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Detalle trámite
Solicitud de reintegro de gastos por asistencia sanitaria prestada por servicios ajenos a la Seguridad Social
Qué es
En los casos de asistencia sanitaria urgente, inmediata y de carácter vital , que hayan sido atendidos fuera del Sistema Nacional de Salud (hospitales privados), se reembolsarán oportunamente los servicios de aquellos que no consitituyan una utilización desviada o abusiva de esta excepción.
- Orden de 3 de febrero de 1998, de la Conselleria de Sanidad, por la que se regula el reintegro de gastos en el ámbito de la Comunidad Valenciana (DOGV núm. 3197, de 5/3/98).
- Circular 3/1998, de 9 de marzo de 1998, de la Dirección General de Atención Primaria y Farmacia, sobre regulación del reintegro de gastos.
- Real Decreto 1030/2006 de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización (DOCV núm. 222, de 16/09/06).
A quién va dirigido
Aquellas personas que tengan reconocido el derecho a asistencia sanitaria en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Cómo se tramita
- Presentación de la solicitud y documentación requerida.
- Comprobación de la documentación recibida recabando del solicitante aquellos datos que se consideren necesarios para la resolución del expediente.
- Apertura del correspondiente expediente administrativo y comprobación del derecho del solicitante a la asistencia sanitaria, según la normativa vigente en la fecha que recibió la asistencia.
- Remisión de expedientes en función de la cuantía de los mismos:
Para expedientes de tipo A (Reintegro de Gastos superiores a 100.000 ), los expedientes serán remitidos directamente a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios.
Para expedientes de tipo B (Reintegro de Gastos no superiores a 100.000 ), los expedientes serán remitidos, por la unidad responsable de prestaciones en la Dirección Territorial de Sanidad a la inspección médica correspondiente para su tramitación.
- En caso de ser estimatoria la propuesta de resolución, deberá ser sometida a la fiscalización previa de la intervención correspondiente.
- Resolución del director/a territorial de Sanidad en los expedientes de tipo B, o del director/a general de Farmacia y Productos Sanitarios en los expedientes de tipo A.
- La resolución recaída para cualquier tipo de reintegro de gastos, deberá notificarse al interesado desde la Dirección Territorial de Sanidad, incluyendo en la misma el pie de recurso correspondiente, procediéndose a la propuesta de pago, caso de ser ésta estimatoria.
- Una vez resuelto el expediente, se remitirá a la Dirección Territorial de Sanidad para que se actúe en consecuencia.
46010 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
Durante todo el año, con derecho de hasta cuatro años desde el hecho causante.
- Impreso de solicitud firmada por el titular de derecho o persona con legitimación activa.
- Documentos justificativos de los gastos efectuados como: facturas, recibos de honorarios, recetas, que podrán ser fotocopias, salvo en caso de estimarse la solicitud, en cuyo caso deberán ser originales.
- Informes médicos que indiquen la necesidad de la asistencia y aquellos que puedan justificar la solicitud, debidamente autentificados.
1.- Para acceder de forma telemática el solicitante deberán disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de...
PRESENCIAL:
·Preferentemente en:
- Registro de las direcciones territoriales de Sanidad de Alicante, Castellón y Valencia que indicamos a continuación:
·REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - VALENCIA
GRAN VIA FERRAN EL CATÒLIC, 74
46008 València
Tel: 012
·REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - CASTELLÓN
PL. HORT DELS CORDERS, 12
12001 Castelló de la Plana
Tel: 012
·REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - ALICANTE
C/ GIRONA, 26
03001 Alacant/Alicante
Tel: 012
- Servicios de Atención al Usuario de su hospital, Centro de especialidades o Dirección de Atención Primaria.
- Oficinas de Inspección Médica del Área correspondiente al domicilio habitual del usuari
- Dirección de Centros de Especialidades, Servicios Centrales de la Conselleria de Sanitat Universal y Salut Pública.
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
Dónde dirigirse
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46008 - València/Valencia
Resolución
Contra la resolución podrá interponerse reclamación previa ante el órgano que resuelve, de acuerdo con el art. 71 de la Ley reguladora de la jurisdicción social.
46010 - València/Valencia
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