Alta de Agente de la rehabilitación o Gestor/a de la rehabilitación para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de Reforma Interior de Vivienda. Plan RENHATA. Convocatoria 2025

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad

Código SIA: 3197090
|
Código GVA: 106432
Descargar información
Plazo de solicitud cerrado

Desde 12-11-2025

Hasta 11-12-2025

  • Qué necesitas saber
  • Qué es
  • A quién va dirigido
  • Cómo se tramita
  • Tramitación
  • Solicitud
  • Resolución
  • Ayuda
  • Preguntas frecuentes
  • Temas relacionados
  • Enlaces de interés

Qué es

Qué es y para qué sirve

Inscripción de la persona física o jurídica, o entidad pública o privada, técnica colaboradora para la tramitación de las solicitudes de subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de Reforma Interior de Vivienda. Plan RENHATA. Convocatoria 2025.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 12-11-2025 hasta 11-12-2025
Observaciones

El concepto y funciones de el/la gestor/a de la rehabilitación son las establecidas en el Titulo VI de la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana, y en concreto las siguientes:

Se entiende por gestor de la rehabilitación la persona física o jurídica, que realice actuaciones de:

a) Asesoramiento a destinatarios últimos para llevar a cabo las actuaciones de rehabilitación de edificios o viviendas.

b) Gestión y seguimiento del acceso a las ayudas en materia de rehabilitación de edificios o viviendas.

c) Recabar las memorias o proyectos técnicos y demás documentación o en su caso elaborarlas.

d) Otras funciones necesarias para el desarrollo de las actuaciones de rehabilitación.

 

El concepto y funciones del agente de la rehabilitación son las establecidas en el Titulo VI de la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana y en concreto las siguientes:

Se entiende por agente de la rehabilitación la persona física o jurídica, que además de las funciones propias del gestor de la rehabilitación realice las siguientes funciones:

a) Realización, con sus medios o mediante contratación de terceros, de todas las acciones necesarias para la ejecución de las actuaciones de rehabilitación.

b) Utilización de instrumentos de cesión de derecho de cobro de ayudas públicas que en su caso se concedan, teniendo entonces la consideración de perceptor de las ayudas.

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

Personas físicas, jurídicas o entidades públicas o privadas con la capacidad para realizar las funciones asignadas al agente de la rehabilitación o al/a la gestor/a de la rehabilitación, según el caso, de acuerdo con el Titulo VI de la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana y con las bases reguladoras vigentes.

Requisitos

Podrán solicitar la inscripción como gestor de la rehabilitación aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con la capacidad técnica o profesional suficiente para realizar las funciones de gestión de la obra de rehabilitación de que se trate, de acuerdo con la normativa sectorial específica que resulte de aplicación.

Podrán solicitar la inscripción como agente de la rehabilitación aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que además de contar con la capacidad técnica o profesional, tengan una capacidad económica suficiente que garantice la correcta ejecución de la obra de rehabilitación de que se trate, de acuerdo con la normativa sectorial específica que resulte de aplicación.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

El procedimiento de alta será telemático, mediante la cumplimentación, en línea, del formulario correspondiente.

Órganos de tramitación

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 12-11-2025 hasta 11-12-2025

El plazo para solicitar la inscripción como gestor/a o agente de la rehabilitación en los registros correspondientes creados al efecto será de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

(DOGV núm. 10235, de 11.11.2025)

Forma de presentación
Telemática

1) Acceder desde el icono "SOLICITUD Presentación Autenticada" 2) Rellenar la solicitud 3) Registrar y enviar Este trámite es previo e imprescindible para la posterior presentación de la correspondiente solicitud de ayudas. La inscripción del/de la agente/gestor/a será efectiva y por tanto...

Más

Resolución

Recurso que procede contra la resolución
Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo
Observaciones

Los establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).

Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
Si
Sanciones

Se podrá revocar o rechazar la inscripción para poder tramitar estos expedientes en el caso de que se hubiera producido y se haya demostrado fehacientemente una incorrecta práctica profesional en la tramitación de algún expediente de estas ayudas en ejercicios anteriores.