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Detalle trámite
Inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de EMPRESAS instaladoras/conservadoras-reparadoras y automantenedoras de FRÍO INDUSTRIAL (empresas frigoristas). Alta, modificación y cese. Industria
Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio
Qué es
Se inscribirán a través de este trámite aquellas empresas instaladoras que tengan la sede social en la comunidad valenciana, teniendo a partir de la inscripción validez en todo el territorio nacional.
A través de este trámite se posibilitan las siguientes acciones:
A) ALTA (inscripción en el Registro Integrado Industrial y habilitación para el ejercicio de la actividad)
- La inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de empresas instaladoras/conservadoras-reparadoras o automantenedoras de frío industrial legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en España.
- La inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de empresas instaladoras/conservadoras-reparadoras o automantenedoras de frío industrial legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea que deseen realizar la actividad en régimen de libre prestación en territorio español.
De acuerdo con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, la presentación de la correspondiente declaración responsable ante la Administración competente habilita, desde ese momento y por tiempo indefinido, a la empresa instaladora/conservadora-reparadora o automantenedora para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.
B) MODIFICACIÓN y CESE
También posibilita la inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de los datos de las referidas empresas que hayan sido objeto de modificación, así como del cese de sus actividades.
* IMPORTANTE:
Si la empresa instaladora/conservadora-reparadora o automantenedora de frío industrial requiere para su actividad la manipulación de GASES FLUORADOS, DEBE, ADEMÁS, REALIZAR a continuación EL TRÁMITE de esta Guía Prop denominado "Inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de empresas instaladoras, mantenedoras, automantenedoras o reparadoras para la realización de actividades que requieren la manipulación de GASES FLUORADOS. Alta, modificación y cese. Obtención del CERTIFICADO (o duplicado) de EMPRESA de gases fluorados e inscripción en el Registro unificado sobre certificados de gases fluorados. Industria.".
Ver enlace directo a ese trámite en el apartado "Enlaces".
- NOTA: ver nota informativa sobre certificado profesional de gases fluorados en el apartado "Enlaces" de este trámite.
A) EMPRESA FRIGORISTA: ver lo dispuesto en los artículos 10 y 12 del Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias (ver enlace a este RD en el apartado "Lista de normativa"), según se trate de:
- Empresa FRIGORISTA DE NIVEL 1
- Empresa FRIGORISTA DE NIVEL 2
- Empresa FRIGORISTA AUTOMANTENEDORA
B) INSTALADOR/A frigorista
- Es la persona física que, en virtud de poseer conocimientos teórico-prácticos de la tecnología de la industria del frío y de su normativa, está capacitado para realizar, poner en marcha, mantener, reparar, modificar y desmantelar instalaciones frigoríficas.
- Debe desarrollar su actividad en el seno de una empresa frigorista habilitada.
- Y debe cumplir y poder acreditar ante la Administración competente, cuando ésta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control, una de las situaciones de OBTENCIÓN DIRECTA de la condición de instalador frigorista previstas en la normativa vigente.
La empresa instaladora, en su declaración responsable para el ejercicio de la actividad, acreditará que la documentación o titulación del personal cualificado de que dispone, le capacita para el desempeño de la actividad.
Todo ello puede consultarse en el servicio existente al respecto en la Guía Prop y también en el apartado correspondiente del área de Industria de la Conselleria competente en esa materia (ver enlace en el apartado "Enlaces" de este trámite).
- Información y registro
- Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado
- Registro Integrado Industrial (RII)
- Carpeta Ciudadana
- Obtención de la condición de instalador frigorista
- Nota informativa sobre certificado profesional de gases fluorados
- Apartado “Carnés profesionales y certificaciones acreditativas a las que puede optar“ del área de INDUSTRIA de la página web de la Conselleria competentemente en esa materia
- Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias (BOE núm. 256, de 24/10/2019). BOE núm. 256 de 24-10-2019
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE núm. 176, de 23/07/1992). BOE núm. 176 de 23-07-1992
- Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro integrado industrial (BOE núm. 125, de 22/05/2010). BOE núm. 125 de 22-05-2010
- Decreto 141/2012, de 28 de septiembre, del Consell, por el que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales (DOGV núm. 6873, de 01/10/2012). DOGV núm. 6873 de 01-10-2012
- Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que...
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio i Trabajo por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en determinados trámites y procedimientos en las materias de Industria, Energía...
A quién va dirigido
La persona titular de una empresa instaladora/conservadora-reparadora y automantenedora de frío industrial, o su representante.
1) REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD: los previstos en los artículos 10 y 12 del Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias (ver enlace a este RD en el apartado "Lista de normativa"), según se trate de:
- Empresa FRIGORISTA DE NIVEL 1
- Empresa FRIGORISTA DE NIVEL 2
- Empresa FRIGORISTA AUTOMANTENEDORA
2) Para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica), esa persona deberá inscribir previamente la representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite.
Sin esa inscripción previa o sin un certificado electrónico de representante NO puede realizarse el trámite telemático en representación de otra persona. No obstante, en esos casos puede utilizarse la BANDEJA DE FIRMAS, que es una funcionalidad integrada en la Carpeta Ciudadana para posibilitar que la persona en nombre de la cual se quiere realizar el trámite telemático firme el/los formulario/s web, el/los documento/s a anexar (en su caso) y su presentación final en registro. En la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana dispone de ayuda con preguntas frecuentes sobre la Carpeta Ciudadana, que incluye un tutorial de funcionamiento de la Bandeja de Firmas (ver también en el apartado "Enlaces" de este trámite) y, además, en el propio trámite telemático se le irán indicando los pasos a seguir.
Cómo se tramita
1. Presentación DE FORMA TELEMÁTICA de la declaración responsable ante el Servicio Territorial competente en materia de Industria de la provincia de la Comunitat Valenciana donde se establezca la empresa (en caso de alta) o donde esté establecida (en caso de modificación o cese).
2. Si lo solicitado es correcto, el referido Servicio Territorial competente:
- En caso de alta asignará, de oficio, un número de identificación a la empresa y la inscribirá en el Registro Integrado Industrial (RII).
El número de RII podrá consultarse en la página web de dicho Registro estatal (ver enlace directo al RII en el apartado "Enlaces" del presente trámite).
- En el resto de casos realizará la inscripción que corresponda en el Registro Integrado Industrial.
3. Si lo solicitado NO es correcto o es incompleto, se emitirá un requerimiento de subsanación a la empresa declarante.
* La subsanación también deberá realizarse por vía telemática, utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Procedimientos relacionados" del presente trámite).
* Tras ello:
- Si la empresa subsana, se procede según se ha descrito en el punto 2.
- Si NO subsana, transcurrido el plazo correspondiente se resuelve declarándole desistida y se archiva el expediente.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados)
- Inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de EMPRESAS instaladoras, mantenedoras, automantenedoras o reparadoras para la realización de actividades que requieren la manipulación de GASES FLUORADOS. Alta, modificación y cese. Obtención del CERTIFICADO (o duplicado) de EMPRESA de gases fluorados e inscripción en el Registro unificado sobre certificados de gases fluorados. Industria
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Durante todo el año, de acuerdo con los siguientes plazos:
a) En caso de ALTA, estas empresas deberán presentar la declaración responsable ANTES DE COMENZAR SUS ACTIVIDADES.
b) En caso de MODIFICACIÓN de alguno de los datos incluidos en la declaración responsable originaria, así como en caso de CESE de las actividades, estas empresas deberán presentar la declaración responsable comunicándolo en el plazo de UN MES.
Tanto para el ALTA, la MODIFICACIÓN o el CESE deberán presentar, telemáticamente y marcando la opción correspondiente, la declaración responsable que corresponda a su caso concreto según modelo normalizado específico disponible como FORMULARIO WEB en el trámite telemático.
Esos modelos de declaraciones responsables son, respectivamente:
a) El correspondiente a las empresas instaladoras/conservadoras-reparadoras o automantenedoras de frío industrial legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en España.
b) El correspondiente a las empresas instaladoras/conservadoras-reparadoras o automantenedoras de frío industrial legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea que deseen realizar la actividad en régimen de libre prestación en territorio español.
* NOTAS:
1. De acuerdo con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, esta declaración responsable habilita a la empresa instaladora, mantenedora o automantenedora, por tiempo indefinido y desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.
2. Aunque junto con la declaración responsable estas empresas no han de presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos que les son exigibles, esta documentación deberá estar disponible para su presentación inmediata ante la Administración competente, cuando ésta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control.
1. La declaración responsable ha de presentarse por medios electrónicos MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO correspondiente. 2. Para esa presentación telemática, la persona declarante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en...
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