.

Plazos
SolicitudPlazo abierto

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Administración
Personas interesadas

Los promotores de planes y programas sujetos a evaluación ambiental estratégica o de proyectos sujetos a estudio de impacto ambiental y en general de todos aquellos proyectos, planes o programas que requieran del informe contemplado en el artículo 11 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la...

Más

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la documentación.

- En el caso de que hubiera deficiencias, subsanación de las mismas, por parte de los solicitantes, en el plazo de díez días, con apercibimiento de que si así no lo hicieran, se archivará sin más trámite la documentación.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año

Documentación

1. Datos del promotor del proyecto, plan o programa, obra o actividad.

 

2. Documentación técnica

 

 

Forma de presentación
Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Dónde dirigirse

Resolución

Plazo máximo

Este informe se emitirá en el plazo improrrogable de cuarenta y cinco días y vinculará al órgano que tenga que realizar la evaluación ambiental en cuanto a las materias de patrimonio cultural valenciano que sean competencia de la Generalitat y tengan incidencia en la ordenación estructural.

Transcurridos cuarenta y cinco días desde que se solicitó, se entenderá emitido en sentido desfavorable en materia de la ordenación estructural. El transcurso del plazo expresado no eximirá a la conselleria competente en materia de cultura de la obligación de emitir el informe correspondiente

Órganos resolución
Agota vía administrativa
No

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

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MATERIAS

  • Ciudadanía
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      • Patrimonio histórico, artístico y cultural
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      • Patrimonio histórico, artístico y cultural
  • Administraciones
    • Trámites y servicios
      • Administraciones locales
        • Patrimonio histórico, artístico y cultural

TEMA

  • Cultura
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  • Administración pública
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CICLO VITAL

  • Planificar un negocio
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TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones