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Solicitud de inscripción en la prueba para que las personas mayores de veinte años puedan obtener directamente el título de Bachiller en la Comunitat Valenciana
Qué es
Posibilitar la obtención del título de Bachiller a aquellas personas mayores de veinte años o que los cumplan en el año natural de realización de la prueba, siempre que demuestran haber conseguido los objetivos del Bachillerato establecidos en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, así como los fijados en los aspectos básicos del currículo regulados en el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato.
1) Sedes y celebración de la prueba:
1. La realización de los ejercicios de los que consta la prueba se efectuará los días 21 y 22 de abril de 2026.
2. Los centros que actuarán como sedes de los diferentes tribunales en la convocatoria del curso académico 2025-2026 en cada demarcación territorial son los que se indican a continuación:
- Dirección Territorial de Alicante: IES Playa San Juan, de Alicante.
- Dirección Territorial de Castellón: IES Francesc Ribalta, de Castelló de la Plana.
- Dirección Territorial de Valencia: IES Luís Vives, de València.
2) Contenido, estructura y desarrollo de la prueba:
1. La prueba para la obtención directa del título de Bachiller se realizará de manera diferenciada según las distintas modalidades y vías de Bachillerato, de forma que los ejercicios tendrán como referencia curricular las competencias clave y los descriptores operativos de la etapa de Bachillerato, así como las competencias específicas, los saberes básicos y los criterios de evaluación de las materias que constan en el currículo vigente para la etapa de Bachillerato en la Comunitat Valenciana, recogido en el Decreto 108/2022, de 5 de agosto del Consell, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Bachillerato.
2. La prueba para la obtención directa del título de Bachiller se estructurará en dos bloques y siete ejercicios, tal como figura y se especifica en el anexo I de la ORDEN 12/2025, de 25 de junio, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se regula la prueba para la obtención directa del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en la Comunitat Valenciana, atendiendo a las diferentes materias que componen la etapa de Bachillerato, a sus modalidades y vías, que se organizará del siguiente modo:
a) El primer bloque constará de los ejercicios 1, 2, 3 y 4, correspondientes a las materias comunes de la etapa.
b) El segundo bloque constará de los ejercicios 5, 6 y 7, correspondientes a las materias de modalidad de la etapa.
3. Cada ejercicio estará constituido por dos materias, una del primer curso y otra del segundo curso, que pueden implicar continuidad o no. Las materias de continuidad se indican en el anexo II de la Orden 12/2025, de 25 de junio.
3) Procedimientos y fechas importantes:
- Período de inscripción: del 12 al 26 de enero de 2026.
- Publicación de los listados provisionales de personas admitidas y excluidas: 20 de febrero de 2026.
- Reclamaciones a los listados provisionales: 10 días hábiles desde la fecha de publicación de los listados provisionales: del 23 de febrero de 2026 al 6 de marzo de 2026, a través del siguiente enlace, dirigido a la dirección territorial de educación correspondiente: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=g95565
Las personas que presenten alegaciones en relación con la exención del ejercicio de Valenciano: Lengua y Literatura I y II, además de la solicitud general única deberán enviar sus alegaciones al correo electrónico exeval_provages@gva.es indicando en el asunto: Alegaciones exenciones pruebas M20.
- Publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas: 13 de marzo de 2026.
Los listados provisionales y definitivos se publicarán en los centros sede de examen y en la siguiente página web: https://ceice.gva.es/es/web/ordenacion-academica/bachillerato/mayores-20-anos
4) Circunstancias específicas de inscripción para los aspirantes:
1. En la solicitud de inscripción, las personas participantes tendrán que indicar, en su caso:
a) La solicitud de adaptación de la prueba para personas con discapacidad, indicando las medidas concretas solicitadas.
b) La solicitud de equivalencias académicas.
c) El reconocimiento de convalidaciones reconocidas previamente.
d) La solicitud de la exención del ejercicio de Valenciano: lengua y literatura I y II.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236 de 02-10-2015
- Decreto 108/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Bachillerato. DOGV núm. 9404 de 12-08-2022
- Orden 12/2025, de 25 de junio, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se regula la prueba para la obtención directa del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 10139 de 27-06-2025
- Resolución de 16 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Ordenación Educativa, por la que se convoca la prueba en el curso académico 2025-2026 para que las personas mayores de veinte años puedan obtener directamente el título de Bachiller en la Comunitat Valenciana, y se dictan las...
A quién va dirigido
Podrán inscribirse para participar en la prueba aquellas personas que cumplan los requisitos del siguiente apartado.
Podrán participar en la prueba para la obtención directa del título de Bachiller las personas que cumplan los siguientes requisitos:
1. Tener al menos veinte años o cumplirlos durante el año 2026.
2. No estar matriculado o matriculada en la etapa de Bachillerato en ninguno de los regímenes (ordinario diurno, nocturno o a distancia) en el momento de realizar la inscripción.
3. No estar en posesión del título de Bachiller en ninguna de sus modalidades, ni estar en posesión de ninguna titulación declarada equivalente a efectos académicos.
Cómo se tramita
Una vez publicados los listados definitivos de personas admitidas, el día de realización de la prueba, las personas participantes tendrán que acreditar su identidad y, si procede, los datos de residencia, por medio de cualquiera de los siguientes documentos en vigor: documento nacional de identidad (DNI) en formato físico o digital, tarjeta de identidad de extranjero o NIE, pasaporte o visado de estudios, carné de conducir o cualquier documento oficial que acredite fehacientemente la identidad y la edad de la persona, para que el tribunal pueda hacer las comprobaciones pertinentes en cualquier momento.
La totalidad de la prueba se llevará a cabo en tres sesiones que se desarrollarán durante los dos días previstos para realizar la prueba, con la siguiente distribución horaria:
a) Sesión primera: 21 de abril de 2026 en horario de mañana:
8:00 h: Llamamiento de las personas participantes
8:30 h: Ejercicio 1: Valenciano: Lengua y Literatura I y II
10:30 h: Ejercicio 2: Lengua Castellana y Literatura I y II
b) Sesión segunda: 21 de abril de 2026 en horario de tarde:
15:00 h: Llamamiento de las personas participantes
15:30 h: Ejercicio 3: Lengua Extranjera I y II
17:30 h: Ejercicio 4: Filosofía e Historia de España o Filosofía e Historia de la Filosofía
c) Sesión tercera: 22 de abril de 2026 en horario de mañana:
8:00 h: Llamamiento de las personas participantes
8:30h: Ejercicio 5: Materias de modalidad obligatorias en función de la opción elegida
10:30 h: Ejercicio 6: Materias de modalidad en función de la opción elegida
12:30h: Ejercicio 7: Materias de modalidad en función de la opción elegida
Criterios de valoración: Las directrices generales de la prueba, los recursos y herramientas autorizados para realizar cada ejercicio, los criterios de evaluación y los criterios de calificación podrán consultarse en la siguiente página web: https://ceice.gva.es/es/web/ordenacion-academica/bachillerato/mayores-20-anos
Toda la información actualizada sobre la convocatoria anual de la prueba para mayores de veinte años para la obtención directa del título de Bachiller del curso académico 2025-2026 se encuentra disponible mediante los canales oficiales de comunicación habilitados por la Administración valenciana:...
46015 - València/Valencia
46015 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Las personas adultas con discapacidad tendrán que marcar en esta solicitud la casilla correspondiente y especificar las medidas concretas solicitadas, así como adjuntar a la solicitud de inscripción un certificado acreditativo del grado de discapacidad o certificado médico, expedido por la administración competente, que precise el tipo de adaptaciones requeridas para la realización de la prueba. Estas adaptaciones se referirán únicamente a las condiciones generales en cuanto a tiempo
o medios para la realización de la prueba. En ningún caso se realizarán adaptaciones de contenido ni de criterios de evaluación.
Las personas participantes en la prueba que quieran solicitar la exención de la materia Valenciano: Lengua y Literatura, deberán marcar la casilla correspondiente en la solicitud de inscripción y aportar la documentación acreditativa.
Las personas participantes que soliciten la equivalencia de uno o más ejercicios de la prueba por materias cursadas y superadas anteriormente en Bachillerato o por haber superado alguno de estos ejercicios o materias en convocatorias anteriores de esta prueba, o que tengan reconocida la convalidación de las dos materias que constituyen un ejercicio lo harán constar en la casilla correspondiente de la solicitud de inscripción y deberán adjuntar una copia auténtica de uno de los documentos acreditativos siguientes:
a) Certificación académica de Bachillerato con las materias de esta etapa con calificación positiva cursadas con anterioridad o historial académico.
b) Certificado acreditativo de la superación de ejercicios o materias en la prueba para personas mayores de veinte años para la obtención directa del título de Bachiller en convocatorias anteriores al curso 2024-2025.
c) Título de técnico de Formación Profesional o certificado académico con las calificaciones de las enseñanzas.
d) Título de técnico/a de las enseñanzas profesionales de Música o Danza o certificación acreditativa de la superación de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza o certificado académico con las calificaciones de las enseñanzas.
e) Título de técnico de Artes Plásticas y Diseño o certificado académico con las calificaciones de las enseñanzas.
1. Para la inscripción a la prueba las personas aspirantes tendrán que abonar la tasa
correspondiente:
Modelo 046 - Tasa por inscripción en la prueba para personas mayores de veinte años para la obtención directa del título de Bachiller, descargable a través de este enlace:
https://sara-frontend.gva.es/sara-frontend/modelo?ID_SIMUL=SIMU046-9777&LANG=es
2. El importe de la tasa que tendrán que abonar las personas que se inscriban es el que determina la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas:
a) Matrícula ordinaria: 20,51 €.
b) Familia numerosa de categoría general o familia monoparental de categoría general: 10,26 €.
c) Familia numerosa de categoría especial o familia monoparental de categoría especial o contribuyentes en situaciones de exclusión social: 0,00 €.
d) Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%: 10,26 €.
3. Los miembros de familia numerosa o de familia monoparental de categoría general o especial, así como las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, deberán adjuntar a la solicitud, una copia de la documentación que acredite esta circunstancia a efectos de la exención o la bonificación correspondiente en el pago de la tasa.
4. Las personas contribuyentes que estén en situación de exclusión social deberán adjuntar la acreditación del órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia.
Las personas aspirantes se inscribirán a la prueba preferentemente por vía telemática, constará de los siguientes pasos: a) Cumplimentar la solicitud de inscripción, según el modelo del anexo de la Resolución del 1 de julio de 2025. b) Adjuntar, si procede, la documentación acreditativa en caso...
Excepcionalmente, en los supuestos en los que no puedan presentar su solicitud de forma telemática según el procedimiento descrito en el apartado anterior, las personas interesadas podrán presentar sus solicitudes a través de cualesquiera de los medios indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Subsanación
Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
Reclamaciones a los listados provisionales de personas admitidas y excluídas a través del siguiente enlace, dirigido a la dirección territorial de educación correspondiente: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=g95565
Las personas que presenten alegaciones en relación con la exención del ejercicio de Valenciano: Lengua y Literatura I y II, además de la solicitud general única deberán enviar sus alegaciones al correo electrónico exeval_provages@gva.es indicando en el asunto: Alegaciones exenciones pruebas M20.
Resolución
Una vez realizadas las pruebas, los tribunales publicarán, en el espacio de información escolar del instituto de Educación Secundaria en que se haya realizado la prueba y en la página web de cada centro, los resultados de las calificaciones provisionales el día 30 de abril de 2026 y los resultados de las calificaciones definitivas el día 14 de mayo de 2026.
Publicadas las calificaciones definitivas se podrán solicitar en el centro sede de examen los siguientes certificados:
a) Para todas las personas participantes que no superen la totalidad de la prueba, un certificado de las calificaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de la prueba.
b) Para las personas participantes que superen la totalidad de los ejercicios de la prueba, un certificado de obtención del título de Bachiller, con indicación de la nota media normalizada de la etapa de Bachillerato obtenida en la prueba y la referencia a la modalidad y vía correspondiente.
La dirección de los institutos de Educación Secundaria que actúan como sedes de la prueba, a petición de la persona interesada y previo pago de la tasa correspondiente del título de Bachiller, deberá tramitar la solicitud de expedición del título de Bachiller para aquellas personas participantes que hayan superado la totalidad de ejercicios de la prueba.
Las personas participantes tendrán derecho a revisar la corrección de los ejercicios de la prueba, sin perjuicio del derecho a presentar una reclamación. En el supuesto que la persona interesada quiera presentar una reclamación, esta se deberá presentar dirigida al presidente o presidenta del tribunal en la secretaría del centro en que se haya celebrado la prueba, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las calificaciones provisionales. La solicitud de reclamación de calificaciones se ajustará al modelo que figura en el anexo V de la Orden 12/2025, de 25 de junio.
46015 - València/Valencia
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